Codigo de Conducta del Instituto Duranguense de la Juventud

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL INSTITUTO DURANGUENSE DE LA JUVENTUD

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Número 9 del Periódico Oficial del Estado de Durango, el domingo 31 de enero de 2021.

ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL CÓDIGO DE CONDUCTA DEL INSTITUTO DURANGUENSE DE LA JUVENTUD.

ARQ. SOFÍA DURÁN RODARTE, DIRECTORA GENERAL, con fundamento en los artículos 33 de la Ley de las y los Jóvenes del Estado de Durango; 2, 3, 5 y 24 del Reglamento Interior del Instituto Duranguense de la Juventud, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el 03 de enero de 2019; así como, artículo 25 del Código de Ética de las personas servidoras públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango del Acuerdo por el que se expiden "Los lineamientos Generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los comités de ética y de prevención de conflictos de interés" publicados en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango No. 55 el 09 de julio de 2017, tengo a bien expedir el siguiente:

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL INSTITUTO DURANGUENSE DE LA JUVENTUD.

Introducción

Tomando en consideración el acuerdo emitido por la M.D. Raquel Leila Arreola Fallad, Secretaria de Contraloría del Estado de Durango, por el que se expide el Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango No. 81 el 10 de octubre de 2019, es preciso mencionar que el presente Código de Conducta contribuye al adecuado cumplimiento de las responsabilidades de los servidores públicos y describe las normas y prácticas generales, sus responsabilidades y acciones en la convivencia cotidiana.

Además el presente Código fue propuesto y aprobado en el seno del Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés de este Instituto y contiene pautas de conducta específicas de acuerdo a las facultades del Instituto en diversas materias como lo son, prevención de la corrupción e ilegalidades, conductas no éticas, conductas contrarias a la búsqueda del bien común, la toma de decisiones unilaterales, conductas contrarias a los intereses y valores de las y los servidores públicos, así como de las y los usuarios de los programas que opera el Instituto, conductas discriminatorias, que fomenten la desigualdad y maltrato hacia la ciudadanía y entre las y los servidores públicos del Instituto.

Capítulo I
Disposiciones generales

a. Objetivo, misión y visión.

Objetivo:

Establecer parámetros de actuación ante determinadas situaciones, aplicando los principios, valores y reglas de integridad que rigen nuestro actuar cotidiano, garantizando en todo momento el principio de Legalidad que impera en la Administración Pública Estatal y el respeto a los derechos humanos de la sociedad.

Misión:

Contribuir al desarrollo integral de la población juvenil en cada uno de las regiones del estado de Durango, a través de la implementación de políticas públicas innovadoras, transversales y de largo plazo que posibiliten el acceso a mejores oportunidades para la juventud duranguense en condiciones iguales e inclusivas.

Además de fomentar espacios, mecanismos y acciones de política pública sugeridos a través de la participación juvenil y alineados a los planes y programas de desarrollo federal y estatal; procurando la coordinación de esfuerzos entre los tres órdenes de gobierno, el sector privado y la sociedad civil organizada, que permita incidir positivamente en la calidad de vida de las y los jóvenes y se les reconozca su papel dentro del desarrollo estatal y nacional.

Visión:

Ser un organismo estratégico para el desarrollo humano y social de la juventud duranguense, el cual ejerza de manera plena sus derechos colectivos e individuales, influya positivamente en la toma de decisiones, conduzca el desarrollo económico de manera sustentable, conserve su identidad y participe significativamente en la transformación de la realidad social de Durango.

b. Glosario.

Además de las definiciones previstas en el Código de Ética de las personas servidoras públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango, para efectos de este Código de Conducta se entenderá por:

Código de Ética: El Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango.

Código de Conducta: El Código de Conducta del Instituto Duranguense de la Juventud.

Comité: El Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Intereses del Instituto Duranguense de la Juventud.

Integrante o personal del Instituto: Las servidoras públicas y los servidores públicos que forman parte del Instituto Duranguense de la Juventud, incluyendo auxiliares y coordinadores de Centros y Casa del Emprendedor.

Instituto: El Instituto Duranguense de la Juventud, como Organismo Público Descentralizado del Poder Ejecutivo del Estado, con autonomía, personalidad jurídica, y patrimonio propio, sectorizado a la Secretaría de Desarrollo Social.

c. Ámbito de aplicación y obligatoriedad.

Lo establecido en este Código es de observancia general para todas las personas que ocupen un empleo, cargo o comisión dentro del Instituto, incluyendo al titular del Órgano Interno de Control de esta dependencia.

Por lo tanto cualquier persona que labore en el Instituto y que conozca de posibles faltas al Código de Ética y/o Conducta, podrá presentar denuncia ante el Comité.

d. Carta Compromiso.

Todo el personal que labore o preste servicios en este Instituto, suscribirá una carta compromiso en la que manifieste que conoce el contenido del presente Código de Conducta, que se compromete a cumplirlo y respetarlo, y de la cual hará entrega al Comité de Ética.

Capítulo II

Principios, valores y reglas de integridad

En el Instituto Duranguense de la Juventud, todo el personal que labore o preste sus servicios profesionales, observará:

- Los principios de competencia por...

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