Resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral, por el que se registra el Acuerdo de Participación que suscriben la Coalición integrada por los Partidos Políticos Nacionales del Trabajo y Convergencia y la Agrupación Política Nacional Parnaso Nacional para contender en el Proceso Electoral Federal 2009

Fecha de disposición19 Febrero 2009
Fecha de publicación19 Febrero 2009
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG17/2009. RESOLUCION DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, POR EL QUE SE REGISTRA EL ACUERDO DE PARTICIPACION QUE SUSCRIBEN LA COALICION INTEGRADA POR LOS PARTIDOS POLITICOS NACIONALES DEL TRABAJO Y CONVERGENCIA Y LA AGRUPACION POLITICA NACIONAL "PARNASO NACIONAL" PARA CONTENDER EN EL PROCESO ELECTORAL FEDERAL 2009.

Antecedentes

  1. En sesión ordinaria de fecha trece de enero de mil novecientos noventa y tres el "Partido del Trabajo" obtuvo su registro como Partido Político Nacional, al considerar satisfecho el cumplimiento de los requisitos que para tal efecto señalan el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y el Acuerdo del Consejo General aplicable denominado "Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral que establece una Comisión para dictaminar sobre las solicitudes de las Organizaciones Políticas Partido Demócrata Mexicano, Partido del Trabajo y Partido Ecologista de México para obtener su registro definitivo como Partido Político Nacional".

  2. En sesión ordinaria de fecha treinta de junio de mil novecientos noventa y nueve "Convergencia por la Democracia" obtuvo su registro como Partido Político Nacional al considerar satisfecho el cumplimiento de los requisitos que para tal efecto señalan el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y el Acuerdo del Consejo General aplicable denominado "Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se expide el Instructivo que deberán observar las Asociaciones de Ciudadanos que pretendan obtener el registro como Partido Político Nacional". Por otro lado, en la segunda Asamblea Nacional Extraordinaria de fecha dieciséis de agosto de dos mil dos del Partido en cita, se modificó entre otros, la denominación del referido Instituto Político, para quedar como "Convergencia", modificación aprobada por el Consejo General del Instituto Federal Electoral, en sesión extraordinaria de fecha veinticuatro de septiembre del mismo año.

  3. En sesión extraordinaria de fecha veintinueve de abril de dos mil ocho, el Consejo General del Instituto Federal Electoral otorgó registro como Agrupación Política Nacional a la asociación de ciudadanos "Parnaso Nacional", al considerar satisfecho el cumplimiento de los requisitos que para tal efecto señalan el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y el Acuerdo del Consejo General aplicable denominado "Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se expide el Instructivo que deberá observarse para la obtención del registro como Agrupación Política Nacional en el año 2008, así como diversas disposiciones relativas a la revisión de los requisitos que se deben cumplir para dicho fin", aprobado en sesión extraordinaria del Consejo General celebrada el quince de diciembre de dos mil seis.

  4. La Comisión Ejecutiva Nacional del Partido del Trabajo, erigida y constituida en Convención Electoral Nacional, celebrada el tres de diciembre de dos mil ocho, autorizó a la Comisión Coordinadora Nacional para suscribir Acuerdos de Participación con Agrupaciones Políticas Nacionales; así mismo, la Comisión Política Nacional de Convergencia, en Sesión celebrada el cinco de diciembre de dos mil ocho, ratificó las negociaciones del Presidente del Comité Ejecutivo Nacional, respecto de los Acuerdos de Participación con Agrupaciones Políticas Nacionales, tendentes a coadyuvar en el proceso electoral federal 2008-2009 y a suscribir los convenios y/o acuerdos respectivos, con fundamento en el artículo 45, numeral 2 de los estatutos de Convergencia.

  5. En sesión ordinaria de fecha veintidós de diciembre de dos mil ocho, el Consejo General del Instituto Federal Electoral otorgó registro a la Coalición Total integrada por el Partido del Trabajo y Convergencia, al considerar satisfecho el cumplimiento de los requisitos que para tal efecto señalan el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; así como el "Acuerdo por el que se expide el Instructivo que deberán observar los Partidos Políticos Nacionales que busquen formar Coaliciones para las elecciones de Diputados por el principio de Mayoría Relativa, para el Proceso

    Electoral Federal 2008-2009".

  6. En la cláusula décima novena del convenio de Coalición Total integrada por el Partido del Trabajo y Convergencia se estipula que ésta podrá suscribir acuerdos de participación con agrupaciones políticas nacionales, tendentes a participar en el proceso electoral federal 2009.

  7. Mediante escrito de fecha treinta de diciembre de dos mil ocho, la Coalición Total integrada por el Partido del Trabajo y Convergencia remitió a la Presidencia del Consejo General del Instituto Federal Electoral la documentación siguiente:

    1. Certificación en la que consta que el Partido del Trabajo cuenta con registro vigente de Partido Político Nacional ante el Instituto Federal Electoral, en los términos del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el C. Lic. Edmundo Jacobo Molina, Secretario Ejecutivo del Instituto Federal Electoral.

    2. Certificación en la que consta que Convergencia cuenta con registro vigente de Partido Político Nacional ante el Instituto Federal Electoral, en los términos del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el C. Lic. Edmundo Jacobo Molina, Secretario Ejecutivo del Instituto Federal Electoral.

    3. Certificación de la integración de la Comisión Coordinadora Nacional del Partido del Trabajo, emitida por el Lic. Edmundo Jacobo Molina, Secretario Ejecutivo del Instituto Federal Electoral, con la que se acredita la personalidad jurídica de los mismos.

    4. Certificación de la integración de la Comisión Ejecutiva Nacional del Partido del Trabajo, emitida por el Lic. Edmundo Jacobo Molina, Secretario Ejecutivo del Instituto Federal Electoral.

    5. Certificación en la que consta el registro del Presidente del Comité Ejecutivo Nacional de Convergencia, emitida por el Lic...

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