Circular No. 49/2022.- Acuerdo del Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de México, de cuatro de julio de dos mil veintidós, por el que se transforma el Juzgado Civil de Cuantía Menor del Distrito Judicial de Cuautitlán con residencia en Cuautitlán Izcalli, a Juzgado Octavo Familiar del Distrito Judicial de Cuautitlán con residencia en Cuautitlán Izcalli.

Viernes 15 de julio de 2022 Sección Primera Tomo: CCXIV No. 11
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PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MÉXICO
Al margen Escudo del Estado de México y un logotipo, que dice: Poder Judicial del Estado de México.
C I R C U L A R No. 49/2022
Toluca de Lerdo, México, a 13 de julio de 2022.
Con fundamento en el artículo 42 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, se comunica el
siguiente acuerdo:
ACUERDO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE MÉXICO, DE CUATRO DE JULIO DE
DOS MIL VEINTIDÓS, POR EL QUE SE TRANSFORMA EL JUZGADO CIVIL DE CUANTÍA MENOR DEL DISTRITO
JUDICIAL DE CUAUTITLÁN CON RESIDENCIA EN CUAUTITLÁN IZCALLI, A JUZGADO OCTAVO FAMILIAR DEL
DISTRITO JUDICIAL DE CUAUTITLÁN CON RESIDENCIA EN CUAUTITLÁN IZCALLI.
C O N S I D E R A N D O
I. El Consejo de la Judicatura es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial del
Estado de México, con facultades para adoptar las medidas necesarias para un eficiente manejo administrativo de dicho
poder, así como para expedir los acuerdos generales en materia administrativa y los necesarios para llevar a cabo sus
atribuciones en términos de los artículos 106 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 52 y 63
fracciones XVI, XXIII y XXXVI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México.
II. El Plan Estratégico 2020-2025 del Poder Judicial del Estado de México, en su Eje Rector IV, contempla la “Modernización
Institucional”, como estrategia: instalaciones y servicios accesibles y convenientes; como línea de acción: “Implementar
estándares para la modernización sustentable de las sedes judiciales” y como Meta: “Aplicar normas que den mayor eficacia
y eficiencia a la administración de los recursos institucionales”.
III. M ediante Decreto 169 de la “LVI” Legislatura, publicado en la G aceta del Gobierno el 29 de noviembre de 2013, se
reformó entre otros, el artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, para quedar en los siguientes
términos:
Artículo 14. El Consejo de la Judicatura podrá determinar que un juzgado quede habilitado para conocer
de asuntos de cuantía menor como de primera instancia y de una o varias materias de conformidad con
las necesidades del servicio.
El Pleno del Tribunal Superior de Justicia podrá determinar el ámbito territorial de los órganos
jurisdiccionales, aún de Municipios de Distrito Judiciales distintos, privilegiándose la cercanía de servicio
de la administración de justicia.”
IV. Del reporte estadístico del Juzgado Civil de Cuantía Menor del Distrito Judicial de Cuautitlán con residencia en Cuautitlán
Izcalli, y de los Juzgados Segundo y Tercero, Civiles del Distrito Judicial de Cuautitlán con residencia en Cuautitlán Izcalli, se
aprecian los siguientes datos:
JUZGADOS CIVILES PRIMERA
INSTANCIA
EXPEDIENTES RADICADOS
2021
PROMOCIONES RECIBIDAS
2021
Juzgado Civil de Cuantía Menor
del Distrito Judicial de Cuautitlán
con residencia en Cuautitlán
Izcalli
602
4,072
Juzgado Segundo Civil del Distrito
Judicial de Cuautitlán con
residencia en Cuautitlán Izcalli
1,483
17,989

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