Codigo de Conducta de la Secretaria de Salud del Estado de Durango

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE DURANGO

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Número 19 del Periódico Oficial del Estado de Durango, el jueves 5 de marzo de 2020.

ACUERDO POR EL QUE SE EMITE E (SIC) EL CÓDIGO DE CONDUCTA, DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE DURANGO.

DR. SERGIO GONZÁLEZ ROMERO, SECRETARIO DE SALUD DE DURANGO, con fundamento en los artículos 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Durango; 18 y 34 de la Ley de Salud del Estado de Durango, 1, 2, 4, 5 y 7; y el 6 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y el numeral tercero, párrafo segundo, inciso b, de los "Lineamientos Generales para Propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés", publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el 09 de julio de 2017, y el artículo 25 del Código de Ética de las personas Servidoras Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango, he tenido a bien expedir el siguiente:

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE DURANGO.

INTRODUCCIÓN

El presente Código de Conducta, es un instrumento interno que establece el ambiente ético y el comportamiento organizacional en el cual los servidores públicos de la Secretaría de Salud del Estado de Durango, actuamos íntegramente. El Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés de la Secretaría, ha sido integrado por empleados de los diferentes niveles conforme a los valores, normas y estrategias que regulan la actividad institucional y nuestro compromiso eficiente con la ciudadanía Duranguense.

En ese contexto, el Código de Conducta, representa el conjunto de los valores y principios que debe poseer y ejercer todo servidor público en el ejercicio de sus funciones, desarrollando una mayor disposición y vocación de servicio, procurando siempre enaltecer y honrar todos sus actos a la institución a la que presta sus servicios, en beneficio de la sociedad duranguense.

Es prioridad de este Gobierno, combatir la corrupción en todas las formas que se presente dentro de la administración pública estatal, con el objeto de generar mayor confianza en los duranguenses, hacia sus instituciones y sus servidores públicos, que impriman principios y valores éticos en su desempeño, asumiendo con toda responsabilidad, honestidad y diligencia las funciones inherentes a su cargo, para ello se ha tomado en consideración el Acuerdo por el que se expide el código de Ética de las Personas Servidoras Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango, emitido por la M.D. Raquel Leila Arreola Fallad, Secretaria de la Contraloría del Estado de Durango, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango, en el tomo CCXXXIV, de fecha 10 de octubre del año 2019, con el número 81.

Esté Código fue propuesto y aprobado en el seno del Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés de esta Secretaría en su sesión extraordinaria de fecha 16 de diciembre del año 2019, y contiene pautas y conductas específicas, de acuerdo a las facultades de la Secretaría.

Capítulo I Disposiciones Generales.

a. Objetivo, misión y visión.

Objetivo:

Establecer parámetros de actuación ante determinadas situaciones, aplicando los principios, valores y reglas de integridad que rigen nuestro actuar cotidiano, garantizando en todo momento el principio de Legalidad que impera en la Administración Pública Estatal y el respeto a los derechos humanos de la sociedad.

Misión:

Consolidar un gobierno que promueve la ética, honestidad, legalidad, eficacia, transparencia y rendición de cuentas.

Visión:

Que se perciba a la Secretaría de Contraloría como una dependencia confiable, innovadora y que genera servicios de calidad.

b. Glosario.

Además de las definiciones previstas en el Código de Ética de las personas servidoras públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango, para efectos de este Código de Conducta se entenderá por:

Código de Ética: El Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango.

Código de Conducta: El Código de Conducta de la Secretaría de Salud.

Comité: El Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Intereses de la Secretaría de Salud.

Integrante o personal de la Secretaría: Las servidoras y los servidores públicos que forman parte de la Secretaría de Salud del Estado de Durango y de sus Órganos Desconcentrados.

Secretaría: La Secretaría de Salud del Estado de Durango.

Unidad: Unidad de Ética y Conflicto de Intereses de la Secretaría de Contraloría del Estado de Durango.

c. Ámbito de aplicación y obligatoriedad.

Lo establecido en este, es de observancia general para todas las personas que ocupen un empleo, cargo o comisión dentro de la Secretaría, incluyendo a los integrantes de los Órganos Desconcentrados.

Por lo tanto cualquier persona que labore en la Secretaría y que conozca de posibles faltas al Código de Ética y/o Conducta podrá presentar denuncia ante el Comité.

d. Carta Compromiso.

Todo el personal que labore o preste servicios en esta Secretaría, suscribirá una carta compromiso en la que manifieste que conoce el contenido del presente Código de Conducta, que se compromete a cumplirlo y respetarlo, y de la cual hará entrega al Comité de Ética.

Capítulo II Principios, valores y reglas de integridad.

En la Secretaría de Salud...

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