Codigo de Conducta del Centro de Evaluacion y Control de Confianza del Estado \(c3\), Colima

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL CENTRO DE EVALUACIÓN Y CONTROL DE CONFIANZA DEL ESTADO (C3)

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Suplemento Número 4 del Número 75 del Periódico Oficial del Estado de Colima, el sábado 25 de noviembre de 2023.

CENTRO DE EVALUACIÓN Y CONTROL DE CONFIANZA DEL ESTADO (C3)

ACUERDO

POR EL QUE SE EXPIDE EL CÓDIGO DE CONDUCTA DEL CENTRO DE EVALUACIÓN Y CONTROL DE CONFIANZA DEL ESTADO (C3).

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL CENTRO DE EVALUACIÓN Y CONTROL DE CONFIANZA DEL ESTADO

ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL CÓDIGO DE CONDUCTA DEL CENTRO DE EVALUACIÓN Y CONTROL DE CONFIANZA DEL ESTADO

ACUERDO

POR EL QUE SE EXPIDE EL CÓDIGO DE CONDUCTA DEL CENTRO DE EVALUACIÓN Y CONTROL DE CONFIANZA DEL ESTADO (C3)

Capitán de Fragata C.G.I.M. Alfonso Garfias Vásquez, Director General del Centro de Evaluación y Control de Confianza del Estado, con fundamento en el artículo 10, fracciones I y II del Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Colima y artículo 16, fracciones XVIII y XXI del Reglamento Interior del Centro de Evaluación y Control de Confianza del Estado; y,

CONSIDERANDO

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 108 y 109, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; asimismo, conforme las disposiciones contenidas en los artículos 7, 49 fracción I de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en los que se establece que toda persona servidora pública observarán en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de disciplina, legalidad objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público.

Que la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en los artículos 2, fracciones I y IV, 15 y 16, indica que como parte de su objeto es establecer los principios y obligaciones que rigen la actuación de las personas servidoras públicas, así como determinar los mecanismos para la prevención, corrección e investigación de responsabilidades administrativas y de igual manera los mecanismos de prevención de faltas administrativas.

Que el Plan Estatal 2021-2027, en su eje 5 "Gobierno Honesto y Transparente", establece que el objetivo de este Gobierno es mejorar la política, a través del cambio de conciencias en las personas servidoras públicas, dotándose de valores y compromiso ético, desarrollando programas de capacitación permanente, evaluado con instrumentos que permitan medir el desempeño en su responsabilidad.

Que, en lo que se refiere al Capítulo II del Acuerdo por el que se expiden los Lineamientos Generales para la Integración y funcionamiento de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés de la Administración Pública Estatal, corresponde a dichos Comités de Ética, entre otros, vigilar el comportamiento ético al que deben sujetarse las personas servidoras públicas en el ejercicio de sus funciones.

Que en lo que se refiere al numeral VI de la Guía para la elaboración y actualización del Código de Conducta en las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, en este se establecen los lineamientos al que deben sujetarse la actualización o elaboración de los Códigos de Conducta.

Que el 25 de junio del año 2022 se publicó en el Periódico Oficial "El Estado de Colima", el Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Colima, estableciéndose en su artículo 10, fracción II, la obligación de las Dependencias y Entidades de emitir un Código de Conducta a través de la persona que ocupe la titularidad de la Dependencia, el cual será elaborado a propuesta del Comité de Ética previa autorización de su Órgano Interno de Control y con base en las disposiciones emitidas por la Contraloría General del Estado para tales efectos.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 40 de los Lineamientos Generales para la Integración y funcionamiento de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés de la Administración Pública Estatal, el Comité de Ética deberá proponer un Código de Conducta aplicable al Ente Público en términos de las disposiciones normativas conducentes, la política que establezca el Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción de Colima y la Guía que para que tales efectos emita la Contraloría.

Que atendiendo la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Colima y sus Municipios el presente Acuerdo fue sometido al proceso de Análisis de Impacto Regulatorio ex ante, ante la Secretaría de Desarrollo Económico, en su calidad de Autoridad de Mejora Regulatoria del Gobierno del Estado, quien emitió Dictamen Final Procedente al presente instrumento jurídico.

En mérito de lo anteriormente expuesto y fundado y conforme a las disposiciones establecidas en la Guía para la elaboración y actualización del Código de Conducta en las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el pasado 02 de septiembre del 2023, se emite el Acuerdo por el que se expide el Código de Conducta del Centro de Evaluación y Control de Confianza del Estado.

Servidoras y Servidores Públicos del Centro de Evaluación y Control de Confianza del Estado.

Presentes.-

Los desafíos que todos los días enfrentamos como sociedad cada vez se tornan más complejos; las necesidades y demandas de la población, incrementan año tras año; la crisis de valores es notable en las familias, la juventud y la niñez lo resienten; el mercado global impacta en las condiciones económicas y financieras del país, afectando el poder adquisitivo de la ciudadanía; los retos en educación y en seguridad son mayúsculos, el uso de las nuevas tecnologías representa desafíos sin precedentes para la administración pública en temas de inversión, capacitación y combate a delitos.

En este sentido, el Estado debe recurrir a sus instituciones como pilar fundamental para el desarrollo y bienestar social, garantizando el derecho de acceso a recursos sociales como la salud, la educación, el trabajo, la seguridad y la justicia, el otorgamiento de créditos, etc. Para ello, es indispensable contar con servidoras y servidores públicos íntegros, comprometidos con los objetivos institucionales, a quienes los defina su actuar, el cual deberá ir siempre encaminado a satisfacer las necesidades e intereses de la sociedad.

Por lo anterior, resulta fundamental recordar que el Centro de Evaluación y Control de Confianza del Estado (C-3), es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios y autonomía técnica, operativa y de gestión, sectorizado de la Secretaría General de Gobierno, responsable de la evaluación y certificación de las personas aspirantes e integrantes de las instituciones de seguridad pública y personal operativo de las prestadoras de servicio de seguridad privada.

El presente Código de Conducta, tiene como finalidad, regular el marco de actuación de todas las personas servidoras públicas que laboramos en el C-3, para que independientemente del cargo, nivel jerárquico o funciones que desempeñemos, nos apeguemos a los principios, valores y reglas de integridad que en él se establecen, de tal forma que, además de delimitar las conductas, sirve para prevenir que aquellas contrarias a estos valores éticos, se lleven a cabo.

Consiente del compromiso y responsabilidad que conlleva a encabezar una dependencia con tanto prestigio y credibilidad como ésta, en la que se encuentra depositada la confianza de miles de personas para contribuir a lograr la paz en el Estado de Colima, les invito a cumplir y hacer cumplir este Código de Conducta, a difundirlo con sus compañeras y compañeros, así como a denunciar cualquier acto que vaya en contra del mismo. Reiterándole que sujetarnos a él nos fortalece como institución y facilita el cumplimiento de nuestros objetivos y metas.

A través de este Código de Conducta encontraremos los principios, valores y reglas de integridad que nos pueden orientar al desempeño de nuestras funciones y asumir la responsabilidad de hacer que este Código cobre plena vigencia en nuestras actividades cotidianas.

Para ello, es indispensable que todas las servidoras y servidores públicos pongamos el empeño para que los principios, valores, compromisos y reglas de integridad se vuelvan...

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