Circular No. 19/2023.-Acuerdo del Pleno del Consejo de la Judicatura del poder Judicial del Estado de México, en sesión ordinaria del veinticuatro de abril de dos mil veintitrés, por el que se modifica el horario oficial de labores del Tribunal de Enjuiciamiento del Distrito Judicial de Tenancingo.

Martes 2 de mayo de 2023 Sección Primera Tomo: CCXV No. 75
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PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MÉXICO
Al margen Escudo del Estado de México y un logotipo, que dice: Poder Judicial del Estado de México.
C I R C U L A R No. 19/2023
Toluca de Lerdo, México, a 27 de abril de 2023.
ACUERDO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MÉXICO, EN SESIÓN
ORDINARIA DEL VEINTICUATRO DE ABRIL DE DOS MIL VEINTITRÉS, POR EL QUE SE MODIFICA EL HORARIO OFICIAL DE
LABORES DEL TRIBUNAL DE ENJUICIAMIENTO DEL DISTRITO JUDICIAL DE TENANCINGO.
CONSIDERANDO
I. El Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de México, es el cuerpo deliberativo responsable de la administración,
vigilancia y disciplina del Poder Judicial del Estado de México, en términos de los artículos 106 y 109, párrafo segundo, de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 101, 105 y 106 fracciones I y II de la Ley Orgánica del Poder Judicial
del Estado de México, cuenta con la prerrogativa y obligación de emitir acuerdos generales que considere necesarios para llevar a
cabo el ejercicio de sus atribuciones.
II. El Plan Estratégico 2020 2025, contempla como visión de la Institución, ser el Poder Judicial con mayor credibilidad, confianza y
reconocimiento social, a través de la excelencia en la impartición de justicia y la constante innovación, en un marco de humanismo y
bienestar de sus colaboradores judiciales.
III. El uno de septiembre de dos mil veinte, se autorizó la división del horario laboral del personal operativo adscrito al Juzgado de
Control y Tribunal de Enjuiciamiento del Distrito J udicial de Tenancingo, para una debida administración de justicia y eficiencia de
los recursos humanos, materiales y tecnológicos, quedando de la siguiente manera:
Turno matutino: de las 8:30 a las 15:30 horas.
En el que se llevará a cabo el desahogo de las audienc ias urgentes, programadas y la atención del despacho
(promociones).
Turno vespertino: de las 13:00 a las 20:00 horas.
En el que de desahogarán audiencias de juicio oral y excepcionalmente, audiencias urgentes (Jueces de Control).
IV. Diez mes es después, por acuerdo del Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de México, de cinco de julio de dos mil
veintiuno, se modificó de manera gradual el horario oficial de labores de los Juzgados de Control y Tribunales de Enjuiciamiento de
los Distritos Judiciales de Chalco, Cuautitlán, Ecatepec de Morelos, Nezahualcóyotl, Tenancingo, Texcoco, Tlalnepantla de Baz y
Toluca, sumándose el quince de marzo de dos mil veintidós, el Juzgado de Control y Tribunal de Enjuiciamiento del Distrito Judicial
de Valle de Bravo, para quedar de la siguiente manera:
Turno matutino: de las 8:30 a las 15:30 horas de lunes a viernes.
En el que se desahogarán audiencias de juicio oral y excepcionalmente, audiencias urgentes (Jueces de Control).
Turno vespertino: de las 13:00 a las 20:00 horas de lunes a viernes.
En el que se llevará a cabo el desahogo de las audiencias urgentes, programadas y la atención del despacho
(promociones).
V. A efecto de optimizar los recursos humanos y materiales, y con la finalidad de tener una mejor coordinación con los operadores de
la Fiscalía General de Justicia del Estado de México, del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México y de la Comisión
Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado de México; el veintiocho de noviembre de dos mil veintidós, el Pleno del Consejo de la
Judicatura del Poder Judicial del Estado de México, nuevamente modificó el horario oficial de labores de los Juzgados de Control y
Tribunales de Enjuiciamiento de los Distritos Judiciales de Chalco, Cuautitlán, Ecatepec de Morelos, Nezahualcóyotl, Tenancingo,
Texcoco, Tlalnepantla de Baz, Toluca y Valle de Bravo, en atención a que se había reflejado un equilibrio en las entonces cargas de
trabajo, y el combate al rezago reportado en el desarrollo de los procedimientos penales en la etapa de juicio; resultando
innecesario continuar con el horario referido en los acuerdos de cinco de julio de dos mil veintiuno y veintiocho de febrero de dos mil
veintidós; por lo que, con efectos al uno de febrero de dos mil veintitrés, se regresó al horario que se estableció inicialmente en los
diversos acuerdos de veinticinco de marzo, siete y veinte de mayo, tres y diecisiete de junio, cinco y diecinueve de agosto, todos del
año dos mil quince, y uno de septiembre de dos mil veinte, para quedar de la siguiente manera:
Turno matutino: de las 8:30 a las 15:30 horas de lunes a viernes.
En el que se llevar a cabo el desahogo de las audiencias urgentes, programadas y la atencin del despacho
(promociones).
Turno vespertino: de las 13:00 a las 20:00 horas de lunes a viernes.
En el que se desahogarn audiencias de juicio oral y excepcionalmente, audiencias urgentes (Jueces de Control).
VI. Ahora bien, derivado de la Visita de Supervisión y Revisión al Juzgado de Control y Tribunal de E njuiciamiento del Distrito Judicial
de Tenancingo, realizada el veintiuno de marzo de la presente anualidad por la Visitaduría en Materia Penal, se advirtió que, el
Tribunal de Enjuiciamiento de dicho Distrito Judicial, no presenta rezago en el desarrollo de los procedimientos penales en la etapa
de juicio, ya que, en el primer trimestre del año dos mil v eintitrés, las y los J ueces adscritos a tal órgano jurisdiccional, han dictado
diecisiete sentencias, resaltando que solo se encuentran treinta y un juicios en trámite, además, se reporta que la carga de trabajo

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