Respuesta a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-209-SSA1-2002, Regulación de los servicios de Salud. Para la práctica de la cirugía oftalmológica con láser excimer
Fecha de disposición | 27 Mayo 2004 |
Fecha de publicación | 27 Mayo 2004 |
Emisor | SECRETARIA DE SALUD |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
RESPUESTA a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-209-SSA1-2002, Regulación de los servicios de Salud. Para la práctica de la cirugía oftalmológica con láser excimer.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.
RESPUESTA A LOS COMENTARIOS RECIBIDOS RESPECTO DEL PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-209-SSA1-2002, PARA LA PRACTICA DE LA CIRUGIA OFTALMOLOGICA CON LASER EXCIMER.
ERNESTO ENRIQUEZ RUBIO, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o. fracciones I y VII, 13 apartado A fracción I, 23, 45, 46, 47, 78 fracción III y demás aplicables de la Ley General de Salud; 38 fracción II, 40 fracciones XI y XIII, 41, 43, 44 y 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 4o., 7o., 8o., 10o. fracción I, 21, 26 y 94 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica; 28 y 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 2 inciso B fracción III, 18 fracciones III y IV del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, Decreto por el que se crea la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, me permito ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la respuesta a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-209-SSA1-2002, Regulación de los Servicios de Salud. Para la práctica de cirugía oftalmológica con láser excimer.
Como resultado del análisis de los comentarios recibidos de los diferentes promoventes, se consideró necesario modificar partes del contenido del documento bajo lo siguiente:
PROMOVENTE | RESPUESTA |
GRUPO TECNICO INTERINSTITUCIONAL Numeral: 5.3.1 Propuesta: Sustituir el concepto de cirugía mayor de corta estancia por el de cirugía mayor ambulatoria . | Procede la propuesta, para quedar como sigue: 5.3.1 La cirugía oftalmológica con láser excimer está considerada como cirugía mayor ambulatoria. |
GRUPO TECNICO INTERINSTITUCIONAL Numeral: 5.3.3 Propuesta: 5.3.3 La capacitación y adiestramiento |
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