Circular que modifica su similar emitida por el Director del Archivo General de Notarías, publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro 'La Sombra de Arteaga' el 31 de marzo de 2020.

Pág. 9338 PERIÓDICO OFICIAL 1 de mayo de 2020
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE GOBIERNO
DIRECCIÓN DEL ARCHIVO GENERAL DE NOTARÍAS
RODRIGO ADRIÁN GUTIÉRREZ LÓPEZ, Director del Archivo General de Notarías del Estado de Querétaro, con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 1º, 16 y demás aplicables de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, en relación con los artículos 13, 20 y 22, de la Constitución Política del Estado de Querétaro, 1, 2, 3, 17, 19
fracción I, 21 fracciones VI, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI y LVIII, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de
Querétaro vigente, así como los artículos 1, 2, 3 apartado B fracciones IV y 5 y 22 del Reglamento Interior de la
Secretaría de Gobierno y demás relativos de la Ley del Notariado del Estado de Querétaro vigente; y
CONSIDERANDO
1. Que la Organización Mundial de la Salud declaró el 11 de marzo de 2020, que el COVID-19, es considerado
como pandemia.1
2. Que el día 23 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que el
Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) en
México, como una enfermedad grave de atención prioritaria, así mismo se establecen las actividades de
preparación y respuesta ante dicha epidemia.
3. Que el día 24 de marzo de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se
establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos
para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), emitido por el Secretario de
Salud, de conformidad con los artículos 181, 183, y 184, de la Ley General de Salud.
4. Que las autoridades civiles, militares y los particulares, así como las dependencias de los tres órdenes de
gobiernos, estarán obligadas a la instrumentación de las medidas preventivas contra la enfermedad por el virus
SARS-CoV2 (COVID-19), para la mitigación y control de los riesgos para la salud.2
5. Que el día 24 de marzo de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se
sanciona el Acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la
mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-
19), emitido por el Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con el artículo
181, de la Ley General de Salud.
6. Que en fecha 30 de marzo 2020, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se
declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, la epidemia de enfermedad generada por el
virus SARS-COV2 (COVID-19).
7. Que en fecha 31 de marzo de 2020 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que
se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-
CoV2, por medio del cual se establecen una serie de acciones extraordinarias, para atender la emergencia
sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, que los sectores público, social y privado deberán implementar.
____________________________
1 OMS, Alocución de apertura del Director General de la OMS en la rueda de prensa sobre la COVID -19 celebrada el 11 de marzo de 2020,
obtenida de https://www.who.int/es/dg/speeches/detail/who -director-general-s-opening-remarks-at-the-media-briefing-on-covid-19---11-
march-2020
2 Artículo Primero, Acuerdo por el que se est ablecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigació n y control de los
riesgos para la salud que implica la enfer medad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), Diario Ofic ial de la Federación, 24 de marzo de 2020.

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