Circular Núm. 22 que Informa el Período Vacacional Correspondiente al Primer Semestre del Año 2020, para Los Trabajadores del Poder Judicial del Estado, del 20 al 31 de Julio del Año 2020, Reanudando Labores el Día Lunes 03 de Agosto de Dicha Anualidad, por Lo que Se Declaran Inhábiles los Días Incluidos en Dicho Período, con Las Salvedades de Ley en Las Materias Familiar y Penal.

Tomo 105, Colima, Col., sábado 18 de julio de 2020; Núm. 50; pág. 2256 - 2256 -

EL ESTADO DE COLIMA

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER JUDICIAL CIRCULAR NÚM. 22 QUE INFORMA EL PERÍODO VACACIONAL CORRESPONDIENTE AL PRIMER SEMESTRE DEL AÑO 2020, PARA LOS TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO, DEL 20 AL 31 DE JULIO DEL AÑO 2020, REANUDANDO LABORES EL DÍA LUNES 03 DE AGOSTO DE DICHA ANUALIDAD, POR LO QUE SE DECLARAN INHÁBILES LOS DÍAS INCLUIDOS EN DICHO PERÍODO, CON LAS SALVEDADES DE LEY EN LAS MATERIAS FAMILIAR Y PENAL. CC. MAGISTRATURAS, JUDICATURAS, PROYECTISTAS JURÍDICOS, SECRETARÍAS, PERSONAL ADSCRITO AL SISTEMA PENAL ACUSATORIO, AL CENTRO ESTATAL DE JUSTICIA ALTERNATIVA, A LAS OFICINAS DE SERVICIOS COMUNES, PERSONAL ADMINISTRATIVO Y PÚBLICO EN GENERAL. P R E S E N T E S.En cumplimiento a lo determinado en la Sesión Extraordinaria de Pleno celebrada el día de hoy 09 de julio del año en curso, y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 248, de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y 123, del Reglamento Interior del H. Supremo Tribunal de Justicia, se informa que en dicha Sesión Plenaria se expidió el siguiente, “ACUERDO DEL PLENO DEL H. SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA, POR EL QUE REVOCA EL DIVERSO, COMUNICADO MEDIANTE CIRCULAR NÚMERO 21/2020, DEL PRESENTE AÑO JUDICIAL, RELATIVO A LAS VACACIONES ESCALONADAS CORRESPONDIENTES AL PRIMER SEMESTRE DEL AÑO 2020, EN EL PODER JUDICIAL DEL ESTADO, Y EN SU LUGAR, SE INSTAURAN DOS PERIODOS VACACIONALES ÚNICOS. A N T E C E D E N T E S: PRIMERO. El pasado día 01 uno de julio del año en curso, el Pleno del H. Supremo Tribunal de Justicia del Estado, celebró Sesión Ordinaria, donde se acordó que no habría periodos vacacionales únicos respecto al primer semestre del año 2020, para los trabajadores del Poder Judicial del Estado, y que se ejecutaría un modelo escalonado para todo el personal, que permitiera la continuidad del servicio público de administración de justicia, esto con motivo del retraso originado por la contingencia sanitaria por COVID-19, y de conformidad al numeral 248, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado; por lo que se expidió la circular número 21/2020, para comunicar dicha determinación. SEGUNDO. Sin embargo, al ser un esquema de vacaciones novedoso, por no existir antecedentes en su ejecución, en lo que ve a las materias Civil, Familiar, Mercantil y Penal Tradicional, surgieron diversas inquietudes por parte del propio Supremo Tribunal, así como de las Judicaturas, del...

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