Codigo de Conducta de la Secretaria de Finanzas y de Administracion del Estado de Durango

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y DE ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO DE DURANGO

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Número Bis del Periódico Oficial del Estado de Durango, el domingo 29 de marzo de 2020.

ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y DE ADMINISTRACIÓN

C.P. JESÚS ARTURO DÍAZ MEDINA, SECRETARIO DE FINANZAS Y DE ADMINISTRACIÓN, con fundamento en los artículos 30, fracciones III y LXXXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Durango; 1, 7, 8, 9 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y de Administración, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango No. 11, el 10 de abril de 2018; así como, artículo 25 del Código de Ética de las personas servidoras públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango y el numeral tercero, segundo párrafo inciso "b" del Acuerdo por el que se expiden "Los lineamientos Generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los comités de ética y de prevención de conflictos de interés" publicados en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango No. 55 el 09 de julio de 2017, he tenido a bien expedir el siguiente:

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y DE ADMINISTRACIÓN

Introducción

En el marco de los artículos 109 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 175 de la Constitución del Estado Libre y Soberano de Durango, artículos 7 y 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, los cuales establecen que la función pública debe apegarse a los principios de legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad. imparcialidad, eficiencia, eficacia, equidad, transparencia, economía, integridad y competencia por mérito, permitiendo que en el servicio público impere una conducta que fortalezca a las instituciones públicas y que, a su vez, responda a las necesidades de la sociedad.

Por lo anterior y tomando en consideración el Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango No. 81 el 10 de octubre de 2019; el Código de Conducta de la Secretaría de Finanzas y de Administración, es un instrumento para reforzar el compromiso de los servidores públicos de dirigir la dependencia con honestidad, estableciendo aquellas reglas que, por convicción, deben ser observadas y respetadas en el desempeño de las funciones que nos han sido encomendadas.

El presente Código fue propuesto y aprobado en el seno del Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés de esta Secretaría en su sesión extraordinaria número 01_2020 de fecha 10 de enero de 2019, y es una herramienta más, que contiene pautas de conducta específicas más que los servidores públicos de esta Secretaría utilizaremos para el cumplimiento de las facultades y funciones, siendo la responsable de impulsar las transformaciones de la Administración Pública Estatal con innovaciones y servicios, así como la planeación, administración financiera y tributaria de la Hacienda Pública del Estado y del apoyo administrativo que requieran las dependencias del Poder Ejecutivo del Estado, en el despacho de sus asuntos con las funciones y atribuciones que expresamente le encomienda la Constitución Política del Estado de Durango, la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Durango, Código Fiscal del Estado de Durango, la Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Durango y sus Municipios, la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Publico del Estado, la Ley General de Contabilidad Gubernamental, así como otras leyes, reglamentos, decretos, convenios, acuerdos, decretos, Convenios de Colaboración y Coordinación en Materia Fiscal y Administrativa, Acuerdos y otras disposiciones y demás ordenamientos aplicables y los que expida el propio Ejecutivo del Estado.

Capítulo I
Disposiciones Generales

a) Objetivo, Misión y Visión.

Objetivo:

La Secretaría de Finanzas y de Administración generará los actos necesarios para promover una efectiva observancia al presente Código de Conducta, a través de mecanismos que permitan vigilar su cumplimiento. Será responsabilidad de los servidores públicos de la Secretaría, reportar cualquier acto u omisión contario (sic) a dicho Código ante el Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Intereses.

Misión:

Operar todos los procesos financieros, tributarios y fiscales de la Hacienda Pública Estatal con eficiencia, responsabilidad y rendición de cuentas, utilizando controles de calidad y usos de tecnologías que permitan optimizar los recursos del Estado en beneficio de sus habitantes.

Visión:

Ser una secretaría eficiente, dinámica, innovadora y estratégica, que gestiona y garantiza el uso de los recursos dentro de un marco de transparencia y legalidad, que contribuya con el crecimiento y desarrollo sostenible del Estado de Durango.

b) Glosario

Además de las definiciones previstas en el Código de Ética de las personas servidoras públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango, para efectos de este Código de Conducta se entenderá por:

Código de Ética: El Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango.

Código de Conducta: El Código de Conducta de la Secretaría de Finanzas y de Administración.

Comité: El Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Intereses de la Secretaría de Finanzas y de Administración.

Integrante o personal de la Secretaría: Las servidoras y los servidores públicos que forman parte de la Secretaría de Finanzas y de Administración, esto es desde el nivel de Subsecretarios, Directores Generales, Directores, Coordinadores, Jefes de Departamento, operativos y demás servidores públicos adscritos a esta Secretaría.

Secretaría: La Secretaría de Finanzas y de Administración.

c) Ámbito de aplicación y obligatoriedad

Lo establecido en este Código es de observancia general para todas las personas que ocupen un empleo, cargo o comisión dentro de la Secretaría, incluyendo al personal adscrito en la Región Laguna.

Por lo tanto cualquier persona que labore en la Secretaría y que conozca de posibles faltas al Código de Ética y/o Conducta, podrá presentar denuncia ante el Comité.

d) Carta Compromiso

Todo el personal que labore o preste servicios en esta Secretaría, suscribirá una carta compromiso en la que manifieste que conoce el contenido del presente Código de Conducta, que se compromete a cumplirlo y respetarlo, y de la cual hará entrega al Comité de Ética.

Capítulo II

Principios Valores y Reglas de Integridad

En la Secretaría de Finanzas y de Administración, todo el personal que labore o preste sus servicios profesionales, observará:

- Los Principios de competencia por mérito, disciplina, economía, eficacia, eficiencia, equidad, honradez, imparcialidad, integridad, lealtad, legalidad, objetividad, profesionalismo, rendición de cuentas y transparencia.

- Los Valores de cooperación, entorno cultural y ecológico, equidad de género, igualdad y no discriminación, interés público, liderazgo...

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