Codigo de Conducta para las y los Servidores Publicos del Sistema de Financiamiento para el Desarrollo del Estado de San Luis Potosi

CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL SISTEMA DE FINANCIAMIENTO PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en la Edición Extraordinaria del Periódico Oficial del Estado de San Luis Potosí, el miércoles 14 de abril de 2021.

Sistema de Financiamiento para el Desarrollo del Estado de San Luis Potosí

Código de Conducta de las y los Servidores Públicos de la Coordinación General Ejecutiva

CHRISTIAN MEADE HERVERT, Coordinador General Ejecutivo del SISTEMA DE FINANCIAMIENTO PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, con fundamento en los artículos 82, 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí; artículo 16 de la Ley General de Responsabilidad Administrativa; artículos (sic) 2°, artículos (sic) 3°, fracción II, inciso a), 9°, 20, 43 y 44, fracciones XXXIV y XXXVII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de San Luis Potosí; artículo 11 de los Lineamientos para la emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidad Administrativa; artículo 6 fracción I, 10 y Cuarto (4°) transitorio del Código de Ética para las y los servidores públicos del Poder Ejecutivo del Estado de San Luis Potosí; artículo 6° fracción X, XIV y XV, 8° fracción XII y XXII y 10 del Decreto Administrativo de Creación del SIFIDE; artículo 10 fracción XVIII y 22 del Reglamento Interior del SIFIDE.

C O N S I D E R A N D O

Que con fecha 12 de octubre de 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para la emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, emitido por el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, Acuerdo que establece en su artículo Décimo Primero, que para la aplicación del Código de Ética, cada ente público, previa aprobación de la Contraloría General del Estado, en su carácter de órgano Interno de control del SIFIDE, con fundamento en el artículo Décimo del Decreto de Creación del SIFIDE, publicado el 02 de febrero de 2019, emitirá un Código de Conducta, en el que se especificará de manera puntual y concreta la forma en que las personas servidoras públicas aplicarán los principios, valores y reglas de integridad contenidas en el Código de Ética correspondiente, asimismo el referido Acuerdo que establece en su artículo Décimo Tercero que los Órganos Internos de Control y las Secretarías deberán difundir y publicar en sus páginas de internet y en el periódico oficial que corresponda el contenido de los Códigos de Ética y de Conducta, además deberán hacerlo del conocimiento de las personas servidoras públicas.

Que en cumplimiento a los Lineamientos antes señalados la Contraloría General del Estado, el 26 de julio de 2019, emitió el acuerdo por el que se emite el Código de Ética para las y los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de San Luis Potosí, disposición que se publicó en el Periódico Oficial del Estado el día 20 de agosto de 2019.

Que el Código de Conducta para las y los Servidores Públicos del Sistema de Financiamiento para el Desarrollo del Estado de San Luis Potosí, se emite en cumplimiento a los artículos 6, fracción I, 10 y Cuarto Transitorio del Acuerdo por el que se emite el Código de Ética para las y los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de San Luis Potosí, que determinan los principios rectores del servicio público, valores y reglas de integridad y normativa aplicable.

En SIFIDE la integridad, la ética y la conducta son una parte fundamental en la manera en que realizamos nuestras operaciones. Actuar con un fuerte sentido de integridad es crucial para mantener la confianza y la credibilidad de nuestros clientes, personal, fondeadores, proveedores y de la sociedad potosina en general.

Crear un entorno de transparencia en la realización de nuestras operaciones, constituye una alta prioridad para los y las que conformamos el SIFIDE, lo cual encontramos plasmado en el presente Código de Conducta , que contribuirá a reafirmar los valores éticos y profesionales que deben regir nuestro ámbito laboral, como lo son el respeto, la honradez, la integridad, la lealtad, la confidencialidad, la transparencia, la imparcialidad, entre otros, impulsando de esta manera el desempeño de una función pública eficaz.

El presente código está basado en los valores organizacionales, teniendo como fin la búsqueda del bien común, a través de la aplicación correcta y eficiente de los recursos que le han sido asignados a este organismo para el cumplimiento de sus metas, asumiendo un compromiso de respeto y conducta digna, así como la observancia de los mismos.

Las personas servidoras públicas del Sistema de Financiamiento para el Desarrollo del Estado de San Luis Potosí deben conocer y respetar en el desempeño de su labor, los principios rectores del servicio público, valores y reglas de integridad establecidas en el Código de Ética para las y los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de San Luis Potosí, es por esto que, con el objetivo de establecer un conjunto de principios, valores y reglas de integridad que orienten el desempeño de las funciones y toma de decisiones de las personas servidoras públicas del Sistema de Financiamiento para el Desarrollo del Estado de San Luis Potosí, tengo a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE EMITE EL CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL SISTEMA DE FINANCIAMIENTO PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ.

CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 22
Artículo 1 Objetivo, Misión y Visión.
  1. Objetivo

    El Código de Conducta del Sistema de Financiamiento para el Desarrollo del Estado de San Luis Potosí (por sus siglas, SIFIDE), tiene por objeto establecer la forma en que las y los servidores públicos del SIFIDE aplicaremos los principios, valores y reglas de integridad que rige nuestro actuar cotidiano y así evitar la realización de conductas incorrectas, fomentando la conducta digna por parte de quienes conformamos el SIFIDE. Es un instrumento elaborado con la participación de todas las personas servidoras públicas del organismo, a fin de orientar el desempeño de las funciones y la toma de decisiones, pues nos ofrece pautas de conducta y nos ayuda a tener presente en nuestros actos la visión que debemos perseguir para lograr la misión de nuestra institución de forma satisfactoria e íntegra.

    Este Código de Conducta refleja el compromiso diario del personal del SIFIDE para con el servicio público prestado a la ciudadanía, así como la legalidad, los derechos humanos y una sólida ética pública que reconozca la trascendencia y responsabilidad de la acción gubernamental, a través de los servidores públicos para obtener el reconocimiento, confianza y credibilidad de la sociedad sobre todas las operaciones que se realizan en SIFIDE.

    El presente Código establece directrices de conducta que corresponden con las atribuciones de nuestro organismo en diversas materias de las que se espera su observancia, como lo son los siguientes temas:

    - Cumplimiento de las responsabilidades de cada uno (sic) de las personas obligadas.

    - Impulsar la cultura de informar sobre cualquier comportamiento ilícito o no ético que se presente en la institución, que sea contrario a una conducta proba y digna.

    - Fomentar el respeto entre y para las personas que colaboran en el SIFIDE.

    - Cumplimiento de leyes, reglamentos y demás disposiciones aplicables en el SIFIDE.

    - Realizar con transparencia todas las operaciones efectuadas con clientes y proveedores.

    - Evitar conflictos de intereses entre las relaciones personales y profesionales.

    - Protección y uso adecuado de los bienes y recursos del SIFIDE.

    - Manejo adecuado de la información clasificada como reservada o confidencial.

    - Manejo adecuado y apegado a la normativa, de los datos personales a los que se tenga acceso.

    +- Evitar el abuso o ejercicio indebido de facultades y atribuciones de las y los obligados.

    - Abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o deficiencia de sus servicios.

    - Asumir una actitud de respeto y servicio en la atención a la ciudadanía, como característica que nos identifique y enorgullezca de ser servidoras y servidores públicos.

    - Reporte expedito de las violaciones de este Código.

    - Comunidad, responsabilidad social y protección al medio ambiente.

    - Cumplir con lo dispuesto en las Reglas de Integridad contempladas en el acuerdo administrativo por el que se expiden las mismas, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 19 de octubre de 2017.

    Asimismo, como Organismo Público Descentralizado del Poder Ejecutivo de (sic) Estado de San Luis Potosí, el personal del SIFIDE estará obligado a observar en el desempeño de sus funciones los criterios éticos que a continuación se indican, mismos que se encuentran contenidos en el Código de Ética para los Servidores Públicos de la Administración Pública del Estado de San Luis Potosí publicado en el Periódico Oficial del Estado de San Luis Potosí:

  2. Honradez

  3. Integridad

  4. Lealtad

  5. Transparencia

  6. Imparcialidad

  7. Legalidad

  8. Eficiencia

  9. Eficacia

  10. Rendición de cuentas

  11. Economía

  12. Disciplina

  13. Profesionalismo

  14. Objetividad

  15. Competencia por mérito

  16. Equidad.

  17. Misión

    Asegurar el cumplimiento de objetivos y metas del Gobierno del Estado de San Luis Potosí, en general y del SIFIDE, en lo específico, a través de la verificación y evaluación de la gestión, la promoción de la integridad, la conducta digna, el apego a la normativa, la legalidad, la innovación, la inclusión ciudadana, el poder consolidar y ser parte de un gobierno honesto, eficiente y transparente.

  18. Visión

    Ser una organización de vanguardia y de...

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