Codigo de Conducta de la Secretaria de Desarrollo Urbano, Obras Publicas e Infraestructura del Estado de Campeche

CÓDIGO DE CONDUCTA AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO, OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE CAMPECHE

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en la Sección Administrativa del Periódico Oficial del Estado de Campeche, el lunes 30 de abril de 2018.

ACUERDO POR EL QUE SE EMITE EL CÓDIGO DE CONDUCTA AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO, OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE CAMPECHE.

INGENIERO EDILBERTO JESÚS BUENFIL MONTALVO, Secretario de Desarrollo Urbano, Obras Públicas e Infraestructura del Poder Ejecutivo del Estado de Campeche, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 35, fracción XIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche y los artículos 2, 6 y 8 fracciones XII y XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas de la Administración Pública del Estado de Campeche.

CONSIDERANDO

Que la Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas e Infraestructura del Poder Ejecutivo del Estado de Campeche, en adelante la Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas e Infraestructura, a través del Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés emitirá un Código de Conducta, de acuerdo con lo establecido en el Numeral 6 de los Lineamientos Generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, que contengan reglas claras de integridad para que, en la actuación de los servidores públicos, impere invariablemente una conducta digna que corresponda a las necesidades de la sociedad, con lo cual se pretende propiciar una plena vocación de servicio público en beneficio de la colectividad.

Que este Código de Conducta está diseñado como un documento capaz de contribuir a la difusión y capacitación en los valores, principios y compromisos éticos que deben imperar en la gestión de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas e Infraestructura.

Que los principios rectores y valores señalados en este Código de Conducta deberán ser cumplidos por todos los servidores públicos que integran la Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas e Infraestructura.

Que en virtud de que la sociedad demanda que los servidores públicos actúen con estricto apego a principios y conductas éticas, respetando sin excepción alguna, los derechos humanos, la equidad de género, la dignidad de la persona, así como los derechos y libertades que le son inherentes.

Por lo anterior expuesto y fundado, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

UNICO. Se emite el Código de Conducta al que deberán sujetarse los servidores públicos de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas e Infraestructura, para quedar como sigue;

ARTICULO PRIMERO El Código de Conducta de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas e Infraestructura se integra a los Principios, los Valores y el Catálogo de Conductas que a continuación se enuncian, mismos que se ubican en el contexto que refiere la Introducción que sigue y que tendrán por Misión, Visión, Objeto y Alcance que enseguida se refieren.
  1. INTRODUCCIÓN

    Este Código de Conducta concentra las normas que orientan el actuar diario de los servidores públicos de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas e Infraestructura, con la finalidad de fortalecer los principios y valores que contempla el Código de Ética de los servidores públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública del Estado de Campeche, para con ello, alcanzar las metas y objetivos institucionales, promoviendo el compromiso y servicio a la comunidad; puntualizando sobre el comportamiento que se espera sea seguido por los integrantes de una organización.

    En virtud de que la sociedad demanda que los servidores públicos actúen con estricto apego a principios y conductas éticas, respetando sin excepción alguna los derechos humanos, la equidad de género, la dignidad de la persona, así como los derechos y libertades que les son inherentes, para lograr la transformación y construir un gobierno transparente, honesto, eficiente, comprometido, capaz de dar resultados, que permitan alcanzar el desarrollo que la población campechana se merece.

  2. MISIÓN

    Establecer nuevos esquemas para la planeación y la ejecución de obras, con el objeto de modernizar y ampliar la infraestructura urbana y rural, así como promover un desarrollo urbano sustentable, mediante el diseño y políticas públicas respetuosas del medio ambiente, que conlleven a lograr un Campeche más competitivo, mediante la vinculación efectiva con los otros órdenes de gobierno.

  3. VISIÓN.

    Es una Dependencia que interviene en la planeación, proyección y ejecución de obras públicas en el Estado, para cumplir con los objetivos y metas del Plan Estatal de Desarrollo 2015-2021, con respeto a la ley, cuidando la calidad de los trabajos y la eficiencia en el uso de los recursos públicos, trabajando siempre con todo para todos.

  4. OBJETO Y ALCANCE.

    Este Código tiene como objeto fundamental establecer y normar los lineamientos de conducta bajo los cuales deberán regir su actuar a los servidores públicos de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas e Infraestructura.

    El lenguaje empleado en este Código no busca...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR