Codigo de Conducta de la Administracion Fiscal General, Coahuila

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA ADMINISTRACIÓN FISCAL GENERAL DEL ESTADO DE COAHUILA

TEXTO ORGINAL.

Código publicado en la Primera Sección del Número 17 del Periódico Oficial del Estado de Coahuila, el viernes 28 de febrero de 2020.

CÓDIGO DE CONDUCTA

A las y los Servidores Públicos:

En el marco del Programa Estatal de Desarrollo 2017-2023 del Estado de Coahuila, el Gobierno del Estado plantea dentro de sus ejes rectores la integridad y el buen Gobierno y es éste uno de los pilares bajo los cuales la actuación de la Administración Fiscal General debe regirse.

Cómo organismo dedicado a la captación de los ingresos por parte de los contribuyentes dentro del Estado, tenemos como servidores públicos obligación de que todas nuestras acciones se encuentren en un estricto apego al Programa Estatal de Integridad y Nueva Ética Pública, a los principios constitucionales que rigen nuestra actuación así como a todas aquellas disposiciones y programas que sean resultado de la mejora al marco regulatorio dentro de nuestro Estado y que tienen por objeto una administración transparente, honesta, eficaz y eficiente; además de observar en todo momento la cultura de la legalidad en todos nuestros procesos y actuaciones.

La responsabilidad de la Administración Fiscal General frente a los ciudadanos es muy grande, por lo que el compromiso de cada uno de nosotros debe estar encaminado a brindar la confianza a cada uno de nuestros contribuyentes en que nuestras acciones se apegan siempre a los valores y reglas de integridad necesarios para cualquier cargo o empleo público.

Es por lo anterior que, la Administración Fiscal General emite el Código de Conducta para los Servidores Públicos adscritos a ella, mismo que deberá observarse por cada uno de los servidores públicos que la integran y que servirá como base para cumplir con nuestro compromiso frente a la sociedad de fortalecer nuestra institución con servidores públicos profesionales con una visión hacia la Nueva Ética Pública y con valores y principios institucionales de responsabilidad en su empleo, cargo o comisión, respeto tanto al marco legal como a los derechos humanos.

Dejo en sus manos nuestro Código de Conducta con la finalidad de que sea conocido y respetado por todos quienes formamos parte de ésta Administración Fiscal General, orientando todas nuestras acciones a la mejora continua y al establecimiento de una nueva cultura de mejora.

LIC. JAVIER DÍAZ GONZALEZ

Titular de la Administración Fiscal General del Estado de Coahuila de Zaragoza

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
  1. INTRODUCCIÓN

    En cumplimiento al Plan Estatal de Desarrollo al Eje Rector I, correspondiente a la integridad y el Buen Gobierno, mediante la definición y el apego a los valores que distinguen el actuar de los servidores públicos de la Administración Pública Estatal, el Estado, a través de la implementación de los Sistemas de Control Interno Institucional normado por el Modelo Estatal del Marco Integrado de Control Interno, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 21 de abril del 2017; la Administración Fiscal promueve acciones para fortalecer la integridad y el combate a la corrupción, con la emisión del presente Código de Conducta de aplicación para las y los servidores públicos que integran esta institución.

    Los Códigos de Conducta son una herramienta básica que busca homologar los principios, valores y pautas de comportamiento que se esperan de las y los servidores públicos en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones. De manera específica, el propósito del Código es impulsar, consolidar y velar por una cultura de valores y principios éticos que guíen la labor cotidiana de los servidores públicos. Sus beneficios son:

    - Contar con una herramienta como parto de un programa de integridad institucional que, en forma objetiva y no controversial, dentro del marco jurídico, coadyuve a elevar el nivel de integridad y el combate a la corrupción.

    - Mejorar la imagen institucional y reputación de sus servidores públicos ante la sociedad.

    - Desincentivar actos de soborno y corrupción.

    - Prevenir violaciones legales y reglamentarias debido a que los códigos ayudan a evitar estos actos y en su caso de detectarlos, mitigar sus efectos.

    - Mejorar la eficiencia, eficacia y economía con la que se administran los recursos institucionales.

    - Generar lealtad, cooperación y compañerismo entre las y los servidores públicos de la institución, mejorando el ambiente laboral.

    - Establecer una cultura ética interna, motivando a los servidores públicos a participar en la denuncia de conductas contrarias a lo que establece el Código y al sentirse incluidos en proyecto.

    - Atraer a personal calificado y con altos valores éticos para formar parte de una institución que fomenta los valores y la cultura organizacional.

    - Prevenir conflictos, tanto internos como externos, en virtud de que los códigos también tienen alcance en los terceros relacionados con la institución.

    - Construir relaciones sólidas con los proveedores, acreedores, prestadores de servicios y otros terceros relacionados.

  2. OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN

    OBJETIVO

    El Código de Conducta de la Administración Fiscal General tiene como objetivo establecer las pautas de comportamiento de observancia obligatoria, que se espera de las y los servidores públicos como parte del proceso de toma de decisiones en el desempeño de sus empleos, cargos y comisiones, así como terceros relacionados con la institución, vigilando el apego a los principios, valores y reglas de integridad que forman parte del Programa Estatal de Integridad y la Nueva Ética Pública.

    MISIÓN

    Determinar y aplicar las políticas públicas establecidas para la administración, recaudación y defensa de las contribuciones que establece la ley en favor del Estado, consolidándonos como un órgano eficiente, honesto e integro, enmarcando y guiando nuestro ejercicio profesional por los principios, valores y reglas de integridad asociados al Programa Estatal de Integridad y a la Nueva Ética Pública.

    VISIÓN

    Consolidar a la Administración Fiscal General del Estado de Coahuila, como el órgano que garantice el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes a través de procesos simples, dentro del marco de la legalidad y la transparencia.

  3. GLOSARIO

    Carta Compromiso: Es el instrumento a través del cual las y los servidores públicos manifiestan su voluntad de adherirse a los principios, valores y reglas de integridad contendidas en el Código de Conducta, y de desempeñar el ejercicio público que le ha sido encomendado, con estricta observancia de los mismos.

    Código de Conducta: Declaración formal de principios, valores y reglas de integridad que enuncia normas mínimas y el compromiso de la Administración Fiscal General de cumplirlas y de exigir su cumplimiento a sus integrantes.

    Comité de Ética: Grupo colegiado que promueve la integridad, las prácticas éticas y el buen gobierno de la Administración Pública Estatal.

    Conflicto de Interés: Situación que se presenta cuando los intereses personales, familiares o de negocios del servidor público puedan afectar el desempeño independiente e imparcial de su empleo, cargo, comisión o función.

    Corrupción: Comportamiento consistente en el soborno, ofrecimiento o promesa a otra persona que ostenta cargos públicos, o a personas privadas, a los efectos de obtener ventajas o beneficios contrarios a la legalidad o que sean de naturaleza defraudatoria.

    Ética: Es el conjunto de principios, valores, costumbres y normas de conducta, adquiridos, asimilados y practicados de un modo estrictamente racional y consciente. Corresponde al ejercicio libre y consciente de la razón para justificar nuestros actos desde el punto de vista del bien y del mal.

    Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA): Ley (sic) orden público y de observancia general en toda la República, que por objeto distribuir competencias entre los órdenes de gobierno para establecer las responsabilidades administrativas de los Servidores Públicos, sus obligaciones, las sanciones aplicables por los actos u omisiones en que estos incurran las que correspondan a los particulares vinculados con faltas administrativas graves, así como los procedimientos para su aplicación.

    Órgano Interno de Control (OIC): Es el ente que se encargará de aplicar las nomas e implementar los mecanismos internos que prevengan actos u omisiones que pudieran constituir Faltas Administrativas.

    Perspectiva de Género: Concepto que se refiere a la metodología y los mecanismos que permiten identificar, cuestionar y valorar la discriminación, la desigualdad y exclusión de mujeres, que pretende justificarse con base a diferencias biológicas entre mujeres y hombres, así como las acciones que deben emprenderse para actuar sobre los factores de género y crear las condiciones de cambio que permitan avanzar en la construcción de igualdad de género.

    Principios: Normas o ideas fundamentales que rigen el pensamiento o la conducta.

    Reglas de Integridad: Principios para identificar y delimitar las conductas que en situaciones específicas deberán observar los servidores públicos en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones.

    Riesgo Ético: También conocido como Riesgo Moral, es aquel que corresponde a un comportamiento oportunista en donde una de las partes busca su propio beneficio a costa de que la otra no pueda observar o estar informada de su conducta.

    Unidad Especializada de Ética (UEE): Área responsable de promover la integridad en la Administración Pública Estatal y dar seguimiento a los Comités de Ética de las dependencias y entidades. Esta responsabilidad recae en la Secretaría de Fiscalización y Rendición de Cuentas a través de la Coordinación General de Innovación Gubernamental.

    Valores: Son aquellas actitudes, prácticas y cualidades...

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