Codigo de Conducta de los Servidores Publicos del Instituto de Acceso a la Informacion y Proteccion de Datos Personales de Quintana Roo

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DE QUINTANA ROO

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Número 22 del Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo, el martes 30 de noviembre de 2021.

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DE QUINTANA ROO

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 6
Artículo 1

Este Código tiene por objeto regir el actuar de los servidores públicos del Instituto de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales de Quintana Roo, al establecer conductas que los guíen en su actuación a fin de que se conduzcan diariamente conforme a los principios y valores establecidos en (sic) Código de Ética de los Servidores Públicos del propio Instituto y funjan como pilares del comportamiento que deben observar en cualquier situación que se les presente en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones.

Artículo 2 Este Código constituye una norma de observancia obligatoria y aplicación general para todos los servidores públicos del Instituto de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales de Quintana Roo.
Artículo 3 El lenguaje empleado en este Código no busca generar ninguna distinción ni marcar diferencias entre hombres y mujeres, por lo que las referencias o alusiones en la redacción hechas hacia un género representan a ambos sexos.
Artículo 4 Para esos efectos de este Código, se entenderá por:
  1. Código de Ética: El Código de Ética de los Servidores Públicos del Instituto de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales de Quintana Roo;

  2. Conflicto de interés: La posible afectación del desempeño imparcial y objetivo de las funciones de los servidores públicos en razón de los intereses personales, familiares o de negocios;

  3. Ley. Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo;

  4. Reglas de Integridad: Las reglas de integridad para el ejercicio de la función pública; y

  5. Servidores públicos: Hombres y mujeres al servicio del Instituto de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales de Quintana Roo.

CAPÍTULO II Artículo 5

PRINCIPIOS, VALORES Y REGLAS DE INTEGRIDAD

Artículo 5 Los servidores públicos en el desempeño de su empleo, cargo o comisión observarán los principios, valores y reglas de integridad, conforme a los conceptos que de cada uno de los mismos se establecen en el Código de Ética; mismos que son los siguientes:
  1. Principios:

    1. Legalidad.

    2. Honradez.

    3. Lealtad.

    4. Imparcialidad.

    5. Eficiencia.

    6. Economía.

    7. Disciplina.

    8. Profesionalismo.

    9. Objetividad.

    10. Transparencia.

    11. Rendición de cuentas.

    12. Competencia por mérito.

    13. Eficacia.

    14. Integridad.

    15. Equidad.

    16. Bien común.

    17. Certeza.

  2. Valores

    1. Interés público.

    2. Respeto.

    3. Respeto a los derechos humanos.

    4. Igualdad y no discriminación.

    5. Equidad de género.

    6. Entorno cultural y ecológico.

    7. Cooperación.

    8. Liderazgo.

    9. Austeridad.

    10. Honestidad.

    11. Calidad.

  3. Reglas de integridad

    1. Actuación pública.

    2. Información pública.

    3. Contrataciones públicas, licencias, permisos, autorizaciones y concesiones.

    4. Programas gubernamentales.

    5. Trámites y servicios.

    6. Recursos humanos.

    7. Administración de bienes muebles e inmuebles.

    8. Procesos de evaluación.

    9. Control interno.

    10. Procedimiento administrativo.

    11. Desempeño permanente con integridad.

    12. Cooperación con la integridad.

    13. Comportamiento digno.

CAPÍTULO III Artículo 6

NORMAS DE CONDUCTA

Artículo 6 Los servidores públicos en el desempeño de su empleo, cargo o comisión observarán, de manera enunciativa y no limitativa, las conductas siguientes:
  1. Principio: Legalidad.

    Valores: Interés Público y Austeridad.

    Normas de conducta:

    Los servidores públicos deberán en todo momento:

    1. Conocer, respetar y cumplir las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas aplicables a su empleo, cargo, o comisión;

    2. Fomentar el cumplimiento de la normatividad en todos sus actos como servidores públicos.

    3. Comunicar a las instancias competentes cualquier irregularidad, faltas administrativas, actos de corrupción u omisiones establecidas en la Ley.

    4. Conocer los objetivos institucionales del Instituto de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales de Quintana Roo, las funciones de su empleo, cargo o comisión y contribuir al cumplimiento de sus metas.

    5. Utilizar los bienes y servicios sin fines personales, partidistas, electorales o de cualquier otra índole distinta al servicio público.

    6. Procurar el ahorro y racionalidad de los recursos materiales y financieros, sin afectar la eficacia y calidad de las funciones desempeñadas.

    7. Conocer y cumplir la normatividad en materia de transparencia y acceso a la información pública.

    8. Atender en tiempo y forma los requerimientos de información que le correspondan acorde a su cargo.

    9. Conducir su actuación con absoluta transparencia, resguardando siempre la documentación e información gubernamental que tiene bajo su responsabilidad.

    10. Elaborar, actualizar y dar seguimiento a la información generada en el ámbito de su competencia.

  2. Principio: Honradez.

    Valores: Honestidad y Respeto.

    Normas de conducta:

    Los servidores públicos deberán en todo momento:

    1. Reconocer los errores cometidos y aplicar las medidas necesarias con diligencia y prontitud para evitar la reincidencia.

    2. Cumplir con los deberes que les sean encomendados por parte de los superiores jerárquicos, en función de las facultades conferidas a su cargo.

    3. Brindar un trato digno y respetuoso a la Ciudadanía.

    4. Conducirse con rectitud en su cargo.

    5. Abstenerse de recibir o solicitar cualquier tipo de compensación, dádiva, obsequio o regalo para atender, tramitar o resolver cualquier asunto de su competencia.

  3. Principio: Lealtad.

    Valores: Interés Público, Respeto y Respeto a los Derechos Humanos.

    Normas de conducta:

    Los servidores públicos deberán en todo momento:

    1. Asumir con responsabilidad las funciones relativas a su empleo, cargo o comisión.

    2. Evitar la divulgación de la Información confidencial de la que tenga conocimiento.

    3. Resguardar la información que le...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR