Circular No. 64/2022.- Acuerdo del Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, de veintiocho de septiembre de dos mil veintidós, por el que se determina la competencia de los tribunales de alzada en materia penal en todos los distritos judiciales del Estado de México.

Lunes 3 de octubre de 2022 Sección Primera Tomo: CCXIV No. 61
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Al margen Escudo del Estado de México y un logotipo, que dice: Poder Judicial del Estado de México.
C I R C U L A R No. 64/2022
Toluca de Lerdo, México, a 28 de septiembre de 2022.
Con fundament o en el artículo 42 fracción I de la Ley Orgánica del Poder J udicial del Estado de México, se co munica el siguiente
acuerdo:
ACUERDO DEL PLENO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE M XICO, DE VEINTIO CHO DE
SEPTIEMBRE DE DOS MIL V EINTIDÓS, POR EL QUE SE DETERMINA LA COM PETENCIA DE LOS TRIBUNALES DE
ALZADA EN MATERIA PENA L EN TODOS LOS DISTRITOS JUDICIALES DEL ESTADO D E MÉXICO.
C O N S I D E R A N D O
I. El Tribu nal Superior de J usticia del Estado de México, de conformida d a los artículos 95 frac ciones II de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano d e México y artículos 33 fracciones II y VI, así como el 42 fracción I, de la Ley Orgánica
del Poder Judicial del Esta do de México y Tercero Transitorio del Reglamento In terior del Tribunal de Justicia del Estado de
México, tiene las facul tades para d eterminar el á mbito territorial e n que las salas y juzgados ejercerán su competencia, así
como, adscribir a los tribunales y a los juzgados a la jurisdicción de las salas en razón de materia y territorio según les
corresponda.
II. El Consejo de la Judicatura Estatal, autorizó en sesión de quince de agosto de dos mil veintidós, la distribución de cargas de
trabajo a los Tribunales de Alzada en Materia Penal que cuentan con un número menor de tocas radicados, acuerdo que
entrar en vigor el día t res de octubre de la misma anualidad.
III. El Consejo de la Judicatura del Estado d e México, hizo del conocimiento d el Pleno del Tribunal Superior d e Justicia, el
referido acuerdo, a efecto de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 33, f racción II, de la Ley Orgánica del Poder
Judicial del Estado de Méxic o.
IV. Correspond e al Pleno del Tribunal Superior de Justicia determinar la competencia que apoyará para la disminución de las
cargas d e trabajo que, en razón de territorio, tendrán los Tribuna les de Alzada en materia penal de las regiones de Toluca,
Tlalnepantla, Texcoco y Eca tepec.
En consec uencia, con fundamento en los artículos 95 fracciones II y V de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
México; 1, 3 fracción I, 4, 10, 11, 12, 14 párrafo segundo, 33 fracciones II y VI de la Ley Orgánic a del Poder Judicial del Estado de
México, el Pleno del Tribuna l Superior de Justicia de la Entidad, emite el siguiente:
A C U E R D O
PRIMERO. Se determina la competencia de los Tribunales de Alzada en materia penal en todos los Distritos Judiciales del Estado
de México.
SEGUNDO. Los Tribunales d e Alzada en materia penal única y exclusivamente, conocerán de los rec ursos de apelación
interpuestos en los asuntos que se tramiten c onforme al Código Nac ional de Procedimientos Penales y/o a la Ley Nacional de
Ejecución Penal, que s e encuentren radicados de forma electrónica y sean tur nados con motiv o de la distribución y equilibrio de
cargas laborales determinad a por el Consejo de la Judicatura del Estado de México.
TERCERO. Por trat arse de un a cuerdo de interés gen eral, se ordena su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”
del Estado, en el Boletín Jud icial y en la página de Internet del Poder Judicial del Estado de México.
T R A N S I T O R I O
ÚNICO. El presente acuerd o entrará en vigor el tres de octubre de dos mil ve intidós.
Así, por unanimidad de votos, lo acordó el Pleno del Tribunal Superior de Just icia del Estado de México y firman al calce e l
Presidente y la Secretaria Gen eral de Acuerdos, que da fe.
ATENTAMENTE.- El Presi dente del Tribunal Superior de J usticia y del Consejo de la Judicatura del Estado de México.-
Mgdo. Dr. Ricar do Alfredo S odi Cuellar.- La Secretaria General de Acuerdos.- Jueza Dra. Astrid Lorena Avilez Villena.-
Rúbricas.

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