Codigo de Conducta de la Entidad Superior de Fiscalizacion del Estado de Queretaro

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA ENTIDAD SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE QUERÉTARO

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Periódico Oficial del Estado de Querétaro, el viernes 15 de diciembre de 2023.

ENTIDAD SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE QUERÉTARO

ING. ENRIQUE DE ECHÁVARRI LARY, Auditor Superior del Estado de Querétaro, en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 116 fracción II, sexto párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 31 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro; 2, 67 y 71 fracciones III, V y XXVII de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Querétaro; en relación con los diversos 6, 7, 9 primer párrafo y fracciones II, VI y XXXIV del Reglamento de la Entidad Superior de Fiscalización del Estado de Querétaro, y

CONSIDERANDO

[...]

Por lo antes expuesto, se tiene a bien expedir el siguiente:

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA ENTIDAD SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE QUERÉTARO

Capítulo Primero
Disposiciones Generales Artículos 1 a 13
Artículo 1

(Objeto). El presente Código de Conducta tiene como objetivo especificar la manera en que los servidores públicos adscritos a la Entidad Superior de Fiscalización del Estado de Querétaro, aplicarán los principios, valores y reglas de integridad contenidas en el Código de Ética de la Entidad Superior de Fiscalización del Estado de Querétaro.

Este Código, a partir de los criterios rectores y las conductas relacionadas que en seguida se enumeran, permiten orientar el actuar de las personas servidoras públicas de la Entidad Superior de Fiscalización del Estado de Querétaro, en lo sucesivo la ESFE, al enfrentarse a dilemas éticos en el desarrollo de sus funciones.

Artículo 2

(Ámbito de aplicación y obligatoriedad). El presente Código de Conducta es un instrumento de carácter obligatorio para toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión al interior de la ESFE, sin importar el régimen de contratación.

Artículo 3

(Glosario). Las definiciones previstas en el artículo 5 del Código de Ética de la ESFE, serán aplicables en el presente Código.

Capítulo Segundo Artículo 4

De los principios, valores y reglas de integridad

Artículo 4

(Principios rectores constitucionales, Principios rectores legales, Valores y Reglas de integridad). Los principios, valores y reglas de integridad vinculados a las conductas de actuación que deben observar quienes integran la ESFE, se encuentran establecidas en el Código de Ética de la ESFE.

Capítulo Tercero Artículos 5 y 6

De la Misión y Visión de la ESFE

Artículo 5

(Misión). Se adopta como misión de la ESFE, informar oportuna y verazmente al Poder Legislativo del Estado de Querétaro y a la sociedad, sobre el resultado de la revisión de la Cuenta Pública de los Entes Públicos del Estado de Querétaro.

Artículo 6

(Visión). La visión de la ESFE se dirige a constituirse en una institución ejemplar, con liderazgo, objetiva e imparcial, técnicamente sólida y sujeta a un proceso de mejora continua, confiable para el Poder Legislativo del Estado de Querétaro y la sociedad, cuyo objetivo es el de corroborar la eficaz utilización de los recursos públicos, la profesionalización de la gestión pública, el cumplimiento normativo en la acción administrativa, la transparencia y la rendición de cuentas.

Capítulo Cuarto Artículos 7 y 8

De la adopción de compromisos por el servidor público

Artículo 7

(Carta invitación). El documento por el que se invita a los servidores públicos adscritos a la ESFE, para desempeñar sus atribuciones con integridad, liderazgo, respeto y cooperación adoptando los valores éticos definidos en su Política de Ética e Integridad, a fin de prevenir conflictos de interés; su propósito, será el de fomentar el sentido de identificación y apropiación de quienes ejercen el servicio público en la ESFE. Dicho documento, será dado a conocer a todos los servidores públicos de la ESFE por conducto del OIC de la ESFE y será difundida en los medios de comunicación que al efecto se establezcan.

Artículo 8

(Carta compromiso). El propósito de la carta compromiso consiste en que toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión en la ESFE, sin importar el régimen de contratación, haga constar que conoce y comprende el Código de Ética, el Código de Conducta así como las Directrices para Prevenir el Conflicto de Interés, y por lo tanto, asume el compromiso de cumplirlos durante el desempeño de sus funciones.

Dicha Carta, será notificada a los servidores públicos de la ESFE por conducto del OIC, a efecto de ser suscrita autógrafamente por ellos, posterior a lo cual, será remitida a la Coordinación General Administrativa para ser resguardada en su respectivo expediente laboral.

Capítulo Quinto Artículo 9

De los riesgos éticos

Artículo 9

(Riesgos éticos). Se entiende por riesgo ético aquellas situaciones en las que potencialmente pudieran transgredirse principios, valores o reglas de integridad. En razón de lo anterior, se identifican como áreas y/o unidades administrativas que requieren...

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