Codigo de Conducta del Instituto de Atencion y Proteccion Al Migrante y su Familia del Estado de Durango

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL INSTITUTO DE ATENCIÓN Y PROTECCIÓN AL MIGRANTE Y SU FAMILIA DEL ESTADO DE DURANGO

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el No. 70 Bis del Periódico Oficial del Estado de Durango, el domingo 30 de agosto de 2020.

L.A.E. Luis Ernesto García Barrón, acredito mi carácter de Director General del Instituto de Atención y Protección al Migrante y su Familia del Estado de Durango nombrado por el Dr. José Rosas Aispuro Torres, Gobernador Constitucional del Estado de Durango el día 03 de Julio de 2018; estoy facultado para suscribir el presente Código de Conducta de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 29 fracción VII de la Ley que Crea el Instituto de Atención y Protección al Migrante y su Familia del Estado de Durango publicada en el Periódico Oficial No. 103 de fecha 26 de Diciembre de 2016, Artículo 9 fracción IV del Reglamento Interior del Instituto de Atención y Protección al Migrante y su Familia del Estado de Durango publicado en el Periódico Oficial No. 88 de fecha 03 de Noviembre de 2019, tengo a bien expedir el siguiente:

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL INSTITUTO DE ATENCIÓN Y PROTECCIÓN AL MIGRANTE Y SU FAMILIA DEL ESTADO DE DURANGO

INTRODUCCIÓN

Tomando en consideración el acuerdo emitido por la M.D. Raquel Leila Arreola Fallad, Secretaria de Contraloría del Estado de Durango, por el que se expide el Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango No. 81 el 10 de octubre de 2019, es preciso mencionar que el presente Código de Conducta es un referente en la Administración Pública Estatal, es por ello que el presente Código de Conducta Ética tiene el propósito de servir como una guía ilustrativa para el personal con la finalidad de tomar decisiones éticas asertivas en sus vidas profesionales y, a veces, en sus vidas privadas. Se trata de un código moral que no posee la fuerza de una ley. Está diseñado para ayudar al personal a entender mejor las obligaciones a las que está sujeta su conducta.

Además el presente Código fue propuesto y aprobado en el seno del Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés de este Instituto en su sesión extraordinaria de fecha 06 de Febrero de 2020, y contiene pautas de conducta específicas de acuerdo a las facultades del Instituto de Atención y Protección al Migrante y su Familia del Estado de Durango en diversas materias como lo son desarrollo administrativo; planeación y administración de recursos humanos; denuncias, investigaciones e inconformidades; responsabilidades administrativas; contrataciones públicas; ética, integridad, transparencia, acceso a la información, rendición de cuentas y combate a la corrupción, así como simplificación administrativa.

Capítulo I
Disposiciones Generales

a. Objetivo, misión y visión.

Objetivo:

Enunciar los valores éticos que debe inspirar la conducta y el quehacer de todos los servidores públicos adscritos al Instituto de Atención y Protección al Migrante y su Familia del Estado de Durango a efectos de:

a) Aportar normatividad interna que desglose los principios generales de ética, que deben orientar el actuar y la conducta del personal del Instituto de Atención y Protección al Migrante y su Familia del Estado de Durango.

b) Presentar las pautas éticas orientadas a erradicar conductas deshonestas tendientes a la realización de actos de corrupción.

Misión:

Promover de forma permanente la ética, honestidad, legalidad, eficacia, transparencia y rendición de cuentas.

Visión:

Que se distinga al Instituto de Atención y Protección al Migrante y su Familia del Estado de Durango por ser una instancia preparada, confiable y que genera servicios de calidad.

b. Glosario

Además de las definiciones previstas en el Código de Ética de las personas servidoras públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango, para efectos de este Código de Conducta se entenderá por:

Código de Ética: El Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango.

Código de Conducta: El Código de Conducta del Instituto de Atención y Protección al Migrante y su Familia del Estado de Durango

Comité: El Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Intereses del Instituto de Atención y Protección al Migrante y su Familia del Estado de Durango

Integrante o personal del Instituto: Las servidoras y los servidores públicos que forman parte del Instituto de Atención y Protección al Migrante y su Familia del Estado de Durango.

Instituto: El Instituto de Atención y Protección al Migrante y su Familia del Estado de Durango.

c. Ámbito de aplicación y obligatoriedad.

El presente código aplicara a todos los servidores públicos que pertenecen al Instituto de Atención y Protección al Migrante y su Familia del Estado de Durango en el ámbito de su cargo y de las funciones que se deriven de sus atribuciones y funciones. Por lo tanto cualquier persona que labore en el Instituto y que conozca de posibles faltas al Código de Ética y/o Conducta, podrá presentar denuncia ante el Comité.

d. Carta Compromiso.

Todo el personal que labore o preste servicios en este Instituto, suscribirá una carta compromiso en la que manifieste que conoce el contenido del presente Código de Conducta, que se compromete a cumplirlo y respetarlo, y de la cual hará entrega al Comité de Ética.

Capítulo II

Principios, valores y reglas de integridad

Todo el personal que labore o preste sus servicios profesionales en el Instituto de Atención y Protección al Migrante y su Familia del Estado de Durango, observará:

- Los principios de competencia por mérito, disciplina, economía, eficacia, eficiencia...

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