Codigo de Conducta del Poder Judicial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Número Extraordinario de la Gaceta Oficial del Estado de Veracruz, el lunes 6 de marzo de 2023.

PODER JUDICIAL

Consejo de la Judicatura

El Pleno del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Veracruz, en sesión extraordinaria celebrada el diecisiete de febrero de dos mil veintitrés, determinó lo siguiente:

" ... QUINTO. Acto seguido, se da cuenta con la propuesta del Comité de Ética del Poder Judicial del Estado, para someter a la autorización de este órgano colegiado el "Código de Conducta del Poder Judicial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave"

C O N S I D E R A N D O:

[...]

Por lo antes expuesto y con fundamento en el arábigo 9, fracciones IV, IX y XXIII del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, se emite el siguiente:

A C U E R D O:

-----PRIMERO. El Consejo de la Judicatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 62, de la Constitución Política del Estado de Veracruz; 95, 103, fracciones I, III, V, XXI, XLI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, y 3, fracción I, incisos e) y f), 5, 8 y 9, del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura; APRUEBA el siguiente:

"CÓDIGO DE CONDUCTA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE

El Comité de Ética del Poder Judicial del Estado de Veracruz, en observancia del artículo QUINTO Transitorio del Acuerdo de fecha cinco de julio de dos mil veintidós, y publicado en el número extraordinario 374 de la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado, del día veinte de septiembre del año en curso, en donde se aprobó la emisión del "Código de Ética para las y los Servidores Públicos del Poder Judicial del Estado de Veracruz", así como de los diversos 113, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 62, de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 9, fracción V y 16, primer párrafo, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; 6, fracción II y V, 13 y 15 de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 2, apartado B, fracción II, 95, párrafo primero, 103, fracciones I, II, III, XXI y XLI, 150 y 152, fracción V, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 3, fracción I, inciso f), 7, fracción VI, 9, fracciones IX y XXIII, del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y demás disposiciones legales relativas y aplicables; APRUEBA el presente "Código de Conducta del Poder Judicial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave", a fin de que en la actuación de las y los servidores del Poder Judicial del Estado de Veracruz impere una conducta digna que responda a las necesidades de los justiciables y oriente su óptimo desempeño.

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 7
Artículo 1 El presente Código de Conducta es de observancia general y obligatoria para todas las y los servidores públicos que laboran en el Poder Judicial del Estado de Veracruz, y en lo aplicable, para las y los auxiliares de la impartición de justicia, sin perjuicio de lo dispuesto en otros ordenamientos legales.
Artículo 2 El Código de Conducta del Poder Judicial del Estado de Veracruz, tiene como Misión, Visión y Objetivo, los siguientes:
  1. Misión: Vigilar la disciplina al interior del Poder Judicial del Estado de Veracruz a fin de impartir y administrar justicia en forma transparente, inmediata, gratuita, imparcial y con apego a la ley, en beneficio de las y los justiciables y la sociedad veracruzana.

  2. Visión: Consolidar al Poder Judicial del Estado de Veracruz como una institución honesta y eficiente para garantizar el estado de derecho y del respeto a la ley, mediante la actualización de mecanismos éticos y de combate a la corrupción.

  3. Objetivo: El presente Código de Conducta establece la forma en que los servidores públicos debe (sic) comportarse en los diversos ámbitos de actuación en el desempeño de sus respectivas atribuciones, es decir, aplicarán los principios, valores y reglas de integridad contenidas en el Código de Ética para las y los Servidores Públicos del Poder Judicial del Estado de Veracruz.

Artículo 3 Glosario:

I) Carla Compromiso: Instrumento a través del cual la o el servidor...

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