Codigo de Conducta del Instituto Tecnologico Superior de San Luis Potosi, Capital

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN LUIS POTOSÍ, CAPITAL

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Periódico Oficial del Estado de San Luis Potosí, el jueves 26 de noviembre de 2020.

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN LUIS POTOSÍ, CAPITAL

Adaptado del Código de Conducta del Tecnológico Nacional de México, el cual fue elaborado y validado en el mes de mayo de 2019.

ÍNDICE

  1. CARTA INVITACIÓN

  2. INTRODUCCIÓN

  3. OBJETIVO DEL CÓDIGO DE CONDUCTA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN LUIS POTOSÍ, CAPITAL

  4. MISIÓN

  5. VISIÓN

  6. OBJETO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN LUIS POTOSÍ, CAPITAL

  7. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y OBLIGATORIEDAD

  8. MARCO NORMATIVO

  9. GLOSARIO

  10. PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES

  11. VALORES DE LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS DEL GOBIERNO FEDERAL, QUE EL TECNOLÓGICO NACIONAL DE MÉXICO Y POR TANTO EL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN LUIS POTOSÍ, CAPITAL ADOPTA COMO PROPIOS

  12. REGLAS DE INTEGRIDAD PARA EL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

  13. CODIGO DE CONDUCTA DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN LUIS POTOSI, CAPITAL

  14. REGLAS DE ACTUACIÓN DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN LUIS POTOSÍ, CAPITAL

  15. MANTENIMIENTO AL CÓDIGO DE CONDUCTA Y REGLAS DE CONDUCTA

  16. INSTANCIA ENCARGADA DE LA INTERPRETACIÓN, ASESORÍA Y/O CONSULTAS

  17. CARTA COMPROMISO

TRANSITORIOS
  1. CARTA INVITACIÓN.

    El Instituto Tecnológico Superior de San Luis Potosí, Capital (ITSSLPC), perteneciente al Tecnológico Nacional de México (TecNM) que es la Institución de educación superior tecnológica más grande del país y de la América Latina, tiene el firme compromiso con la sociedad, y con su propia comunidad, de tener un comportamiento ético e impecable, basado en los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia establecidos en nuestra Constitución.

    En este contexto y para dar cumplimiento con lo instruido por la Secretaria de la Función Pública, hemos adaptado el Código de conducta del TecNM, documento que regirá el comportamiento ético y responsable de los servidores públicos del ITSSLPC.

    El debido seguimiento, en cuanto a la aplicación y cuidado de este Código, lo realizaremos a través del Subcomité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés en un esfuerzo por evitar, disminuir o eliminar prácticas indebidas, no transparentes y conductas deshonestas en todos los ámbitos del quehacer del ITSSLPC.

    Este nuevo instrumento deberá apoyar el proceso de construcción de una nueva cultura en el servicio público, enfatizando el compromiso y obligatoriedad no sólo de su aplicación sino de su robustecimiento y consolidación.

    Las razones que he participado a ustedes deben ser motivo suficiente para aplicar el presente Código de Conducta por lo que, como Director General del Instituto Tecnológico Superior de San Luis Potosí, Capital invito a toda la comunidad que integra al ITSSLPC a conocerlo, difundirlo y hacerlo cumplir como guía permanente en su desempeño diario, para la consolidación de una conducta integra, de respeto, fortaleciendo los valores y principios de las personas servidoras públicas para beneficio de nuestra casa de estudio en lo particular y para engrandecimiento de nuestra nación.

    ING. LUIS ALBERTO FRIAS SÁNCHEZ

    DIRECTOR GENERAL

    (Rúbrica)

  2. INTRODUCCIÓN.

    En apego al Acuerdo por el que se emite el Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas del Gobierno Federal de la Secretaria de la Función Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 2019; las Reglas de Integridad para el ejercicio de la Función Pública establecidas en los Lineamientos para la emisión el Código de Ética que se refiere al artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y el compromiso que establece la Norma Mexicana en Igualdad Laboral y No Discriminación NMX-R-025-SCFI-2015 estipula que para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, se precisa que las dependencias y entidades del Estado deberán emitir un Código de Conducta que permita que el personal que desempeña un empleo, cargo, comisión o función, deberá conducir su actuación pública con transparencia, honestidad lealtad, cooperación austeridad, sin ostentación y con clara orientación al interés público.

    En este contexto, el Tecnológico Nacional del (sic) México establece instrumentos jurídicos que permiten que el personal adscrito al mismo, desempeñe su trabajo con base en los valores y principios éticos contenidos en el presente Código de Conducta que garantiza los principios constitucionales de respeto a los Derechos Humanos, Igualdad y No Discriminación, Equidad de Género, Entorno Cultural y Ecológico, Integridad, Cooperación, Liderazgo, Transparencia y Rendición de Cuentas; por ello, el Instituto Tecnológico Superior de San Luis Potosí, Capital, adapta el presente Código de Conducta, que tiene como objeto primordial guiar el actuar diario del personal adscrito al mismo, a fin de orientar sus conductas y actos con estricto apego y respeto a los principios éticos y a los valores de las personas servidoras publicas establecidos en el presente documento, siendo un compromiso y obligatoriedad para todos ellos al aplicar el presente Código de Conducta en su quehacer diario, por lo que se invita a toda la comunidad del Instituto Tecnológico Superior de San Luis Potosí, Capital a conocerlo, revisarlo y hacerlos suyo como guía permanente en su desempeño como persona servidora pública, para la consolidación de una conducta integra fortaleciendo al Tecnológico Nacional del (sic) México y lograr así el bienestar de la ciudadanía y de nuestra nación.

    En este sentido, y de conformidad con el Acuerdo por el que se emite el Código de Ética para las y los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de San Luis Potosí, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 20 de agosto de 2019, el Instituto Tecnológico Superior de San Luis Potosí, Capital, adaptó el presente Código de Conducta como una declaración de pautas que guiarán el comportamiento y actuar de las personas servidoras públicas que integran la comunidad del ITSSLPC, estableciendo reglas de una manera sencilla que regulen los comportamientos a través del seguimiento de un Comité de Ética en un esfuerzo por abatir prácticas indebidas, no transparentes y conductas deshonestas en todos los ámbitos del quehacer del ITSSLPC y que no busca suplir las leyes o reglamentos existentes sino complementarlos y fortalecerlos.

  3. OBJETIVO DEL CÓDIGO DE CONDUCTA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN LUIS POTOSÍ, CAPITAL.

    El Instituto Tecnológico Superior del (sic) San Luis Potosí, Capital tiene el firme compromiso del fomentar los valores de integridad de las personas servidoras públicas dentro de nuestra Institución educativa, así como el comportamiento que debemos tener en todo momento, por lo que se ofrece en el presente Código de Conducta un catálogo de conductas éticas que orientan la actuación de las personas a fin de que se conduzcan en su quehacer cotidiano bajo estatutos de integridad y rectitud alineados a los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que se establecen como los pilares de la Administración Pública y precisándose las conductas que deberán observar en situaciones específicas que se les presente (sic) en el desempeño de sus empleos, cargos, comisiones o funciones.

  4. MISIÓN.

    Impartir Educación Superior Tecnológica que forme profesionales competentes y comprometidos con nuestro entorno, así como promover la investigación científica y tecnológica; en un marco de responsabilidad social para impulsar la competitividad de nuestro país.

  5. VISIÓN.

    Ser la mejor Institución de Educación Superior Tecnológica en el Estado que con la calidad de sus servicios y egresados contribuya al desarrollo sustentable, económico, social, cultural y ecológico de su comunidad.

  6. OBJETO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN LUIS POTOSÍ, CAPITAL.

    Con base en el artículo 2° de su Decreto de Creación publicado en el periódico oficial del Gobierno del Estado de San Luis Potosí el día 5 de julio de 2003, el Instituto Tecnológico Superior de San Luis Potosí, Capital tiene por objeto:

    1. Impartir e impulsar la educación superior tecnológica en la Entidad

    2. Realizar investigación Científica y Tecnológica que contribuya a elevar la calidad académica vinculándola con las necesidades del desarrollo regional, estatal y nacional.

  7. AMBITO DE APLICACIÓN Y OBLIGATORIEDAD.

    El presente Código de Conducta es de observancia obligatoria para todas las personas servidoras públicas del Instituto Tecnológico Superior de San Luis Potosí, Capital, en el ejercicio de sus atribuciones y responsabilidades, sin importar el régimen de contratación.

  8. MARCO NORMATIVO.

    - Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    D.O.F. 05/02/1917 y sus reformas.

    - Ley General del Responsabilidades Administrativas

    D.O.F. 19/07/2017.

    - Ley General de Educación Pública

    D.O.F. 19/01/2018.

    - Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    D.O.F. 14/05/2019.

    - Ley General del Transparencia y Acceso a la Información Pública

    D.O.F. 14/05/2015.

    - Ley Federal del Transparencia y Acceso a la Información Pública

    D.O.F. Última reforma 27/01/2017.

    - Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción

    D.O.F. 18/07/2016.

    - Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

    D.O.F. 13/04/2018.

    - Acuerdo que tiene por objeto emitir el Código de Ética de las personas servidoras públicas del Gobierno Federal, publicado en el D.O.F. 05/02/2019.

    - Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para la emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

    D.O.F. 12/10/2018.

    - Acuerdo por el que se emite el Código de Ética para las y los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de San Luis Potosí. Periódico...

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