La Ciudad y el Crimen/ Delitos y sanciones II

AutorRafael Ruiz Harrell

En la primera parte de este artículo, publicada la semana pasada, quedó pendiente un problema de difícil solución: en los casos en que llega a descubrirse que una entidad tiene penas altas y una delincuencia elevada ¿cuál fue la causa y cuál la consecuencia? El sentido común ofrece una respuesta que se antoja razonable: al subir la criminalidad es lógico que las autoridades, en un afán de controlarla, suban las penas. Luego, la delincuencia es la causa y las penas elevadas son el resultado.

Como señalé en la anterior entrega, el análisis de la violación nos revela que las altas cifras de incidencia suelen verse acompañadas por sanciones elevadas, mientras que en aquellas entidades de la República, en que la ocurrencia de la violación es baja, lo usual es que las penas señaladas para los autores de ese crimen sean también bajas. El problema, así, se reduce a determinar qué fue primero, el crimen o la pena, y si necesariamente el primero es causa de la segunda.

Una Prueba

Como sólo desde 1997 se dispone de datos sobre la violación en todas las entidades federativas y la pregunta planteada requiere de información sobre un lapso más o menos largo, el análisis ha de restringirse, por necesidad, a lo que ha sucedido en el Distrito Federal, donde se cuenta con datos desde 1928.

Por otra parte y aunque se ignora el monto de las penas impuestas por los tribunales, se tiene clara noticia de la manera en que las sanciones por violación fueron subiendo en el código respectivo. En 1931, cuando recién fue promulgado, el artículo 264 fijó la pena en uno a seis años para la violación sin agravantes. El promedio, así, era de 3.5 años. Las autoridades no creyeron que hubiera motivo para alterarla sino hasta fines de 1966, cuando una reforma la subió de dos a ocho años de prisión, o sea a una media de 5 años cerrados. El cambio siguiente ocurrió en 1983: la sanción se incrementó de seis a ocho años, 7 en promedio. Cinco años después, en 1988, volvió a subir para quedar entre 8 y 14 años de cárcel, o sea 11.5 como media. La pena permaneció intocada hasta que el nuevo Código Penal entró en vigor el pasado 13 de noviembre: el artículo 174 bajó la mínima a seis años de prisión y subió la máxima a 17, dejando la media como estaba, en 11.5.

Entre 1931 y 1942 las violaciones registradas en el DF fueron más o menos 200 por año, mas a partir de entonces empezaron a subir y en los años de 1964 y 1965 superaron las 650 por año. La reforma de 1966 respondió a ese...

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