Circular Modificatoria 13/16 de la Única de Seguros y Fianzas
Edición | Matutina |
Emisor | Secretaría de Hacienda y Crédito Publico |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. CIRCULAR MODIFICATORIA 13/16 DE LA ÚNICA DE SEGUROS Y FIANZAS
(Anexo 8.6.3.)
La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 366, fracción II, 372, fracciones VI y XLII, 373 y 381 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo establecido en el primer párrafo del artículo 247 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (LISF), las instituciones de seguros y de fianzas deberán realizar la inversión de sus activos, así como de los recursos relacionados con las operaciones a que se refieren los artículos 118, fracciones XXI a XXIII, y 144, fracción XVII, de la LISF, apegándose a la política de inversión que, en términos de lo dispuesto por el artículo 70 de la citada Ley, apruebe su consejo de administración.
Que la Circular Única de Seguros y Fianzas (CUSF) establece en su Disposición 8.6.3. que la información relativa a los Fondos de Capital Privado y de Fideicomisos que tengan como propósito capitalizar a empresas del país, autorizados como instrumentos susceptibles de ser considerados para la cobertura de la Base de la Inversión de las instituciones de seguros y de fianzas, se dará a conocer a través del Anexo 8.6.3 de la CUSF.
Que a fin de brindar certeza jurídica a las instituciones de seguros y de fianzas, resulta necesario actualizar el Anexo 8.6.3. de la CUSF, para dar a conocer los nombres de los fondos de capital privado y fideicomisos que tengan como propósito capitalizar a empresas del país, autorizados para ser considerados en la cobertura de la Base de Inversión las citadas instituciones.
Por lo anteriormente expuesto, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas ha resuelto expedir la siguiente modificación a la Circular Única de Seguros y Fianzas en los siguientes términos:
CIRCULAR MODIFICATORIA 13/16 DE LA ÚNICA DE SEGUROS Y FIANZAS
(Anexo 8.6.3.)
ÚNICA.- Se modifica el Anexo 8.6.3. de la Circular Única de Seguros y Fianzas.
TRANSITORIA
ÚNICA.- La presente Circular modificatoria entrará en vigor al día siguiente de su...
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