Acuerdo relativo a la autorización de modificación de diversas cláusulas del Contrato de Fideicomiso Irrevocable de Inversión y Administración denominado “Fideicomiso Queretano para la Conservación del Medio Ambiente”.

Pág.3142 PERIÓDICO OFICIAL 6 de agosto de 2003
A C U E R D O
“. . . PRIMERO.- Se autoriza la Permuta del
Lote 291 del Fraccionamiento “Villas Santiago de
Querétaro”, Delegación Epigmenio González pro-
piedad del C. Héctor Zamora Galindo, por una
Fracción de predio propiedad municipal ubicada en
el Lote B-5 “Jurica Acueducto”, Delegación Santa
Rosa Jáuregui.
SEGUNDO.- Los predios señalados en el
Punto anterior objeto de la permuta, tienen las si-
guientes superficies, medidas y colindancias:
a) Predio propiedad del C. Héctor Zamora
Galindo.- Lote 291, del Fraccionamiento “Villas
Santiago de Querétaro”, Delegación Epigmenio
González con una superficie de 10,504.21 m2 y las
siguientes medidas y colindancias:
Al Norte: en 105.65 m con Calle Santiago Tlatelolco.
Al Sur: en 124.88 m con Calle Santiago del Sur.
Al Este: en 91.39 m con Calle Portal de Samaniego.
Al Oeste: en 92.66 m con Avenida Turmalina.
b) Fracción de predio propiedad municipal
ubicado en el Boulevard Universitario Lote B-5 del
Fraccionamiento “Jurica Acueducto”, Delegación
Santa Rosa Jáuregui, con una superficie de
10,504.25 m2 y las siguientes medidas y colindan-
cias:
Al Norte: en 190.69 m con propiedad privada.
Al Sur: en 190.91 m con resto del predio.
Al Oriente: en 59.65 m con propiedad privada.
Al Poniente: en 50.62 m con Boulevard Universitario.
TERCERO.- Al predio señalado en el inciso
a) del Punto anterior se le asigna el destino de Área
Verde. Asimismo, al predio señalado en el inciso b)
del Punto anterior se le determina un Uso Habita-
cional con una densidad de población de 250
hab/ha.
CUARTO.- Se instruye a la Secretaría del
Ayuntamiento para que integre el expediente co-
rrespondiente para que lo remite a la Legislatura
para la desafectación de la Fracción del predio
propiedad municipal señalado en el inciso b) del
Punto anterior.
QUINTO.- Una vez desafectado el predio se
autoriza al Presidente Municipal, al Secretario del
Ayuntamiento y a uno de los Síndicos Municipales,
suscribir el Contrato de Permuta con el C. Héctor
Zamora Galindo, respecto de los predios señalados
en el Punto Segundo del presente, con el Notario
Público que se señale para tal efecto.
SEXTO.- Para desarrollar el predio señalado
en el inciso b) del Punto Segundo del presente, al
C. Héctor Zamora Galindo, se le da por cumplida la
obligación de transmitir al 10% del Área de Dona-
ción, ya que el predio ubicado en el Lote 291 del
Fraccionamiento “Villas Santiago de Querétaro”, ya
otorgó el Área correspondiente a Equipamiento y
Áreas Verdes, al momento en que fue autorizado el
mismo.
SÉPTIMO.- Publíquese por una sola ocasión
en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “La
Sombra de Arteaga” y en la Gaceta Municipal, a
costa del Municipio de Querétaro.
OCTAVO.- Los gastos que se generen con
motivo del contrato de permuta serán cubiertos por
el Municipio de Querétaro, para lo cual se instruye
al Tesorero Municipal erogue las cantidades nece-
sarias ello.
NOVENO.- Comuníquese lo anterior a la Se-
cretaría de Gobierno del Estado, Secretaría de
Desarrollo Urbano y Obras Públicas de Gobierno
del Estado, Dirección de Catastro de Gobierno del
Estado, Dirección del Registro Público de la Pro-
piedad y de Comercio, Secretaría de Desarrollo
Urbano, Obras Públicas y Ecología Municipal, Se-
cretaría de Gobierno Municipal, Oficialía Mayor
Municipal, Delegación Santa Rosa Jáuregui, Dele-
gación Epigmenio González y al C. Héctor Zamora
Galindo. . . .”.
SE EXTIENDE LA PRESENTE COPIA
CERTIFICADA PARA LOS EFECTOS LEGALES
A QUE HAYA LUGAR, A LOS TREINTA DÍAS
DEL MES DE MAYO DE DOS MIL TRES, EN LA
CIUDAD DE SANTIAGO DE QUERÉTARO, QRO.-
-------------------------------DOY FE---------------------------
LIC. ANTONIO JUAN JOSÉ GUTIÉRREZ ÁLVAREZ
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
Rúbrica

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