Codigo de Conducta del Instituto Marakame

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL INSTITUTO MARAKAME DEL ESTADO DE NAYARIT

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en la Sección Cuarta del Número 24 del Periódico Oficial del Estado de Nayarit, el jueves 4 de agosto de 2022.

CONTENIDO

  1. Consideraciones

  2. Objetivo del Código de Conducta

  3. Carta Invitación

  4. Ámbito de Aplicación y Obligatoriedad

  5. Carta Compromiso

  6. Identificación de Riesgos Éticos

  7. Conductas de las Personas Servidoras Públicas

  8. Glosario

  9. Autorización

  10. CONSIDERACIONES

    Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 109 fracción III, así como, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Nayarit en el artículo 123 Fracción III, establecen que todos los Servidores Públicos deberán observar en el desempeño de sus empleos, cargos y comisiones, los principios de Legalidad, Honradez, Lealtad, imparcialidad y Eficiencia y en caso contrario, se harán acreedores a las sanciones administrativas correspondientes.

    Que la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción es de orden público y de observancia general en toda la República, y tiene por objeto establecer las bases y Políticas para la promoción, fomento y difusión de la cultura de integridad en el servicio Público; así como establecer las acciones permanentes que aseguren la integridad y el comportamiento ético de las y los servidores públicos, y crear las base (sic) mínimas para que todo Órgano del Estado Mexicano establezca políticas eficaces de ética pública y Responsabilidad en el servicio público.

    Que en (sic) el artículo 5 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción establece que son principios rectores que rigen el servicio público los siguientes: legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, eficacia, equidad, transparencia, economía, integridad y competencia por mérito, en donde los entes públicos están obligados a crear y mantener condiciones estructurales y normativas que permitan el adecuado funcionamiento del Estado en su conjunto, y la actuación ética y responsable de cada servidor público.

    Que en términos del artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, el personal que labore en el servicio público deberá observar el Código de Ética que emitan las Secretarías o los Órganos Internos de Control conforme a los Lineamientos que emita el Sistema Nacional Anticorrupción para que, en su actuación impere una conducta digna que responda (sic) las necesidades de la sociedad y que oriente su desempeño.

    Que con fecha 20 de septiembre del 2019 la Secretaría de la Contraloría General del Estado de Nayarit publicó los Lineamientos Generales para la Integración, Organización y Funcionamiento de los Comités de Ética del Gobierno del Estado de Nayarit, estableciéndose en el numeral 34 fracción II que entre las funciones del Comité de Ética de cada Dependencia y Entidad está el elaborará (sic) su Código de Conducta.

    Por lo anterior, el presente documento representa un modelo de comportamiento que contiene los elementos bajo los cuales los trabajadores habrán de conducirse para el logro de la Misión y visión de la (sic) Instituto Marakame.

  11. OBJETIVO DEL CÓDIGO DE CONDUCTA

    Contar con un instrumento de apoyo administrativo, cuya finalidad es ser un medio que impulse y conduzca a las personas servidores públicos (sic) del Instituto Marakame, en forma específica y concreta de las conductas éticas encaminadas a orientar su actuación para que se conduzcan bajo los principios, valores y reglas de integridad que deberán observar en situaciones específicas que se presenten y le permitan crear condiciones para mejorar y elevar la calidad e importancia del servicio público.

  12. CARTA INVITACIÓN

    Estimado(a) Servidor(a) Público(a)

    El Código de Conducta del Instituto Marakame establece el comportamiento deseado de las personas servidoras públicas en el Instituto, así como la relación que guarda ésta con la sociedad en general, y, es una guía que nos orienta a trabajar siempre con integridad.

    Al hacer lo correcto, ayudamos a fomentar la cultura del cumplimiento, la cual debemos de sentirnos orgullosos como personas servidoras públicas, al procurar transparencia y rendición de cuentas basados en el sentido ético y moral, en valores universales que a través del trabajo buscan el bien común.

    Ante éste reto, y convencidos de que la honestidad y la ética profesional juegan un papel fundamental en el desarrollo institucional de quienes trabajamos en esta dependencia, somos conscientes del compromiso que asumimos con la ciudadanía nayarita, por lo que ejercemos nuestras funciones con ética e integridad adoptándolas no solo como una forma de trabajo, sino como un estilo de vida con el único propósito de cumplir con la misión que tenemos como personas servidoras públicas.

    El Código de Conducta del Instituto Marakame, tiene como objetivo ser una guía que oriente e impulse a cada miembro de esta Entidad, a cumplir con la obligación institucional en estricto apego a la normatividad aplicable, actuando con responsabilidad, transparencia y respeto bajo los valores contemplados, buscando con ello mejorar en nuestro proceder y maximizar la calidad del servicio público en nuestro Estado y lograr así la armonía que debe prevalecer en nuestro entorno laboral.

    Atentamente

    MTRO. RODOLFO MORENO RAMIREZ

    DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO MARAKAME

  13. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y OBLIGATORIEDAD

    El presente Código de Conducta lo deberán cumplir, sin excepción, todo servidor público quienes, en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones, integran el servicio público del Instituto Marakame, así como quienes participan en el Comité de Ética de este Instituto, sin importar su régimen de contratación.

    El incumplimiento de lo establecido en el presente documento, en su caso, dará lugar a los procedimientos administrativos correspondientes, de conformidad a lo establecido en la normativa vigente.

  14. CARTA COMPROMISO

    Es el instrumento a través del cual el servidor público manifiesta su voluntad de adherirse a los principios, valores y reglas de integridad contenidas en los Códigos de Ética y de Conducta, de desempeñar el ejercicio público que le ha sido encomendado, con estricta observancia de los mismos, decretando conocer sus alcances y las responsabilidades administrativas en las que puede incurrir en caso de la inobservancia de dichos Códigos. Todo el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR