Codigo de Conducta de la Secretaria de Inclusion y Desarrollo Social, Coahuila

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE INCLUSIÓN Y DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO DE COAHUILA

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en la Sección Primera al Número 9 del Periódico Oficial del Estado de Coahuila, el viernes 29 de enero de 2021.

Código de Conducta

Secretaría de Inclusión y Desarrollo Social

El Comité de Ética de la Secretaría de Inclusión y Desarrollo Social del Estado de Coahuila de Zaragoza, en ejercicio de las facultades que confieren los artículos 1, 4 inciso d), 10 incisos c), d), e), h), k) y l); 19 y demás relativos del Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos Generales para propiciar la integridad a través de la conformación de los Comités de Ética en la Administración Pública Estatal; y

C O N S I D E R A N D O

Que en fecha 5 de noviembre de 2019 se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila, el Código de Ética para los Servidores Públicos de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza, el cual señala que dicho Código es de observancia general y obligatoria para todas las personas servidoras públicas de la administración pública estatal y que tiene por objeto generar una cultura de principios y valores institucionales que fortalezcan al buen cumplimiento del quehacer gubernamental, para fomentar la conducta ética e integridad y mejorar la función pública a través de normas que regulen el comportamiento y la conducta de las y los servidores públicos que laboramos en la administración pública estatal.

Que la Secretaría de Inclusión y Desarrollo Social es una dependencia centralizada de la Administración Pública Estatal y que cuenta con las facultades que le confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza, para suscribir todos los instrumentos y actos jurídicos relativos al ejercicio de sus funciones.

Que en fecha 8 de abril del año 2019 quedó debidamente integrado e instalado el Comité de Ética de la Secretaría de Inclusión y Desarrollo Social, asumiendo las atribuciones conferidas en los citados Lineamientos Generales para propiciar la Integridad a través de la Conformación de Comités de Ética en la Administración Pública Estatal, como grupo colegiado que promueve la integridad, prácticas éticas y buen gobierno dentro de la dependencia.

Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en las disposiciones legales antes invocadas, se emite el Código de Conducta de la Secretaría de Inclusión y Desarrollo Social del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza.

OBJETIVO

Delimitar los principios y comportamiento ético a que deberá sujetarse la actuación de las y los servidores públicos de la Secretaría de Inclusión y Desarrollo Social, así como destacar aquellos valores que resulten indispensables de observarse en armonía con las atribuciones de la dependencia.

MENSAJE DEL TITULAR

A la Secretaría de Inclusión y Desarrollo Social, le corresponde definir, conducir y evaluar la política para el combate de la pobreza, propiciar las condiciones para el disfrute de los derechos sociales, diseñar y ejecutar una política de protección social dirigida a las personas en condiciones de pobreza, marginación o en situación de vulnerabilidad, por lo que la sociedad demanda de las y los servidores públicos que laboramos en la secretaría, principios, valores institucionales y reglas de integridad que garanticen un buen desempeño y honestidad en el manejo de los recursos públicos.

Por ello, la importancia de que todas las y los servidores públicos de la SIDS, busquemos diseñar y operar acciones que nos permitan erradicar la corrupción y logren mejorar la eficiencia y eficacia de los programas sociales que contribuyen a reducir las condiciones de rezago social de los grupos más vulnerables y garantizar con ello una mejoraría (sic) en la calidad de vida de los coahuilenses.

Debemos difundir, conocer y evaluar el cumplimiento de lo que señala el Código de Conducta de la Secretaría, buscando en todo momento escuchar a la ciudadanía para asegurar que los servicio (sic) que se prestan sean de calidad y asegurar un gobierno cercano a la ciudadanía, honesto, responsable y eficiente.

Los invito a formar parte de la nueva generación de servidores públicos de la secretaría, que estamos comprometidos con la honestidad, la transparencia, la rendición de cuentas, la legalidad, la eficiencia, la integridad y el respeto a los derechos humanos y sociales de las personas. La inclusión de todas y todos los Coahuilenses a las políticas públicas de desarrollo social, garantizan que en el 2023, las personas en Coahuila hayan mejorado su calidad de vida y bienestar.

LIC. FRANCISCO SARACHO NAVARRO

SECRETARIO DE INCLUSIÓN Y DESARROLLO SOCIAL

MISIÓN

Desempeñarse en forma honesta y transparente. Ser una administración austera, responsable y cuidadosa en el ejercicio de los recursos públicos. Se habrá de escuchar a las y los ciudadanos en el trabajo diario y se observará un código de ética y conducta que asegure la integridad del gobierno, el logro de sus objetivos y la calidad en la prestación de los servicios públicos.

VISIÓN

Coahuila sea el estado con los mejores índices de calidad de vida de sus habitantes; con una perspectiva de inclusión, respeto y reconocimiento de los derechos sociales y humanos.

ÁMBITO DE APLICACIÓN Y OBLIGATORIEDAD

El alcance de aplicación del Código de Conducta es para las y los servidores públicos que laboran en la Secretaría de Inclusión y Desarrollo Social y sus organismos desconcentrados y lo aplicable a los adscritos a los organismos sectorizados, su cumplimiento es de carácter obligatorio.

DE LA REVISIÓN DEL CÓDIGO DE CONDUCTA

Con la finalidad de asegurar que el Código continúe siendo acorde al Código de Ética, las Reglas de Integridad y la misión de la institución, anualmente el Comité de Ética y el Órgano Interno de Control llevarán a cabo una revisión a este documento, por lo que, en caso procedente, se realizarán las modificaciones correspondientes.

PRINCIPIOS LEGALES QUE SE DEBEN OBSERVAR

El actuar de las personas servidoras públicas dentro del desempeño de su cargo o comisión, debe apegarse a dar cumplimiento a los principios constitucionales y legales, que se enuncian a...

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