Circular Modificatoria 38/12 de la Unica de Seguros

Fecha de disposición10 Julio 2012
Fecha de publicación10 Julio 2012
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. CIRCULAR MODIFICATORIA 38/12 DE LA UNICA DE SEGUROS

(Anexo 16.32.4)

La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 108, fracción IV de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y de conformidad con el Acuerdo por el que la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas delega en el presidente la facultad de emitir las disposiciones necesarias para el ejercicio de las facultades que la ley le otorga a dicha Comisión y para el eficaz cumplimiento de la misma y de las reglas y reglamentos, emitido el 2 de diciembre de 1998 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de enero de 1999, y

CONSIDERANDO

Que mediante Circular Modificatoria 56/11 de la Unica de Seguros, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2011, se emitieron los criterios contables aplicables al sector asegurador con el objetivo de identificar y eliminar, en la medida de lo posible, las diferencias existentes entre las Normas de Información Financiera (NIF) y los criterios que emite el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A.C. (CINIF).

Que mediante Circular Modificatoria 10/11 de la Unica de Seguros, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de febrero de 2011, la Comisión comunicó a las Instituciones y Sociedades Mutualistas, entre otros, la entrega del Sistema Integral de Información Financiera (SIIF), en su versión 5.80.

Que la Comisión ha realizado una adecuación a la versión 5.80 del SIIF, a efecto de modificar el archivo DP.- Deudor por Prima, con la finalidad de que las Instituciones y Sociedades Mutualistas estén en posibilidad de reconocer el importe devengado de los derechos sobre pólizas por cobrar y de los recargos sobre primas por cobrar, conforme a lo establecido en la Circular Modificatoria 56/11 antes mencionada.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas ha resuelto expedir la siguiente modificación a la Circular Unica de Seguros en los siguientes términos:

CIRCULAR MODIFICATORIA 38/12 DE LA UNICA DE SEGUROS

(Anexo 16.32.4.)

UNICA.- Se modifica el Anexo 16.32.4.

TRANSITORIAS

PRIMERA.- La presente Circular Modificatoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la...

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