Circular Modificatoria 2/15 de la Única de Seguros y Fianzas

Fecha de disposición16 Junio 2015
Fecha de publicación16 Junio 2015
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. CIRCULAR MODIFICATORIA 2/15 DE LA ÚNICA DE SEGUROS Y FIANZAS

(Anexos 13.2.1., 13.3.1., 32.9.10., 34.1.21-a, 34.1.21-b, 34.2.2-a, 34.2.2-b y 34.4.3.)

La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 366, fracciones II y V y 372, fracción VI de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, y

CONSIDERANDO

Que el 19 de diciembre de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Circular Única de Seguros y Fianzas con las disposiciones derivadas de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, sistematizando su integración y homologando la terminología utilizada, a fin de brindar con ello certeza jurídica en cuanto al marco normativo al que las instituciones y sociedades mutualistas de seguros, instituciones de fianzas y demás personas y entidades sujetas a la inspección y vigilancia de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas deberán sujetarse en el desarrollo de sus operaciones.

Que en aras de generar certeza jurídica para los destinatarios de la referida Circular Única, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas se ha dado a la tarea de completar, con información actualizada y vigente, diversos anexos de la citada Circular, y que corresponden a temas como los días en que se suspenden las labores de la propia Comisión, o cuando sus oficinas permanecerán cerradas; el periodo vacacional del personal de dicha Comisión; los días en que las instituciones y sociedades mutualistas de seguros e instituciones de fianzas podrán cerrar sus puertas y suspender sus operaciones; lo relacionado con el centro de aplicación de los exámenes para evaluar la capacidad técnica de las personas que soliciten la autorización o refrendo para ejercer la actividad de intermediación en materia de seguros que se encuentra en operación; así como información vigente y relevante relacionada con las entidades del exterior inscritas en el Registro General de Reaseguradoras Extranjeras, de los suscriptores facultados de entidades del exterior y de oficinas de representación.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas ha resuelto expedir la siguiente modificación a la Circular Única de Seguros y Fianzas en los siguientes términos:

CIRCULAR MODIFICATORIA 2/15 DE LA ÚNICA DE SEGUROS Y FIANZAS

(Anexos 13.2.1., 13.3.1., 32.9.10., 34.1.21-a, 34.1.21-b, 34.2.2-a, 34.2.2-b y 34.4.3.)

ÚNICA.- Se modifican los Anexos 13.2.1., 13.3.1., 32.9.10., 34.1.21-a, 34.1.21-b, 34.2.2-a, 34.2.2-b y 34.4.3. de la Circular Única de Seguros y Fianzas.

TRANSITORIA

ÚNICA.- La presente Circular Modificatoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Lo anterior se hace de su conocimiento, con fundamento en los artículos 366, fracciones II y V y 372, fracción VI de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., 27 de mayo de 2015.- El Presidente de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, Manuel S. Aguilera Verduzco.- Rúbrica.

ANEXO 13.2.1

DÍAS EN QUE PODRÁN CERRAR Y SUSPENDER OPERACIONES LAS INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS

Días correspondientes al año 2015.

Mes
Día
Enero

Febrero
2
en conmemoración del 5 de febrero
Marzo
16
en conmemoración del 21 de marzo
Abril
2
Abril
3
Mayo

Mayo
5
Septiembre
16
Noviembre
16
en conmemoración del 20 de noviembre
Diciembre
25
ANEXO 13.3.1

DÍAS QUE SE CONSIDERARÁN INHÁBILES POR EL PERÍODO VACACIONAL DEL PERSONAL DE LA COMISIÓN

Con motivo del periodo de vacaciones del personal de la Comisión, los días 22, 23, 24, 26, 29, 30 y 31 de diciembre de 2014 y 2, 5 y 6 de enero de 2015 se considerarán inhábiles para todos los efectos legales.

ANEXO 32.9.10

CENTROS DE APLICACIÓN DE EXÁMENES AUTORIZADOS POR LA COMISIÓN.

De conformidad con lo establecido en los artículos 91, 92 y 93 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y el segundo párrafo de la fracción V del artículo 10 del Reglamento de Agentes de Seguros y de Fianzas, la Comisión hace de su conocimiento que por oficio 06-367-II-1.2/00952 de 6 de febrero de 2013, se renovó la designación como Centro de Aplicación de Exámenes, de la sociedad cuya denominación y domicilio social se consignan a continuación:

CENTRO DE EVALUACION PARA INTERMEDIARIOS, S.C.

Miguel Angel de Quevedo No. 8 - 102

Col. Chimalistac

C.P. 01050, México, D.F.

ANEXO 34.1.21-a

ENTIDADES ASEGURADORAS Y REASEGURADORAS DEL EXTRANJERO INSCRITAS EN EL RGRE

Renovación para el ejercicio 2015.

No.
Reaseguradora Extranjera
Número de Registro
1. Reaseguradoras inscritas para proporcionar el servicio de reaseguro al sector asegurador y/o afianzador mexicano:
1
LLOYD'S, de Inglaterra, para proporcionar los servicios de reaseguro al sector mexicano.
RGRE-001-85-300001.
2
MUENCHENER RUECKVERSICHERUNGS-GESELLSCHAFT, de República Federal de Alemania, para proporcionar los servicios de reaseguro al sector mexicano.
RGRE-002-85-166641.
3
SWISS REINSURANCE COMPANY LTD., de Suiza, para proporcionar los servicios de reaseguro al sector mexicano.
RGRE-003-85-221352.

4
TOKIO MARINE & NICHIDO FIRE INSURANCE CO. LTD., de Japón, para proporcionar los servicios de reaseguro al sector mexicano.
RGRE-005-85-299310.
5
MITSUI SUMITOMO INSURANCE COMPANY LIMITED, de Japón, para proporcionar los servicios de reaseguro al sector mexicano.
RGRE-011-85-244696.
6
GENERAL REINSURANCE AG., de República Federal de Alemania, para proporcionar los servicios de reaseguro al sector mexicano.
RGRE-012-85-186606.
7
GENERAL REINSURANCE CORPORATION, de Estados Unidos de América, para proporcionar los servicios de reaseguro al sector mexicano.
RGRE-021-85-300010.
8
AXA VERSICHERUNG AG., de República Federal de Alemania, para proporcionar los servicios de reaseguro al sector mexicano.
RGRE-031-85-300018.
9
ROYAL & SUN ALLIANCE INSURANCE PLC., de Inglaterra, para proporcionar los servicios de reaseguro al sector mexicano.
RGRE-121-85-300102.
10
ZURICH INSURANCE COMPANY LTD. O ZÜRICH VERSICHERUNGS-GESELLSCHAFT AG, de Suiza, para proporcionar los servicios de reaseguro al sector mexicano.
RGRE-170-85-300150.
11
ACE PROPERTY AND CASUALTY INSURANCE COMPANY, de Estados Unidos de América, para proporcionar los servicios de reaseguro al sector mexicano.
RGRE-193-85-300168.
12
FACTORY MUTUAL INSURANCE COMPANY, de Estados Unidos de América, para proporcionar los servicios de reaseguro al sector mexicano.
RGRE-194-85-300169.
13
AMERICAN LIFE INSURANCE COMPANY, de Estados Unidos de América, para proporcionar los servicios de reaseguro al sector mexicano.
RGRE-197-85-300172.
14
WESTPORT INSURANCE CORPORATION, de Estados Unidos de América, para proporcionar los servicios de reaseguro al sector mexicano.
RGRE-203-85-300177.
15
LIBERTY MUTUAL INSURANCE COMPANY, de Estados Unidos de América, para proporcionar los servicios de reaseguro al sector mexicano.
RGRE-210-85-300184.
16
METROPOLITAN LIFE INSURANCE COMPANY, de Estados Unidos de América, para proporcionar los servicios de reaseguro al sector mexicano.
RGRE-211-85-289600.
17
ST. PAUL FIRE AND MARINE INSURANCE COMPANY, de Estados Unidos de América, para proporcionar los servicios de reaseguro al sector mexicano.
RGRE-218-85-300191.
18
THE INSURANCE COMPANY OF THE STATE OF PENNSYLVANIA, de Estados Unidos de América, para proporcionar los servicios de reaseguro al sector mexicano.
RGRE-220-85-300193.
19
NEW HAMPSHIRE INSURANCE COMPANY, de Estados Unidos de América, para proporcionar los servicios de reaseguro al sector mexicano.
RGRE-221-85-300194.

20
EVEREST REINSURANCE COMPANY, de Estados Unidos de América, para proporcionar los servicios de reaseguro al sector mexicano.
RGRE-224-85-299918.
21
SOMPO JAPAN NIPPONKOA INSURANCE INC., de Japón, para proporcionar los servicios de reaseguro al sector mexicano.
RGRE-268-85-300239.
22
FEDERAL INSURANCE COMPANY, de Estados Unidos de América, para proporcionar los servicios de reaseguro al sector mexicano.
RGRE-287-86-300262.
23
GREAT NORTHERN INSURANCE COMPANY, de Estados Unidos de América, para proporcionar los servicios de reaseguro al sector mexicano.
RGRE-288-86-300264.
24
PACIFIC INDEMNITY COMPANY, de Estados Unidos de América, para proporcionar los servicios de reaseguro al sector mexicano.
RGRE-289-86-300263.
25
CHUBB INSURANCE COMPANY OF CANADA, de Canadá, para proporcionar los servicios de reaseguro al sector mexicano.
RGRE-293-87-302554.
26
MAPFRE RE, COMPAÑIA DE REASEGUROS, S.A., de España, para proporcionar los servicios de reaseguro al sector mexicano.
RGRE-294-87-303690.
27
HARTFORD FIRE INSURANCE COMPANY, de Estados Unidos de América, para proporcionar los servicios de reaseguro al sector mexicano.
RGRE-327-91-312489.
28
THE TRAVELERS INDEMNITY COMPANY, de Estados Unidos de América, para proporcionar los servicios de reaseguro al sector mexicano.
RGRE-330-91-312311.
29
KOT INSURANCE COMPANY AG., de Suiza, para proporcionar los servicios de reaseguro al...

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