Codigo de Conducta de la Secretaria de Desarrollo Regional y Agropecuario del Estado de Nuevo Leon

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y AGROPECUARIO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Número 99 del Periódico Oficial del Estado de Nuevo León, el miércoles 13 de julio de 2022.

SECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y AGROPECUARIO

CÓDIGO DE CONDUCTA

MARZO 2022

CONTENIDO

HOJA DE AUTORIZACIÓN

  1. PRESENTACIÓN

  2. ANTECEDENTES, MISIÓN Y VISIÓN DE LA SEDRA

    Antecedentes

    Misión y Visión de la Secretaría de Desarrollo Regional y Agropecuario (SEDRA)

    Marco jurídico de actuación de los servidores públicos de la SEDRA

  3. MARCO ÉTICO PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SEDRA

    3.1 Principios rectores del servicio público

    3.2 Valores éticos y su definición

    3.3 Reglas de integridad

  4. CÓDIGO DE CONDUCTA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DE LA SEDRA

    4.1 Objetivos del Código de Conducta

    4.2 Alcance del Código de Conducta

    4.3 Marco Legal del Código de Conducta

    4.4 Vigencia del Código de Conducta

    4.5 Aplicación del Código de Conducta

    4.6 Verificación del cumplimiento del Código de Ética y del Código de Conducta

    4.7 Glosario

  5. MECANISMOS DE DIFUSIÓN DEL CÓDIGO DE CONDUCTA

    HOJA DE AUTORIZACIÓN

    SECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y AGROPECUARIO (SEDRA)

    AUTORIZACIÓN DEL CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SEDRA

    Monterrey, Nuevo León, a 15 de marzo de 2022

    Conforme a las atribuciones y facultades que me confiere el Ordenamiento legal por el que se Expide el Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Regional y Agropecuario, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el 28 de enero de 2022; en mi carácter de Titular de la Secretaría, una vez revisado y analizado el contenido del presente CÓDIGO DE CONDUCTA por el Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés de esta Secretaría a mi cargo, formalmente lo autorizo para su implementación, conforme el Artículo Tercero Transitorio del Acuerdo por el que se expide el Código de Ética de los Servidores Públicos de la Administración Pública del Poder Ejecutivo del Estado de Nuevo León el 19 de febrero de 2021.

    DR. MARCO ANTONIO GONZALEZ VALDEZ

    SECRETARIO DE DESARROLLO REGIONAL Y AGROPECUARIO

  6. PRESENTACIÓN

    El 2 de marzo de 2018 el Secretario de Desarrollo Agropecuario, dentro de sus atribuciones autorizó la emisión del Código de Ética y Conducta de la extinta Secretaría de Desarrollo Agropecuario de Nuevo León (SEDAGRO). Con motivo de la creación del Comité de Ética de la SEDAGRO, se revisó su contenido y se determinó la conveniencia de actualizarlo en 2019 para corregir algunas omisiones, así como considerar las Reglas de Integridad y otras disposiciones que iniciaron su vigencia con posterioridad.

    En el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Nuevo León del 13 de marzo de 2020, fueron publicados los Lineamientos aprobados por el Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción para la Emisión del Código de Ética referido en el Artículo 16 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León, que establece que la Contraloría y Transparencia Gubernamental deberá emitir el Código de Ética.

    En el Periódico Oficial del viernes 19 de febrero de 2021 se publica el Acuerdo que deja sin efecto el Acuerdo del 19 de agosto de 2016, por el que el Gobierno expidió el Código de Ética de los Servidores Públicos de la Administración Pública del Estado de Nuevo León; y el Código de Ética de los Servidores Públicos de la Administración Pública del Estado de Nuevo León que emite la Contraloría y Transparencia Gubernamental.

    En el Oficio CTG 190/2021 de fecha 9 de marzo de 2021, la Contraloría y Transparencia Gubernamental manifiesta que cada Dependencia y Entidad de la Administración Pública del poder Ejecutivo del Estado de Nuevo León deberá contar con un Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés que propicie la integridad de los servidores públicos e implemente acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético; y además emitirán un Código de Conducta, en el que se especificará de manera puntual y concreta la forma en que los servidores públicos aplicarán los principios, valores y reglas de integridad.

    En el Oficio circular CTG 1528/2021 de fecha 25 de octubre de 2021, la Contralora General Lic. María Teresa Herrera Tello dirige a los Secretarios de la Administración Pública Central, las Recomendaciones a razón del reciente cambio de Administración Pública, entre otras: Observar el Código de Ética de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de Nuevo León que pudieran ser de gran utilidad para el desarrollo de las Dependencias a cargo y evitar futuras responsabilidades que puedan derivar en faltas administrativas.

    El presente Código de Conducta de la Secretaría de Desarrollo Regional y Agropecuario, se realiza tomando en cuenta los Lineamientos publicados el 13 de marzo de 2020, incluye los Principios Rectores, los Valores Éticos, las Reglas de Integridad y describe en forma detallada, específica e inequívoca el comportamiento que se espera de los Servidores Públicos integrantes de la estructura organizacional de la SEDRA, sus fideicomisos: FOFAENL, FIDESUR, FIDECITRUS y FESAGRO; el O.P.D. PRODERLEON y la Corporación CODEFRONT, que tiene sectorizados; así como los procedimientos para cumplir los contenidos del Código, el control sistemático y los castigos para quienes en su desempeño incumplen su observancia.

  7. ANTECEDENTES, MISIÓN Y VISIÓN DE LA SEDRA

    Antecedentes

    En virtud de la escasa aportación del sector agropecuario y rural a la economía del Estado de Nuevo León que primordialmente proviene de la manufactura, construcción y comercio concentrada en el Área Metropolitana de Monterrey, la atención al sector ha variado con las distintas administraciones. Mientras que en 1985 se realizó con la Secretaría de Fomento Agropecuario, en 2003 se la degradó a Subsecretaría de Fomento y Desarrollo Agropecuario dependiente de la Secretaría de Desarrollo Económico; para posteriormente crear el 15 de diciembre de 2003 el organismo de participación ciudadana Corporación para el Desarrollo Agropecuario de Nuevo León, dependiente de la Secretaría de Economía.

    Con estos antecedentes, el 29 de febrero de 2016 se crea la Secretaría de Desarrollo Agropecuario mediante el Acuerdo del Ejecutivo que reestructura la administración pública centralizada del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Nuevo León. Esta Secretaría se constituye como el órgano encargado de planear, regular, promover y fomentar el desarrollo agrícola, ganadero, avícola, apícola, forestal, pesquero, hidráulico y agroindustrial; elaborar, ejecutar y evaluar los programas estatales de desarrollo del Sector; así como promover y apoyar la solución de la problemática del Sector y fomentar la divulgación y adopción de las tecnologías y sistemas que aumenten la producción y productividad del campo y la preservación de los recursos naturales.

    Mediante el Decreto publicado el 27 de febrero de 2019 en el Periódico Oficial, se expide el Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario. Con base a este Reglamento Interior, en 2020 se realizó la actualización del Manual de Organización de la SEDAGRO que se publica en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado del día 24 de marzo de 2021.

    Conforme el Artículo 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Nuevo León con fecha 02 de octubre de 2021, se crea la Secretaría de Desarrollo Regional y Agropecuario formando parte del Gabinete de Generación de Riqueza Sostenible, para ejercer la rectoría del desarrollo rural estatal, así como el desarrollo equilibrado y sostenible de las regiones para generar derrama económica al Estado y mejorar la calidad de vida de sus habitantes; con el encargo de establecer e instrumentar las políticas, estrategias, programas y acciones que promuevan el desarrollo del campo dentro del sector agrícola, pecuario, forestal y acuícola, así como para el desarrollo socioeconómico equilibrado y sostenible de las zonas rurales.

    Mediante el Decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado con fecha 28 de enero de 2022, se abroga el Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario y en el mismo ordenamiento entra en vigor el Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Regional y Agropecuario, que la sustituye.

    El C. Gobernador del Estado de Nuevo León, Samuel Alejandro García Sepúlveda mediante Oficio Núm. 09-A/2021 con adéndum del Oficio Núm. BSG/008-B-Bis/2021 del C. Secretario General de Gobierno, Javier Luis Navarro Velasco, expedidos con fecha 04 de octubre de 2021 en uso de la atribución que le otorgan los artículos 81, 85, fracción III, 87 y 88 de la Constitución Política del Estado; reiterada por los artículos 2, 3, 8, 18 Apartado B Fracción III, y 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León y por el Artículo 11 Fracción I y demás relativos del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Regional y Agropecuario, designa al C. MARCO ANTONIO GONZÁLEZ VALDEZ como Secretario de Desarrollo Regional y Agropecuario.

    Misión y Visión de la Secretaría de Desarrollo Regional y Agropecuario

    Por su reciente creación y para establecer un marco de referencia, se describen la Misión y la Visión de la Secretaría considerando lo señalado en la Ley Orgánica y en su Reglamento Interior, mismas que se ajustarían conforme al ejercicio de Planeación estratégica que se realice.

    Misión: Ejercer la rectoría del desarrollo regional y agropecuario, impulsando el desarrollo equilibrado y sostenido de las regiones no metropolitanas; estimulando la generación de empleos y mejorando la calidad de vida de sus habitantes.

    Visión: Lograr el desarrollo equilibrado y sostenido de las regiones no metropolitanas del Estado estableciendo las políticas, estrategias, programas y acciones que coadyuven al desarrollo del sector agrícola, pecuario, forestal, acuícola, industrial y de servicios, cumpliendo con los principios rectores de transparencia, rendición de...

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