Circular No. 38/2022.- Acuerdo del Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de México, de seis de junio de dos mil veintidós, por el que se expiden los nuevos lineamientos generales para uso de bienes y servicios informáticos por las servidoras y servidores públicos del Poder Judicial del Estado de México.

Martes 14 de junio de 2022 Sección Primera Tomo: CCXIII No. 107
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PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MÉXICO
Al margen Escudo del Estado de México y un logotipo, que dice: Poder Judicial del Estado de México.
C I R C U L A R No. 38/2022
Toluca de Lerdo, México, a 10 de junio de 2022.
Con fundamento en el artículo 42 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, se comunica el
siguiente acuerdo:
ACUERDO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE MÉXICO, DE SEIS DE JUNIO DE DOS
MIL VEINTIDÓS, POR EL QUE SE EXPIDEN LOS NUEVOS LINEAMIENTOS GENERALES PARA USO DE BIENES Y
SERVICIOS INFORMÁTICOS POR LAS SERVIDORAS Y SERVIDORES PÚBLICOS DEL PODER JUDICIAL DEL
ESTADO DE MÉXICO.
CONSIDERANDO
I. El Consejo de la Judicatura del Estado de México, es el Órgano encargado de la administración, vigilancia y
disciplina del Poder Judicial del Estado de México, en términos de los artículos 106 de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de México; 52 y 63 fracciones XVI, XXIII y XXXVII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del
Estado de México, con facultades para adoptar las medidas necesarias para un eficiente manejo administrativo, así
como para expedir los acuerdos generales en materia administrativa y los necesarios para llevar a cabo sus
atribuciones.
II. El artículo 8 fracción IX de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, establece que el Tribunal
Superior de Justicia, los tribunales y juzgados, tienen la obligación de implementar a través del Consejo de la
Judicatura, el uso estratégico de tecnologías de la información que ayuden a que la impartición de justicia se realice
de manera pronta y expedita.
En el mismo sentido, el artículo 63, fracción XXXVI de la citada Ley Orgánica, señala que, es facultad del Consejo de
la Judicatura establecer a través de acuerdos generales, el uso estratégico de las tecnologías de la información en
los procesos jurisdiccionales que se ventilan en los juzgados y salas que integran el Poder Judicial, así como en sus
respectivas áreas administrativas.
III. En ese orden de ideas, el Plan Estratégico 2020 - 2025 como instrumento de planeación, que conjunta los objetivos,
estrategias y líneas de acción que conducirán el actuar del Poder Judicial, establece en sus ejes rectores II. Calidad
e Innovación en los Procesos Jurisdiccionales y IV. Modernización Administrativa; los cuales, junto con su eje
transversal denominado: Transformación Digital; han de perfilar la Misión y la Visión del Poder Judicial del Estado de
México; lo cual conlleva como parte de esta estrategia, la actualización y hacer observable el estricto cumplimiento
de la normatividad para el uso de los bienes, equipo, tecnología, sistemas y todos aquellos servicios informáticos
institucionales.

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