La Ciudad y el Crimen / Respuestas al crimen

AutorRafael Ruiz Harrell

Suele creerse que ante el crimen sólo hay una respuesta posible: sancionar al delincuente. El control punitivo del crimen tiene calidad de paradigma, al grado de que legisladores, gobernantes y aun grupos ciudadanos, se niegan a considerar cualquier otra posibilidad y todas las acciones que recomiendan o exigen se dan en ese contexto: penas más severas, más cárceles, más policías.

La idea de que controlar la delincuencia implica necesariamente castigar al delincuente empieza, no obstante, a revelar fallas muy hondas. Una de ellas es su muy reducida eficacia. Otra es su costo desmedido. No hay mejor prueba de ambas cosas que el hecho de que en 1990 el costo federal de la seguridad pública se reducía a 75 millones 44 mil pesos y este año, conforme al presupuesto de egresos de la Federación, se destinaron a ese rubro 6 mil 452 millones 688 mil pesos. La delincuencia del orden común registrada en la República pasó en el mismo lapso de 944 mil 109 delitos en 1990, al millón 413 mil 110 que tendrá este año a juzgar por los datos de enero a septiembre.

Dígase lo que se quiera, no parece muy prometedor un medio de control cuyo costo sube 86 veces en catorce años y la delincuencia que decía controlar crece el cincuenta por ciento. Si no queremos seguir tirando el dinero a un pozo que no tiene llenadero es necesario examinar otros medios de control. Y es necesario hacerlo con buenos ojos.

El Sistema Punitivo

Se diría que el sistema punitivo, consagrado en los Códigos Penales, no requiere explicación y es, según se cree, el más extendido. Aun así conviene recordar algunas de sus características fundamentales.

El método punitivo consiste en causarle dolor -sea por la pérdida de la libertad, por el daño económico o por otras formas de sufrimiento-, a un individuo al que se hace responsable de haber violado alguna norma legal de carácter abstracto. El sistema es moralista porque descansa en la culpa. La imposición del castigo es forzada o coactiva y, punto que importa destacar, es un sistema que transfiere las funciones de control a un tercero, es decir, las partes que vivieron el conflicto -el autor y la víctima-, no participan en la decisión final, ya que determinar qué sanción habrá de aplicarse es facultad exclusiva del sistema de justicia penal.

Aunque el control punitivo de la conducta delictiva es considerado el método por excelencia, lo cierto es que se lo emplea sólo por excepción: del total de delitos denunciados en 2002, las personas que...

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