Codigo de Conducta del Instituto Zacatecano para la Construccion de Escuelas en el Estado de Zacatecas

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL INSTITUTO ZACATECANO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE ESCUELAS

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Suplemento 3 del Número 18 del Periódico Oficial del Estado de Zacatecas, el sábado 4 de marzo de 2023.

INTRODUCCIÓN

La actuación de la función pública debe acoplar los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia, establecidos en el artículo 113 del Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el propósito de que impere en las personas servidoras públicas, de manera invariable, una conducta digna que fortalezca a la institución, que responda a las necesidades de la sociedad y que persevere en su desarrollo profesional y personal, para dar como resultado una vida sana y el cuidado del medio ambiente.

En el presente Código de Conducta se describen las normas y prácticas legales del quehacer de las personas servidoras públicas, haciendo referencia a las acciones de la actividad institucional y en la convivencia cotidiana entre el personal y los usuarios, con el propósito de promover un ambiente basado en la integridad personal e imagen que la sociedad tiene del Instituto.

El servicio público que proporciona el INZACE deberá ejercerse por cada persona con estricto apego y respeto a los principios éticos y los valores morales que da cuenta el presente código, al considerar el ejercicio de las funciones predicando el bien común, el actuar con honestidad y rectitud de manera imparcial y transparente, principalmente en la rendición de cuentas; la tolerancia en un ambiente de igualdad y con un trato que realce el servicio que se proporciona; el encargo con eficiencia y profesionalismo diario; la integridad y el trabajo en equipo deben fortalecer aún más el desempeño, y, en exclusiva, la relación de la dirección con los resultados logrados, vigilando en todo momento el cargo conferido.

"Quienes trabajamos en el Instituto Zacatecano para la construcción de Escuelas, debemos esforzarnos siempre para tener una conducta íntegra en el desempeño de nuestro trabajo".

Ing. Laura Elvia Bermúdez Valdés

Directora General

ÍNDICE

CONTENIDO

Introducción

El Comité de Ética

Marco Normativo

Misión, visión y objetivos

Valores

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL INSTITUTO ZACATECANO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE ESCUELAS

Disposiciones generales

Objeto

Glosario

Principios

Valores

Reglas de integridad

Directrices

Firmas de adhesión

Transitorios

Anexo. Carta compromiso

EL COMITÉ DE ÉTICA

El Comité de Ética, con un enfoque preventivo conocerá, presentará y emitirá determinaciones en las que podrá recomendar, en términos de los lineamientos para la integración y funcionamiento de los comités de ética, respecto de quejas o denuncias presentadas por inobservancia al Código de Ética o al de Conducta según corresponda, aunado a que promoverá la integridad y ética pública en el INZACE, y dará seguimiento a su cumplimiento cuyo objeto principal deriva en la mejora del clima organizacional y del servicio público.

Ing. Laura Bermúdez Valdés

Presidenta del Comité

Dr. José de Jesús Reveles Márquez

Secretario Ejecutivo del Comité

Arq. Irene Murillo Villagrana

Secretaria Técnica del Comité

T.C. Sandra Sánchez Natera

Coordinadora del Comité

Arq. Sergio Saldívar Montalvo

Enlace del Comité

Arq. Felicia Martínez González de Ética

Vocal 1 del Comité

Ing. Adán Abel Padilla Martínez

Vocal 2 del Comité

  1. José Manuel Acuña Trejo

Vocal 3 del Comité

MARCO NORMATIVO

Constitución Política del Estado de Zacatecas

Ley General de Responsabilidades Administrativas

Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas

Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Zacatecas

Ley de Protección de Datos Personales en posesión de los Sujetos Obligados del Estado de Zacatecas.

Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Zacatecas

Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos Generales para la Integración y Funcionamiento de los Comités de Ética

Decreto Gubernativo que crea el Instituto Zacatecano para la Construcción de Escuelas

Estatuto Orgánico del Instituto Zacatecano para la Construcción de Escuelas

Manual de Organización del Instituto Zacatecano para la Construcción de Escuelas

Protocolo de Actuación de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés en la Atención de Presuntos Actos de Discriminación

Protocolo para la prevención, atención y sanción del hostigamiento sexual y acoso sexual

MISIÓN, VISIÓN Y OBJETIVOS

MISIÓN

"Planear, programar y presupuestar la construcción, rehabilitación y equipamiento de espacios educativos, para dotar de infraestructura educativa al Sistema de Educación del Estado a través de programas federales, recursos propios del estado y aportaciones de la iniciativa privada, aplicados y administrados con alta eficiencia".

VISIÓN

"Ser un Organismo único ejecutor de infraestructura educativa en el estado, eficaz, confiable y reconocido por la calidad en la construcción de espacios educativos y equipamiento, de acuerdo a los proyectos arquitectónicos regionalizados a la administración financiera y normatividad, logrando la confianza del Sistema Educativo del Estado, así como de los usuarios, aplicando los recursos económicos de los diferentes programas con equidad, transparencia y honestidad, en alto nivel profesional y ético, que permite lograr competitividad de excelencia".

OBJETIVOS

  1. Organizar, dirigir y ejecutar los planes y programas para la construcción, presupuestación, programación, mantenimiento, reparación y equipamiento de los espacios educativos en el estado.

  2. Crear programas para la certificación, evaluación de capacitación de procesos constructivos y asesoría técnica en el área de proyectos, peritajes y diagnósticos técnicos, los cuales se ejecutarán a través de convenios de coordinación con el Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa.

  3. Establecer y aplicar lineamientos para que se cumplan los requisitos de calidad, seguridad, funcionalidad, oportunidad, equidad, sustentabilidad y pertinencia de acuerdo con la política educativa determinada, con base en lo establecido en el plan estatal de desarrollo y programas educativos.

  4. Autorizar la construcción, equipamiento, mantenimiento, rehabilitación, reforzamiento, reconstrucción y rehabilitación pública o privada de los espacios educativos en la entidad, independientemente de la aplicación de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado y los Municipios de Zacatecas.

  5. Ejecutar actividades de construcción debiendo verificar los estudios de reinversión así como la regulación del suelo, aviso de funcionamiento y certificación en su caso.

  6. Cumplir con las disposiciones de la Ley Estatal para la integración social de las personas con discapacidad.

  7. En materia de certificación se observarán las disposiciones de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa, mediante convenios de coordinación.

  8. Las demás que le otorguen otras disposiciones aplicables.

VALORES

Institucionalidad

Vocación de servicio

Trabajo en equipo

Responsabilidad

Calidad

Respeto

Honestidad

Lealtad

Por lo antes expuesto, se expide el Código de Conducta del Instituto Zacatecano para la Construcción de Escuelas, en los siguientes términos:

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL INSTITUTO ZACATECANO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE ESCUELAS

DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 8
Artículo 1 El presente Código de Conducta es de observancia general y obligatoria, donde se especifica de manera puntual y concreta la forma en que las personas servidoras públicas del Instituto aplicarán los principios, valores y reglas de integridad en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, en relación con la infraestructura educativa.

OBJETO

Artículo 2 Tiene por objeto ser el instrumento que sirva de base en el establecimiento del comportamiento ético y moral al que deben sujetarse las personas servidoras públicas en su quehacer cotidiano y que prevenga los conflictos de interés y actos de corrupción.

GLOSARIO

Artículo 3 Para efectos de éste Código de Conducta, se entenderá por:
  1. ACOSO LABORAL: Forma de violencia que se presenta en una serie de eventos que tienen como objetivo intimidar, excluir, opacar, amedrentar o consumir emocional o intelectualmente a la víctima, causando un daño físico, psicológico, económico o laboral-profesional. Se puede presentar en forma horizontal, vertical ascendente o vertical descendente, ya sea en el centro de trabajo o fuera de éste, siempre que se encuentre vinculado a la relación laboral.

  2. ACOSO SEXUAL: Forma de violencia de carácter sexual, en la que, si bien existe una subordinación jerárquica de la víctima frente a la persona agresora, e inclusive puede realizarse de una persona de menor nivel jerárquico hacía alguien de mayor o cargo, hay un ejercicio abusivo de poder por parte de quien la realiza. Puede tener lugar entre personas servidoras públicas y de éstas hacía particulares y es expresada en conductas verbales o de hecho, físicas o visuales, como son aquéllas mencionadas en la fracción IV de artículo 5 del Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Zacatecas, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.

  3. CÓDIGO DE CONDUCTA: Instrumento...

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