Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, la sentencia dictada dentro del Juicio de Nulidad número 1245/11-15-01-4, por la Sala Regional del Sureste del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, promovido por Construcciones Mejía Torres, S.A. de C.V.
Fecha de disposición | 14 Diciembre 2012 |
Fecha de publicación | 14 Diciembre 2012 |
Materia | Derecho Procesal |
Emisor | SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen, un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en la Secretaría de Desarrollo Social.- Area de Responsabilidades.- Reservado.- Expediente SANC/003/2011. CIRCULAR OIC/AR/SEDESOL/PSP/003/2012
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, LA SENTENCIA DE FECHA 9 DE OCTUBRE DE 2012, DICTADA DENTRO DEL JUICIO DE NULIDAD NUMERO 1245/11-15-01-4, POR LA SALA REGIONAL DEL SURESTE DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA, PROMOVIDO POR CONSTRUCCIONES MEJIA TORRES, S.A. DE C.V.
Oficiales mayores de las dependencias,
Procuraduría General de la República
y equivalentes de las entidades de la
Administración Pública Federal y de los
gobiernos de las entidades federativas.
Presentes.
Con sentencia definitiva de fecha 9 de octubre de 2012, dictada dentro del juicio de nulidad número 1245/11-15-01-4, por la Sala Regional del Sureste del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, se precisó lo siguiente:
Por lo expuesto y fundado y con apoyo en lo dispuesto por los artículos 8o. y 9o. a contrario sensu, 49, 50, 51, fracción IV y 52, fracciones I y IV de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, es de resolverse y se resuelve:
I.- Resultó infundada la causal de improcedencia y sobreseimiento hecha valer por la autoridad demandada, en consecuencia NO ES DE SOBRESEERSE NI SE SOBRESEE EN EL PRESENTE JUICIO.
II.- SE RECONOCE LA VALIDEZ DE LA RESOLUCION IMPUGNADA, por lo que hace a la...
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