Codigo de Conducta y Prevencion de Conflictos de Interes de las y los Trabajadores de la Secretaria del Trabajo y Prevision Social, Tamaulipas

CÓDIGO DE CONDUCTA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS DE LAS Y LOS TRABAJADORES DE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Número 100 del Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas, el martes 22 de agosto de 2023.

ÍNDICE

MENSAJE DE LA SECRETARIA DEL TRABAJO

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

MISIÓN Y VISIÓN

  1. CONOCIMIENTO Y OBSERVANCIA DE LA NORMATIVIDAD

  2. RIESGOS ÉTICOS

  3. OBJETO

  4. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y OBLIGATORIEDAD

  5. GLOSARIO

  6. USO DEL CARGO PÚBLICO

  7. ASIGNACIÓN Y USO DE RECURSOS PÚBLICOS Y COMBATE A LA CORRUPCIÓN

  8. USO TRANSPARENTE Y RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN INTERNA

  9. RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS

  10. CUMPLIR LAS FUNCIONES CON IGUALDAD DE GÉNERO, NO DISCRIMINACIÓN E INCLUSIÓN

  11. MANTENER UN AMBIENTE LABORAL SANO, LIBRE DE HOSTIGAMIENTO Y ACOSO SEXUAL

  12. ATENCIÓN A QUEJAS Y DENUNCIAS

  13. INSTANCIA ENCARGADA DE LA INTERPRETACIÓN, CONSULTA Y ASESORÍA

  14. RESPETO MUTUO Y COORDINACIÓN DE LOS DISTINTOS ÓRDENES DE GOBIERNO

  15. RELACION CON LA SOCIEDAD

  16. SALUD, HIGIENE, SEGURIDAD Y MEJORAMIENTO ECOLÓGICO

  17. DESARROLLO PERSONAL E INTEGRAL

  18. CONDUCTAS QUE RIGEN LA ACTUACIÓN DE LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS, INCLUYENDO ACCIONES DE DIFUSIÓN Y PREVENCIÓN DE CONDUCTAS QUE PUEDAN CONSTITUIR CONFLICTOS DE INTERÉS

  19. PREVENCIÓN DE CONDUCTAS QUE PUEDEN CONSTITUIR CONFLICTOS DE INTERÉS

DE LA PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS DE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

OBLIGACIONES PARA PREVENIR LOS CONFLICTOS DE INTERÉS

CARTA COMPROMISO

TRANSITORIOS

MENSAJE DE LA SECRETARIA DEL TRABAJO

Dentro de las prioridades del Gobernador Constitucional del Estado de Tamaulipas, Doctor Américo Villarreal Anaya, se encuentra la de regir un Estado, en donde la confianza sea uno de los ejes rectores del gobierno así como se luche constantemente en el tema del combate a la corrupción, de manera que apliquen políticas públicas encaminadas a eliminarla y así garantizar la eficiencia de la administración pública.

A fin de ir de la mano con este Gobierno transformador y apegado a las normas, es que esta Secretaría creó su Comité de Ética, Conducta y Prevención de Conflictos de Interés, alineado en todo momento a los ejes transversales de igualdad de género, no discriminación e inclusión, combate a la corrupción y mejora de la gestión pública y territorio y desarrollo sostenible, a fin de poder gestionar de manera responsable esta Institución.

Con compromiso, esta administración se empeña en lograr el beneficio para el Estado de Tamaulipas, por lo que se crea el Código de Conducta y Prevención de Conflictos de Interés de las y los trabajadores de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, con la finalidad de que los trabajadores de este organismo, conozcan los valores y principios que servirán como parámetro de referencia, en la manera en la que se deben de conducir al desempeñar sus funciones como servidores públicos cotidianamente.

En ese contexto, con la facultad que se le confiere a la Secretaria del Trabajo, en términos de los artículos 11 numeral 2, 3 y 4, y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, y en los Lineamientos y la Guía para la Elaboración y Actualización del Código de Conducta y Prevención de Conflictos de Interés de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, publicados en Periódico Oficial del Estado, edición Vespertina número 63 de fecha 25 de mayo del 2023, se ha tenido a bien aprobar el siguiente Acuerdo por el que se expide el:

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

El Código de Conducta es un conjunto de principios tendientes a reforzar la actuación de las y los servidores públicos en el ejercicio de sus funciones, en apego y respeto a las leyes y a los valores inscritos en el Código de Ética de las y los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas, que contempla los riesgos éticos específicos para así poder prevenirlos.

Siendo un marco de referencia, sobre las normas y reglas de comportamiento que permiten orientas (sic) a las y los servidores públicos que conforman la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, así como los usuarios que tienen alguna relación con la Dependencia.

A continuación, se señalan los compromisos generales de observancia de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social:

  1. CONOCIMIENTO Y OBSERVANCIA DE LA NORMATIVIDAD

  2. OBJETO

  3. RIESGOS ÉTICOS

  4. AMBITO DE APLICACIÓN Y OBLIGATORIEDAD

  5. USO DEL CARGO PÚBLICO

  6. ASIGNACIÓN Y USO DE RECURSOS PÚBLICOS Y COMBATE A LA CORRUPCIÓN

  7. USO TRANSPARENTE Y RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN INTERNA

  8. RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS

  9. CUMPLIR LAS FUNCIONES CON IGUALDAD DE GÉNERO, NO DISCRIMINACIÓN E INCLUSIÓN

  10. MANTENER UN AMBIENTE LABORAL SANO, LIBRE DE HOSTIGAMIENTO Y ACOSO SEXUAL

  11. ATENCIÓN A QUEJAS Y DENUNCIAS

  12. INSTANCIA ENCARGADA DE LA INTERPRETACIÓN, CONSULTA Y ASESORÍA

  13. RESPETO MUTUO Y COORDINACIÓN DE LOS DISTINTOS ÓRDENES DE GOBIERNO.

  14. RELACIÓN CON LA SOCIEDAD

  15. SALUD, HIGIENE, SEGURIDAD Y MEJORAMIENTO ECOLÓGICO

  16. DESARROLLO PERSONAL E INTEGRAL

  17. CONDUCTAS QUE RIGEN LA ACTUACIÓN DE LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS, INCLUYENDO ACCIONES DE DIFUSIÓN Y PREVENCIÓN DE CONDUCTAS QUE PUEDAN CONSTITUIR CONFLICTOS DE INTERÉS

    En virtud de lo anterior, se desglosan a continuación los compromisos y alcance de los valores específicos que deberán observar las y los servidores públicos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social:

    MISIÓN: La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, conduce y coordina acciones políticas y programas del gobierno estatal, para la gestión y funcionamiento de todas las áreas adscritas a la Secretaría, con la finalidad de cumplir con los objetivos en materia de trabajo, conciliación, empleo y previsión social, determinados por el Ejecutivo Estatal, en medida a las disposiciones constitucionales y legales aplicables.

    VISIÓN: Promover dentro del marco laboral, los mecanismos que faciliten la inclusión de las y los jóvenes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad al mercado de trabajo; así mismo garantizar la conciliación y legalidad entre los factores de la producción, para generar una imagen de confianza y respeto en los estratos sociales.

  18. CONOCIMIENTO Y OBSERVANCIA DE LA NORMATIVIDAD

    Compromiso. Conocer, observar y respetar el contenido de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado de Tamaulipas, Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas, Código De Ética de las y los Servidores Públicos del Estado de Tamaulipas, Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, así como las demás leyes, reglamentos y normatividad inherente a las funciones que el servidor público desempeña.

    En aquellos casos no contemplados por la normatividad en donde exista lugar para la interpretación, se deberá conducir bajo las normas de ética, transparencia, rendición de cuentas e integridad y atender para el efecto, los principios, valores y reglas de integridad contenidas en el Código de Ética del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas.

    Alcance. En el desempeño de su cargo, empleo o comisión, el servidor público observará la normatividad aplicable al servicio público, promoviendo y supervisando que el personal bajo su mando cumpla sus obligaciones con apego a los principios.

    Deberá evitar actos de corrupción e interpretaciones discrecionales contrarias a derecho, preservando en todo momento la imagen institucional, a fin de que no impactar negativamente a la población usuaria de los servicios prestados y que propician opacidad en el desempeño de esta dependencia.

    De igual manera se debe considerar que las redes sociales pueden constituir una extensión de las personas, por lo que se procurará que la imagen de las dependencias y entidades, manteniendo un comportamiento acorde con la ética.

    Asimismo, tendrá que cumplimentar con probidad, en tiempo y forma, las obligaciones fiscales y patrimoniales establecidas en las leyes aplicables en la materia.

  19. RIESGOS ÉTICOS

    De conformidad con el artículo 1, fracción II del Código de Ética del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas, las entidades de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas, deberán formular sus propios Códigos de Conducta y Prevención de Conflictos de Interés, en los que contemplarán los riesgos éticos específicos para prevenirlos, debido a lo anterior se consideran los siguientes riesgos:

    - Si las personas servidoras públicas actuasen de manera contraria a las facultades, atribuciones y funciones establecidas en las normas, leyes, reglamentos, manuales y demás disposiciones jurídicas, habría afectación en el desempeño de la Dependencia.

    - En los casos en que las personas servidoras públicas actuasen con omisión a la cultura del servicio orientada a resultados, en desapego a las metas institucionales y en transgresión al uso responsable de los recursos públicos, se vería afectada su aplicación oportuna.

    - En los procesos en que las personas servidoras públicas transgredan la confianza conferida por el estado, y antepongan sus intereses particulares por encima del favorecimiento del interés público, se afectará el correcto desempeño en la toma de decisiones al ejercicio de sus funciones.

  20. OBJETO

    El presente Código de Conducta, tiene como objeto especificar de manera concreta y puntual la forma en que las personas servidoras públicas de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social aplicarán los Principios, Valores y Reglas de integridad contenidos en el Código de Ética del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas, a través de directrices de conducta que rigen el comportamiento ético que deben observar ante situaciones que se puedan enfrentar en el desempeño de las labores, a fin de promover un gobierno transparente, íntegro y cercano a la ciudadanía, lo cual, contribuye a cumplir con la misión y visión institucionales.

  21. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y OBLIGATORIEDAD

    El...

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