Codigo de Conducta del Instituto de Formacion, Capacitacion y Profesionalizacion Policial del Estado de Colima

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL INSTITUTO DE FORMACIÓN, CAPACITACIÓN Y PROFESIONALIZACIÓN POLICIAL

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Suplemento Núm. 4 al Núm. 81 del Periódico Oficial del Estado de Colima, el sábado 9 de diciembre de 2023.

Maestra Maxi Loren Ventura Ramírez, Directora General del Instituto de Formación, Capacitación y Profesionalización Policial, en ejercicio de la facultad que me confiere los artículos 99, 100, 101 y 102 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública Para el Estado De Colima, 49 y 50 del Reglamento Interior de la Secretaria de Seguridad Pública del Estado, y el artículo 10 del Reglamento Interior del Instituto de Formación, Capacitación y Profesionalización Policial; y

CONSIDERANDO

[...]

En concordancia al Plan Estatal de Desarrollo 2021-2017, específicamente al Eje, número 5. Denominado, "Gobierno honesto y transparente", uno de los objetivos es implementar la Escuela de Buen Gobierno, para recuperar la vocación y el espíritu de servicio, honradez, honestidad, austeridad, ética e integridad, en la clase trabajadora, en este sentido estamos en la misma sintonía puesto que los postulados del Plan Estatal de Desarrollo compaginan con los lineamientos del presente Código.

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL INSTITUTO DE FORMACIÓN, CAPACITACIÓN Y PROFESIONALIZACIÓN POLICIAL

CONTENIDO

  1. Mensaje de la Titular de la Dirección General del Instituto de Formación, Capacitación y Profesionalización Policial, Maestra Maxi Loren Ventura Ramírez.

  2. Objetivo del presente Código

  3. Alcance del presente Código

  4. Glosario y terminología

  5. Objetivo del Instituto de Formación, Capacitación y Profesionalización Policial

  6. Misión del Instituto de Formación, Capacitación y Profesionalización Policial

  7. Visión del Instituto de Formación, Capacitación y Profesionalización Policial

  8. Riesgos Éticos

  9. Conductas

  10. Instancias de Implementación

  11. Protesta del Código de Conducta

  12. Anexo.- Carta Compromiso

MENSAJE DE LA TITULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL INSTITUTO DE FORMACIÓN, CAPACITACIÓN Y PROFESIONALIZACIÓN POLICIAL, MAESTRA MAXI LOREN VENTURA RAMÍREZ.

La Seguridad Pública representa para las y los ciudadanos del Estado uno de los temas más importantes para el desarrollo de la mayoría de los sectores de la población y es el detonante para garantizar el crecimiento y desarrollo económico de una entidad y de un país.

Si bien, existen los cimientos legales establecidas (sic) en nuestra Carta Magna, la propia del estado y demás leyes y reglamentos, sin Seguridad Pública resulta complicado hacer cumplir muchos de los preceptos establecidos en dichos documentos, por lo que las y los trabajadores de este sector no sólo deben apegarse a su vocación de servir, sino también a respetar todos los apartados que permitan a las y los servidores públicos cumplir a cabalidad cada una de sus responsabilidades.

Es por ello, que, como Directora General del Instituto de Formación, Capacitación y Profesionalización Policial, celebro la creación de un Código de Conducta, en el que se describen las normas de comportamiento que contribuirán a que nuestra dependencia cumpla con sus objetivos de forma eficiente y eficaz, lo que se traducirá en un clima de armonía, transparencia y respeto a los valores fundamentales que como personas servidoras públicas y seres humanos debemos obedecer.

Como como (sic) personas servidoras públicas ligados (sic) a un área tan sensible como lo es la Seguridad Pública, considero que estamos doblemente comprometidos a acatar las disposiciones de nuestro Código de Conducta, ya que el documento representa una estrategia esencial para prevenir y disuadir conductas impropias que pueden generar conflictos y minar el clima organizacional.

En ese sentido, como mujer y funcionaria comprometida con las leyes, defensora de la transparencia y garante de los derechos fundamentales que todas y todos tenemos, hago un llamado firme a las mujeres y hombres que trabajan en el Instituto de Formación, Capacitación y Profesionalización Policial, así como a las terceras personas que se encuentran vinculadas con tareas de la institución, a respetar los preceptos contenidos en el Código de Conducta.

Insisto el propósito de este Estatuto, no es leerlo y luego guardarlo, hay que hacerlo nuestro, para enseguida respetarlo en cada una de sus líneas, pues como personas servidoras públicas estamos obligadas y obligados, no solo a atender las leyes y reglamentaciones ya establecidas en diferentes preceptos constitucionales, sino también un documento que contendrá los valores, la misión y la visión de la institución.

Entiendan que debemos estar doblemente comprometidos a cumplir con nuestro Código de Conducta, ya que hoy en día la sociedad está más informada y a diario nos supervisa desde diferentes ángulos, por lo que debemos fortalecer y mantener la confianza de la ciudadanía, en sus elementos policiales, principalmente cuando se trata de un tema tan importante como lo es la Seguridad Pública.

Absolutamente nadie está exento de conocer y respetar, el Código de Conducta del Instituto de Formación, Capacitación y Profesionalización Policial, ya que este instrumento proporcionará un modelo para un comportamiento aceptable y las normas que las y los servidores públicos deberemos observar en la institución.

MAESTRA MAXI LOREN VENTURA RAMÍREZ

Directora General del Instituto de Formación Capacitación y Profesionalización Policial

OBJETIVO

Definir las obligaciones que por la reglamentación vigente para las y los servidores públicos del Instituto de Formación, Capacitación y Profesionalización Policial les rige, con principios éticos, valores, perspectiva de género, no discriminación, igualdad, fortaleciendo entornos y climas laborales, para continuar generando mayores y mejores resultados en la política pública que nos compete.

ALCANCE

El presente Código de Conducta es y será de observancia general y obligatoria para las y los servidores públicos que conforman el Instituto de Formación, Capacitación y Profesionalización Policial, así como para el alumnado y quienes en determinado momento presenten algún tipo de servicio social o práctica profesional en alguno de sus espacios. Por lo que su incumplimiento será objeto de denuncia en los términos legales conducentes.

GLOSARIO Y TERMINOLOGÍA

ACOSO. Forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y...

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