Codigo de Conducta de los Servidores Publicos de la Comision Estatal de Arbitraje Medico de Tlaxcala

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA COMISIÓN ESTATAL DE ARBITRAJE MÉDICO DE TLAXCALA

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en la Novena Sección del Periódico Oficial del Estado de Tlaxcala, el miércoles 17 de julio de 2019.

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA COMISIÓN ESTATAL DE ARBITRAJE MÉDICO DE TLAXCALA

Índice.

I Exposición de motivos.

II Principios y valores éticos.

III Código de conducta.

IV Sanciones administrativas.

V Bibliografía.

  1. Exposición de motivos.

    La Comisión Estatal de Arbitraje Médico de Tlaxcala a través de sus integrantes participa con responsabilidad, compromiso y convicción, para mejorar el bienestar de la población en la Entidad Federativa, promoviendo el mejoramiento de los servicios de atención a la salud, con calidad, y que respondan a las necesidades y expectativas de nuestra sociedad.

    El Código de Conducta regula el comportamiento y actuación del personal que labora en la Comisión Estatal de Arbitraje Médico de Tlaxcala y es de observancia general.

    Para este propósito, se establecen un conjunto de valores éticos sobre los cuales se deberá construir una sólida cultura de servicio público, transparente y orientado a resultados.

    En ese sentido, no se pretende suplir leyes o reglamentos existentes, sino complementarlos y reforzarlos, al transmitir los principios éticos que deben guiar la actuación de los servidores públicos de la Comisión Estatal de Arbitraje Médico de Tlaxcala, en el cumplimiento de sus funciones, tareas y actividades que corresponden a su puesto, cargo o comisión.

  2. Principios y valores éticos.

    En el siguiente apartado se describen los preceptos éticos que rigen la conducta y actuación de los servidores públicos de la Comisión Estatal de Arbitraje Médico de Tlaxcala, para brindar una atención de calidad y calidez a la población usuaria, así como propiciar un ambiente favorable entre el personal, contribuyendo a mejorar la calidad de la atención médica.

    Austeridad. Se deberán administrar los bienes y recursos financieros de una manera justa y equitativa atendiendo al cumplimiento de metas y al presupuesto autorizado.

    Racionalidad. Aprovechamiento de los recursos humanos, materiales y financieros de que dispone la Comisión Estatal de Arbitraje Médico, en el ejercicio del Servicio Público que ofrece.

    Eficiencia. La entendemos como la relación entre los recursos utilizados en nuestro Programa de Trabajo Anual y los logros conseguidos con el mismo, es decir, utilizando menos recursos logramos nuestros objetivos, sin demeritar la calidad de nuestros servicios.

    Eficacia. La calidad de la atención a los usuarios y prestadores de servicio médico públicos y privados se traduce en la satisfacción de sus solicitudes y en beneficio de la Comisión Estatal de Arbitraje Médico de Tlaxcala.

    Honestidad. Se traduce en la realización diaria del trabajo de los servidores públicos que Integran la Comisión Estatal de Arbitraje Médico de Tlaxcala, apegada a la verdad en beneficio de la sociedad Tlaxcalteca.

    Legalidad. Las Atribuciones y funciones del personal de la Comisión Estatal de Arbitraje Médico de Tlaxcala, se encuentran estrictamente apegadas a su marco jurídico.

    Honradez. Los servidores públicos de la Comisión Estatal de Arbitraje Médico de Tlaxcala, en el desempeño de sus actividades se deberán conducir con probidad y rectitud.

    Lealtad. Acordes a los Principios Rectores de la Comisión Estatal de Arbitraje Médico de Tlaxcala, los servidores públicos reconocemos y respaldamos con nuestros actos el carácter institucional del Organismo.

    Imparcialidad. La toma de decisiones se realiza sin distinción de cualquier tipo y sin tendencia hacia el prestador o usuario de los servicios médicos en el Estado, que solicitan nuestros servicios.

  3. Código de conducta.

    Las y los servidores públicos adscritos a la Comisión Estatal de Arbitraje Médico, deberán sujetar su actuar a los compromisos de conducta que se enuncian a continuación:

    1. Imparcialidad.

      Compromiso.

      Garantizar que las decisiones de los servidores públicos del organismo sean iguales, tanto para los usuarios como para los prestadores de servicios médicos.

      Acciones.

      - Atender los asuntos del ámbito de mi competencia.

      - Proteger los asuntos y ser imparcial con las personas, tanto con los prestadores de servicios médicos como con los usuarios de estos.

      - Apegarme al Decreto de Creación de la Comisión y al Reglamento Interior.

    2. Objetividad.

      Compromiso.

      Ver las cosas tal y como son, reconocer la realidad tal y como es, con la capacidad de controlar las emociones, ver las cosas sin suponer sobre ello, manteniendo la racionalidad. Tener claridad sobre la verdad.

      Acciones.

      - Conocer los asuntos que llegan a la Comisión sin presuponer sobre ello.

      - Mantener siempre la claridad sobre la realidad.

      - Ofrecer a la población usuaria certeza.

    3. Confidencialidad.

      Compromiso.

      Conducirse con reserva y discreción en el manejo de la información obtenida en el ejercicio de sus facultades y funciones. Guardar reserva y discreción respecto de hechos o información de que tenga conocimiento con motivo del ejercicio de sus facultades.

      Acciones.

      - Atender los asuntos de mi competencia con estricta confidencialidad.

      - Salvaguardar la información de la institución, evitando que cualquier persona física o moral ajena pueda acceder a ella, obtenerla y/o difundirla.

      - Utilizar los datos y documentación que proporcionen otras instancias públicas o privadas únicamente para el desempeño de las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR