Codigo de Conducta de la Secretaria de Comunicaciones y Obras Publicas del Estado de Durango

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y OBRAS PÚBLICAS DEL ESTADO DE DURANGO

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Número 17 del Periódico Oficial del Estado de Durango, el jueves 27 de febrero de 2020.

ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y OBRAS PÚBLICAS DEL ESTADO

ING. ARTURO ENRIQUE SALAZAR MONCAYO, SECRETARIO DE COMUNICACIONES Y OBRAS PÚBLICAS DEL ESTADO, con fundamento en el artículo 13, fracción XXXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas del Estado, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango No. 57, TOMO CCXXXIV, el 18 de julio de 2019; así como, en el artículo 25 del Código de Ética de las personas servidoras públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango y el numeral tercero, segundo párrafo inciso "b" del Acuerdo por el que se expiden "Los lineamientos Generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los comités de ética y de prevención de conflictos de interés" publicados en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango No. 55 el 09 de julio de 2017, tengo a bien expedir el siguiente:

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y OBRAS PÚBLICAS DEL ESTADO

INTRODUCCIÓN

Tomando en consideración el acuerdo emitido por la Secretaría de Contraloría del Estado de Durango, por el que se expide el Código de Ética de las personas servidoras públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango No. 81 el 10 de octubre de 2019, es preciso mencionar que el presente Código de Conducta, está conformado por valores éticos que serán desempeñados por las y los servidores públicos de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas del Estado, en el cumplimiento de los objetivos, obligaciones y compromisos siempre enfocados al bienestar de la sociedad duranguense.

Además el presente Código fue propuesto y aprobado en el seno del Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés de esta Secretaría en su sesión extraordinaria de fecha 15 de enero de 2020, y contiene pautas de conducta específicas de acuerdo a las facultades de la Secretaría en diversas materias como lo son: vigilancia, control y evaluación de la gestión gubernamental; información pública; contrataciones públicas y trámite de registro en el padrón de contratistas; trámites y servicios; recursos humanos; administración de bienes muebles e inmuebles; control interno; procedimiento administrativo; desempeño permanente con integridad; ética, transparencia, acceso a la información, rendición de cuentas y combate a la corrupción, así como simplificación administrativa.

ÁMBITO DE SU APLICACIÓN

Los principios, valores y demás disposiciones previstas en el presente Código, son de observancia general para las y los servidores públicos de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas del Estado cualquiera que sea su nivel jerárquico, especialidad o función, sin perjuicio de lo establecido en otras normas o disposiciones que regulan el desempeño; por ende, toda persona que ingrese o se encuentre adscrita a la Dependencia, deberá conocerlo y asumir el compromiso de su debido cumplimiento.

MARCO JURÍDICO

- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 109, fracción III.

- Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción. Artículo 5.

- Ley General de Responsabilidades Administrativas. Artículos 6, 7 y 16.

- Reglamento Interior de la Secretaria de Comunicaciones y Obras Públicas del Estado. Artículos 3 y 8.

- ACUERDO por el que se emite el Código de Ética de las personas servidoras públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango No. 81 el 10 de octubre de 2019.

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

a. Objetivo, Misión y Visión.

Objetivo

Establecer parámetros de actuación ante determinadas situaciones, aplicando los principios, valores y reglas de integridad que rigen nuestro actuar cotidiano, garantizando en todo momento el principio de Legalidad que impera en la Administración Pública Estatal y el respeto a los derechos humanos de la sociedad.

Misión

Establece el compromiso que hacemos diariamente con el servicio público, la ciudadanía, la legalidad, los derechos humanos y las directrices de conducta que corresponden con las funciones de nuestra Dependencia en diversas materias de las que se espera su observancia.

Visión

Ser una dependencia incluyente que vive y coadyuva a un clima ético, confiable, innovadora y responsable, respetando la igualdad y los derechos humanos.

b. Glosario

Además de las definiciones previstas en el Código de Ética de las personas servidoras públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango, para efectos de este Código de Conducta se entenderá por:

Código de Ética: Al Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango.

Código de Conducta: Al Código de Conducta de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas del Estado.

Comité: Al Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas del Estado.

Integrante o personal de la Secretaria: A las personas servidoras públicas que forman parte de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas del Estado.

Persona Servidora Pública: A los (sic) y las personas que desempeñan un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la administración pública del Estado.

Secretaría: La Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas del Estado.

c. Ámbito de aplicación y obligatoriedad.

Lo establecido en este Código es de observancia general para todas las personas que ocupen un empleo, cargo o comisión dentro de la Secretaría.

Por lo tanto, cualquier persona que labore en la Secretaría y que conozca de posibles faltas al Código de Ética y/o Conducta, podrá presentar denuncia ante el Comité.

d. Carta Compromiso.

Todo el personal que labore o preste servicios en esta Secretaría, suscribirá una carta compromiso en la que manifieste que conoce el contenido del presente Código de Conducta, que se compromete a cumplirlo y respetarlo, y de la cual hará entrega al Comité.

CAPÍTULO II

PRINCIPIOS, VALORES Y REGLAS DE INTEGRIDAD

En la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas del Estado, todo el...

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