Codigo de Conducta de la Secretaria de Gobernacion

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en la Quinta Sección del Número 12 del Periódico Oficial del Estado de Puebla, el martes 19 de enero de 2021.

PUBLICACIÓN del Código de Conducta de la Secretaria de Gobernación, aprobado en la Segunda Sesión Ordinaria de fecha 27 de noviembre de 2020, por el Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés.

Al margen el logotipo oficial de la Secretaría, con una leyenda que dice: Secretaría de Gobernación. Gobierno de Puebla.

ÍNDICE

  1. Carta Invitación.

  2. Objetivo.

  3. Glosario.

  4. Ámbito de aplicación.

  5. Principios Constitucionales.

  6. Valores.

    1. Valores del Servicio Público.

    2. Valores Específicos de las (sic) Secretaría de Gobernación del Estado de Puebla.

  7. Reglas de Integridad.

    1. Actuación Pública.

    2. Información Pública.

    3. Contrataciones Públicas, Licencias, Permisos, Autorizaciones y Concesiones.

    4. Programas Gubernamentales.

    5. Trámites y Servicios.

    6. Recursos Humanos.

    7. Administración de Bienes Muebles e Inmuebles.

    8. Procesos de Evaluación.

    9. Control Interno.

    10. Procedimiento Administrativo.

    11. Desempeño Permanente con Integridad.

    12. Cooperación con la Integridad.

    13. Comportamiento Digno.

  8. Riesgos Éticos.

  9. Marco Normativo.

  10. Carta Compromiso.

  11. Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés.

  12. Carta Invitación

    La Secretaría de Gobernación, está integrada por personas Servidores y Servidoras Públicas comprometidas y comprometidos con la ciudadanía en general, en toda actuación, comisión o función que se les encomienda.

    Para continuar fomentando una cultura general de servicio, se presenta el Código de Conducta, fundamentado en el Código de Ética, y las Reglas de Integridad para el Ejercicio de la Función Pública, el cual contempla los principios éticos, valores y reglas de integridad que favorecen los Derechos Humanos; Igualdad y No Discriminación; Equidad de Género, Cero Tolerancia al Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual y Combate a la Corrupción, que guía a cada persona en sus decisiones cotidianas, a fin de que todos sus actos apoyen al logro de la Misión y Visión de la Dependencia, con el fin de mejorar la confianza, el respeto y el reconocimiento de la función que desempeña dentro de la Secretaría.

    Es responsabilidad de cada una de las personas Servidores(as) Públicas que pertenecen a esta Dependencia, conocer los principios, valores y reglas de integridad que se plasman en el presente Código de Conducta, así como alentar a sus compañeras y compañeros a observarlo, hacerlo propio, denunciar las violaciones al mismo, cooperar en procesos de investigación y buscar orientación cuando así lo requieran y realizar sus actividades siempre con transparencia, honestidad, lealtad e integridad.

    Por ello y con el propósito de sumar esfuerzos, es importante asumir el compromiso de mejorar el ambiente laboral, promover el trabajo en equipo, fomentar acciones que guíen la correcta actuación como personal del Servicio Público y caminar hacia la promoción de una Ética Pública y Social alejada de la corrupción, lo que conllevará a la construcción de un clima y cultura organizacional propicio y saludable para el buen desarrollo de las responsabilidades laborales.

    Con base a lo anterior exhorto a todo el personal que forma parte de ésta Secretaría a conocer y hacer suyo este Código de Conducta, adoptando cada una de las acciones descritas como una forma de trabajo y un estilo de vida, en la que su actuar siempre sea conforme a los principios, valores y reglas de integridad establecidas en el Código de Conducta de la Secretaría que represento, con el fin de que se fortalezca a ésta Institución para contribuir así al bienestar de la sociedad, al respeto a las leyes y al progreso del Estado de Puebla.

    1. David Méndez Márquez

    Secretario de Gobernación

  13. Objetivo.

    El Código de Conducta de la Secretaría de Gobernación, es un instrumento que establece la forma en que las y los servidores públicos debemos aplicar los principios, valores y reglas de integridad que rigen nuestro actuar cotidiano y orienta el desempeño de las funciones y la toma de decisiones, dando las pautas de conducta y nos ayuda a tener presente en nuestros actos la visión que debemos perseguir para lograr la misión de nuestra institución.

    El Código de Conducta refleja el compromiso que hacemos diariamente con el servicio público, la ciudadanía, la legalidad, los derechos humanos y una sólida ética pública que reconozca la trascendencia y responsabilidad de la acción gubernamental, para obtener el beneficio, reconocimiento y la confianza de la sociedad.

  14. Glosario.

    Además de las definiciones previstas en el Código de Ética de la Secretaría de Gobernación, para efectos del Código de Conducta se entenderá por:

    Código de Conducta: El Código de Conducta de la Secretaría de Gobernación.

    Carta compromiso: Es el instrumento a través del cual las y los servidores públicos manifiestan su voluntad de adherirse a los principios, valores y reglas de integridad contenidas en el Código de Conducta, y de desempeñar el ejercicio público que le ha sido encomendado, con estricta observancia de los mismos.

    Comité: El Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés.

    LGRA: Ley General de Responsabilidades Administrativas.

    Contraloría Interna: El Órgano Interno de Control en la Secretaría de Gobernación.

    Secretaría: La Secretaría de Gobernación.

    Política de Integridad: Es el conjunto de acciones consistentes, claras e integradas entre sí para la denuncia de riesgos o violaciones a la integridad; y se conforma por los Códigos de Ética, de Conducta y demás normatividad aplicable en la materia.

  15. Ámbito de aplicación.

    Las disposiciones de este Código son de observancia obligatoria para las y los servidores públicos que desempeñen un empleo, cargo o comisión (sic) la Secretaría.

    Cualquier persona que conozca de posibles faltas o incumplimientos al Código de Ética y/o Código de Conducta, por parte de alguna servidora o servidor público, podrá presentar denuncia ante el Comité.

    Las (los) titulares de las Unidades Administrativas y Técnicas, tendrán la responsabilidad de crear y mantener dentro de sus equipos de trabajo, una cultura ética efectiva.

  16. Principios Constitucionales.

    Las y los servidores públicos deberán realizar sus actividades siempre cuidando se cumplan con los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, eficacia, eficiencia, disciplina, objetividad, profesionalismo e integridad en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones.

    Los actos u omisiones de los servidores públicos que afecten los principios, podrán ser sancionados administrativamente (sic) que pueden consistir en amonestación, suspensión, destitución e inhabilitación, así como en sanciones económicas, y deberán establecerse de acuerdo con los beneficios económicos que, en su caso, haya obtenido el responsable y con los daños y perjuicios patrimoniales causados por omisiones.

  17. Valores.

    1. Valores del Servicio Público.

      Conforme al artículo Cuarto, del acuerdo de la Secretaria de la Función Pública, por el que expide el código de ética y las reglas de integridad para el ejercicio de la función pública que tiene por objeto que las Dependencias y Entidades, emitan un Código de Conducta que vincule el contenido de este instrumento rector, considerando las Reglas de Integridad, con su misión, visión y atribuciones específicas; de manera tal que les permita enfrentar riesgos éticos, a la vez que se fomente identificación y apropiación por parte de las personas servidoras públicas con cada ente público.

      Se enumera el listado de los valores que toda persona servidora pública debe anteponer en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o funciones en la presentación del servicio público:

      1. Interés Público.- Las personas servidoras publicas actúan buscando en todo momento la máxima atención de las necesidades y demandas de la sociedad mexicana, por encima de interese (sic) y beneficios particulares, ajenos a la satisfacción colectiva, para lograr el bien común, que integra gran parte de los fines del Estado Mexicano.

      2. Respeto.- Las personas servidoras públicas se conducen con austeridad y sin ostentación, otorgando un trato digno y cordial a las personas en general y a sus compañeros de trabajo, superiores y subordinados, considerando sus derechos, de tal manera que propician el diálogo cortés y la aplicación armónica de instrumentos que conduzcan al entendimiento, a través de la eficacia y el interés público.

      3. Respeto a los Derechos Humanos.- Las personas servidoras públicas respetan los derechos humanos, y en el ámbito de sus competencias y atribuciones, los garantizan, promueven y protegen de conformidad con los Principios de: Universalidad establece que los derechos humanos corresponden a toda persona por el simple hecho de serlo sin discriminación alguna; de Interdependencia que implica que los derechos humanos se encuentran vinculados íntimamente entre sí; de Indivisibilidad que refiere que los derechos humanos conforman una totalidad de tal forma que son complementarios e inseparables que no pueden separarse o fragmentarse uno de otros, deben comprenderse como un conjunto, y de Progresividad que prevé que los derechos humanos están en constante evolución y bajo ninguna circunstancia se justifica un retroceso en su protección.

      4. Igualdad y no discriminación.- Las personas servidoras publicas prestan sus servicios a todas las personas sin distinción, exclusión, restricción, o preferencia basada en el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades, el idioma, los antecedentes penales también se entenderá...

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