Circular No. 06/2023.- Acuerdo del Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, de treinta y uno de enero de dos mil veintitrés, por el que se determina la competencia por territorio del Juzgado Mixto del Distrito Judicial de Chalco con residencia en Ixtapaluca, y su adscripción para la segunda instancia.

Viernes 3 de febrero de 2023 Sección Primera Tomo: CCXV No. 22
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PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MÉXICO
Al margen Escudo del Estado de México y un logotipo, que dice: Poder Judicial del Estado de México.
C I R C U L A R No. 06/2023
Toluca de Lerdo, México, a 01 de febrero de 2023.
ACUERDO DEL PLENO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÉXICO, DE TREINTA Y
UNO DE ENERO DE DOS MIL VEINTITRÉS, POR EL QUE SE DETERMINA LA COMPETENCIA POR
TERRITORIO DEL JUZGADO MIXTO DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCO CON RESIDENCIA EN
IXTAPALUCA, Y SU ADSCRIPCIÓN PARA LA SEGUNDA INSTANCIA
C O N S I D E R A N D O
I. El Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de México, es el cuerpo deliberativo, responsable de la
administración vigilancia y disciplina del Poder Judicial del Estado de México, en términos de lo establecido en los
artículos 106 y 109 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de México, 101, 105 y 106
fracciones I y II de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, con la prerrogativa de emitir los acuerdos
o actos administrativos de carácter general que considere necesarios para llevar a cabo el ejercicio de sus
atribuciones.
II. En sesión ordinaria del Pleno del Consejo de la Judicatura del dieciséis de enero del dos mil veintitrés, se aprobó la
fusión de los Juzgados Segundo y Sexto Civil del Distrito Judicial de Chalco con residencia en Ixtapaluca y su cambio
de denominación a Juzgado Mixto del Distrito Judicial de Chalco con residencia en Ixtapaluca, bajo la modalidad de
juzgado corporativo, con el propósito de avanzar hacia la optimización, eficiencia y eficacia de las funciones jurídico
administrativas.
III. Corresponde al Pleno del Tribunal Superior de Justicia determinar el ámbito territorial en el que ejercerá
competencia el Juzgado Mixto del Distrito Judicial de Chalco con residencia en Ixtapaluca, de conformidad con el
artículo 13 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México.
En consecuencia con fundamento en los artículo 116 fracción III; 95 fracciones II y V de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 106 y 109 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 11, 13
fracciones II y III, 17, 18, 71, 72, 73 y 74 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, se emite el
siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. El Juzgado Mixto del Distrito Judicial de Chalco con Residencia en Ixtapaluca, ejercerá su competencia
por razón de territorio en el Municipio de Ixtapaluca y estará adscrito en segunda instancia a la Primera Sala
Colegiada Familiar y Primera Sala Colegiada Civil, ambas de la Región Texcoco, con efectos a partir del 30 de enero
de 2023.
SEGUNDO. Por tratarse de un acuerdo de interés general, se determina su publicación en el Periódico Oficial
“Gaceta del Gobierno” del Estado, en el Boletín Judicial y en la página de internet oficial del Poder Judicial del Estado
de México.
T R A N S I T O R I O
ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
Así, por unanimidad de votos, lo acordó el Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México y firman al
calce el Presidente y la Secretaria General de Acuerdos, que da fe.
ATENTAMENTE.- El Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Poder
Judicial del Estado de México.- Mgdo. Dr. Ricardo Alfredo Sodi Cuellar.- La Secretaria General de Acuerdos
del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de México
Jueza Dra. Astrid Lorena Avilez Villena.- Rúbricas.

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