Codigo de Conducta del Instituto para la Infraestructura Fisica Educativa del Estado de Durango

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL INSTITUTO PARA LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA EDUCATIVA DEL ESTADO DE DURANGO

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Periódico Oficial del Estado de Durango, el jueves 1 de abril de 2021.

ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL CÓDIGO DE CONDUCTA DEL INSTITUTO PARA LA INFRAESTRUCTURA FISICA EDUCATIVA DEL ESTADO DE DURANGO.

L.A.E JUAN CARLOS DE LA PARRA PUENTE, DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO PARA LA INFRAESTRUCTURA FISICA EDUCATIVA DEL ESTADO DE DURANGO, con fundamento en los artículos 4, fracción I y 53 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Durango; 1, 4 fracción I, 17 fracción I, 25 Fracciones X y XVI, 28 fracción IX de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Durango, 14 fracción XIII del Decreto de Creación del Instituto para la Infraestructura Física Educativa del Estado de Durango publicado en el Periódico Oficial No.41del (sic) Gobierno del Estado de Durango, de fecha 20 de Noviembre de 2008; así como, en el articulo 1,2,3,5,7,8 (sic) fracción IX, 9 fracción X del Reglamento Interno del Instituto publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango de fecha 26 de Marzo del 2020, y de igual manera de conformidad con el artículo 25 del Código de Ética de las personas servidoras públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango y el Acuerdo por el que se expiden los Lineamientos Generales para propiciar la integridad de los Servidores Públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de conflictos de interés, publicados en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango No. 55 el 09 de julio de 2017, tengo a bien expedir el siguiente:

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL INSTITUTO PARA LA INFRAESTRUCTURA FISICA EDUCATIVA DEL ESTADO DE DURANGO.

INTRODUCCIÓN

Tomando en consideración el acuerdo emitido por la M.D. Raquel Leila Arreola Fallad, Secretaria de Contraloría del Estado de Durango, por el que se expide el Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango No. 81 el 10 de octubre de 2019, es preciso mencionar que el presente Código de Conducta es un referente en la Administración Pública Estatal, al ser nuestro Instituto un Organismo Publico Descentralizado y el órgano rector en materia de Infraestructura Física Educativa, por lo que se pretende proporcionar orientación, acerca de cómo cumplir con las obligaciones y compromisos siempre enfocados al bienestar de la sociedad duranguense.

Además el presente Código fue propuesto y aprobado en el seno del Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés de este Instituto en su sesión extraordinaria de fecha 02 de diciembre de 2019, y contiene pautas de conducta específicas de acuerdo a las facultades del Instituto en diversas materias como lo son, planeación y administración en ejecución de obra pública en materia de infraestructura física educativa; contrataciones de obras y proveeduría en materia de infraestructura física educativa; actuando con ética, integridad, transparencia, acceso a la información, rendición de cuentas y combate a la corrupción, así como simplificación administrativa.

Capítulo I Disposiciones Generales.

a. Objetivo, misión y visión.

Objetivo:

Establecer parámetros de actuación ante determinadas situaciones, aplicando los principios, valores y reglas de integridad que rigen nuestro actuar cotidiano, garantizando en todo momento el principio de Legalidad que impera en la Administración Pública Estatal y el respeto a los derechos humanos de la sociedad.

Misión:

Consolidar un gobierno que promueve la ética, honestidad, legalidad, eficacia, transparencia y rendición de cuentas.

Visión:

Que se perciba al Instituto para la Infraestructura Física Educativa del Estado de Durango, como un Organismo Público Descentralizado de Gobierno del Estado, confiable, innovador y que genera servicios de calidad.

b. Glosario

Además de las definiciones previstas en el Código de Ética de las personas servidoras públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango, para efectos de este Código de Conducta se entenderá por:

Código de Ética: El Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango.

Código de Conducta: El Código de Conducta del Instituto para la Infraestructura Física Educativa del Estado de Durango.

Comité: El Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Intereses del Instituto para la Infraestructura Física Educativa del Estado de Durango.

Instituto: El Instituto para la Infraestructura Física Educativa del Estado de Durango.

Integrante o personal del Instituto: Las servidoras y los servidores públicos que forman parte del Instituto para la Infraestructura Física Educativa del Estado de Durango.

Unidad: Unidad de Ética y Conflicto de Intereses de la Secretaría de Contraloría del Estado de Durango.

c. Ámbito de aplicación y obligatoriedad.

Lo establecido en este Código es de observancia general para todas las personas que ocupen un empleo, cargo o comisión dentro del Instituto.

Por lo tanto cualquier persona que labore en el Instituto y que conozca de posibles faltas al Código de Ética y/o Conducta, podrá presentar denuncia ante el Comité.

d. Carta Compromiso.

Todo el personal que labore o preste servicios en este Instituto, suscribirá una carta compromiso en la que manifieste que conoce el contenido del presente Código de Conducta, que se compromete a cumplirlo y respetarlo, y de la cual hará entrega al Comité de Ética.

Capítulo II Principios, valores y reglas de integridad.

En el Instituto para la Infraestructura Física Educativa del Estado de Durango, todo el personal que labore o preste sus servicios profesionales, observará:

- Los principios de competencia por mérito, disciplina, economía, eficacia, eficiencia, equidad, honradez, imparcialidad, integridad, lealtad, legalidad...

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