Código de Conducta para los servidores públicos de la Secretaría de la Contraloría del Gobierno del Estado de México

Página 2 23 de enero de 2017
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA
ALEJANDRO GERMÁN HINOJOSA VELASCO, SECRETARIO DE LA CONTRALORÍA DEL GOBIERNO DEL ESTADO
DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 3, 15, 17 Y 38 BIS,
FRACCIÓN XX DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; Y CON
FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 9, 10 FRACCIONES I, XIV Y XXI DEL REGLAMENTO
INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA; Y CUARTO TRANSITORIO DEL ACUERDO DEL EJECUTIVO
DEL ESTADO POR EL QUE SE EXPIDE EL CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE
MÉXICO, LAS REGLAS DE INTEGRIDAD PARA EL EJERCICIO DE SU EMPLEO, CARGO O COMISIÓN Y LOS
LINEAMIENTOS GENERALES PARA PROPICIAR SU INTEGRIDAD A TRAVÉS DE LOS COMITÉS DE ÉTICA Y DE
PREVENCIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES.
INTRODUCCIÓN
El Plan de Desarrollo del Estado de México 2011-2017, en sus ejes transversales: "Hacia una Gestión Gubernamental
Distintiva", contempla en el objetivo 2, establecer una gestión gubernamental que genere resultados, en la cual, se hace
referencia a la consolidación de un gobierno eficiente, que señala el compromiso de emitir un Código de Ética de los
servidores públicos del Estado de México.
La promulgación de la reforma constitucional que crea el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), anunciada por el
Presidente Constitucional de la República Lic. Enrique Peña Nieto; comprende la ejecución de ocho tareas ejecutivas,
destacando la número cuatro consistente en la necesidad de evolucionar los Códigos de Ética hacia Reglas de Integridad.
Con fecha 30 de noviembre del año 2015, el Dr. Eruviel Ávila Villegas, Gobernador Constitucional del Estado de México,
publicó el "Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se expide el Código de Ética de los Servidores Públicos del Estado
de México, la s Reglas de Integridad p ara el ej ercicio de su empleo, cargo o comisión y los lineamientos generales para
propiciar su integridad a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses".
Considerando que un marco normativo para la conducta ética del servidor público, se basa en la existencia de códigos o
documentos que establezcan criterios sobre el actuar y el deber ser de los servidores públicos.
La Secretaría de la Contraloría para fomentar la ética e integridad de los servidores públicos y promover cambios de manera
individual y colectiva, en una cultura de servicio, presen ta el Código de Conducta para servidores públicos de la Secretaría
de la Contraloría como instrumento que permita interiorizar los valores éticos, y así producir un cambio positivo en el actua r
de los servidores públicos convencidos de tener una conducta íntegra y conducirse con eficiencia y re sponsabilidad en sus
tareas en las unidades administrativas.
En la Primera Sesión Ordinaria del Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses, realizada en la Ciudad de
Toluca de Lerdo, Estado de México, el 14 de septiembre del año dos mil dieciséis, se aprobó el “Código de Conducta”, el
cual tengo a bien publicar:
“CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA DEL
GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO”

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