Codigo de Conducta para los Servidores Publicos de la Coordinacion del Sistema Estatal de Promocion del Empleo y Desarrollo Comunitario, Tlaxcala

CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA COORDINACIÓN DEL SISTEMA ESTATAL DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO Y DESARROLLO COMUNITARIO

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Número 51 de la Sexta Sección del Periódico Oficial del Estado de Tlaxcala, el miércoles 16 de diciembre de 2020.

Índice.

  1. Exposición de motivos.

  2. Principios y valores éticos.

  3. Código de conducta.

  4. Sanciones administrativas.

  5. Bibliografía.

    Doctor Manuel Camacho Higareda, Coordinador del Sistema Estatal de Promoción del Empleo y Desarrollo Comunitario del gobierno del Estado de Tlaxcala, con fundamento en lo dispuesto por los artículos, 30 fracción XI de la Ley de las Entidades Paraestatales del Estado de Tlaxcala, 5 fracción X del Acuerdo que crea la Coordinación del Sistema Estatal de Promoción del Empleo y Desarrollo Comunitario del Gobierno del Estado y 10 fracción XXV del Reglamento Interior de la misma; tengo bien a expedir el CÓDIGO DE CONDUCTA de esta Coordinación, conforme a la siguiente:

  6. Exposición de motivos.

    La Coordinación del Sistema Estatal de Promoción del Empleo y Desarrollo Comunitario, es un organismo público desconcentrado, que pretende el impulso integral para la creación y consolidación de fuentes de empleo y capacitación para el trabajo a través del Servicio Nacional del Empleo Tlaxcala, emprendimiento micro empresarial y desarrollo micro regional, comunitario y de zonas indígenas a través de la Dirección de Desarrollo Comunitario y Pueblos Indígenas, en beneficio de toda la sociedad tlaxcalteca.

    El Código de Conducta para los Servidores Públicos del Sistema Estatal de Promoción del Empleo y Desarrollo Comunitario del Estado de Tlaxcala, contiene una serie de preceptos de desempeño general que deberá interiorizar y hacerlos parte de su actuar diario con la idea central de cumplir cabal y eficientemente con las responsabilidades que tienen asignadas, para lograr eficientar el servicio al ciudadano en el sector público, bajo la premisa de ofrecer un servicio con los más altos estándares de calidad, y así lograr que los servidores públicos sean sensibles y atentos sin ningún distingo, discriminación o preferencia.

    El Plan Estatal de Desarrollo 2017-2021 en sus dos primeros capítulos, refiere establecer mejores oportunidades y condiciones de vida para los tlaxcaltecas, cuyos aspectos centrales se sintetizan en un triángulo de prioridades basado en educación, salud y empleo, guías para el desarrollo económico y social en el estado de Tlaxcala, por lo que el Sistema Estatal de Promoción del Empleo y Desarrollo Comunitario establece los principios de conducta: optimización de recursos, profesionalización, cortesía y prestancia, buen ambiente laboral, lealtad institucional, legalidad, honradez, honorabilidad, productividad y transparencia, bajo los cuales se regirán sus servidores públicos para lograr que nuestro estado ocupe un lugar prominente en el entorno nacional e internacional.

  7. Principios y valores éticos.

    De conformidad con lo establecido en el Código de Ética Administrativa, al que deberán sujetarse los servidores públicos del Gobierno del Estado de Tlaxcala en materia de austeridad, racionalidad, eficiencia, eficacia, honestidad, legalidad, honradez, lealtad e imparcialidad, de forma general deben observarse los siguientes principios de ética:

    Austeridad.

    Cualidad de las y los servidores públicos relativa al óptimo aprovechamiento de recursos, sin caer en excesos o desperdicios en perjuicio del erario.

    Racionalidad.

    Procurar la reducción de los gastos innecesarios o superfluos en una operación o proceso, con el fin de no dañar las finanzas institucionales.

    Eficiencia.

    Ejercer las funciones, responsabilidades y actividades asignadas, obteniendo el resultado esperado, en cantidad y calidad.

    Eficacia.

    Llevar a cabo las actividades encomendadas, rindiendo los resultados esperados por la dependencia para contribuir a sus fines institucionales.

    Honestidad.

    Cualidad de las y los servidores públicos relativa a su rectitud para actuar siempre de acuerdo a lo que es justo, cuidando no cometer actos inapropiados, ilegales o indecentes.

    Legalidad.

    Cualidad de las y los servidores públicos relativa a la general y escrupulosa observancia de lo mandatado en la normatividad vigente.

    Honradez.

    Actuar con rectitud y justicia al momento de hacer cualquier actividad.

    Lealtad.

    Guardar respeto, apego y fidelidad a la institución a la que se está adscrito.

    Imparcialidad.

    Actuar con absoluto apego a la normatividad, evitando que factores ajenos a los considerados en los procedimientos determinen el sentido de sus actividades y decisiones institucionales.

  8. Código de conducta.

    Las y los servidores públicos adscritos al Sistema Estatal de Promoción del Empleo y Desarrollo Comunitario del Estado de Tlaxcala, conscientes de nuestro compromiso institucional, en el marco de nuestro ejercicio profesional, suscribimos los compromisos de conducta generales y particulares siguientes:

    1. ...

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