Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la sociedad Multi Médica, S.A. de C.V.

Fecha de disposición28 Febrero 2012
Fecha de publicación28 Febrero 2012
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.- Area de Responsabilidades.- Oficio 00641/30.15/1113/2012.- Expediente PISI-A-NL-NC-DS-0020/2009. CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERAN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA SOCIEDAD MULTI MEDICA, S.A. DE C.V.

Oficiales mayores de las dependencias,

Procuraduría General de la República

y equivalentes de las entidades de la

Administración Pública Federal y de los

gobiernos de las entidades federativas.

Presentes.

Con fecha 22 de diciembre de 2010, se publicó Circular de fecha 10 de diciembre de 2010, mediante la cual se les dio a conocer que de acuerdo a lo ordenado en sus Resolutivos Tercero y Quinto de la resolución número 00641/30.15/6759/2010 de fecha 3 de diciembre de 2010, emitida en el expediente número PISI-A-NL-NC-DS-0020/2009, a partir del día siguiente al en que se publicará dicha Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberían abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas, con la empresa Multi Médica, S.A. de C.V., de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de 2 años y 6 meses; el 21 de enero de 2011 se publicó por este medio, Circular de fecha 4 de enero de 2011, a través de la cual se comunicó que el Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, en el Juicio de Amparo número 1787/2010, había decretado la suspensión provisional para que la empresa de mérito pudiera seguir presentando propuestas para celebrar contratos con las dependencias y entidades de la Administración Pública o local; asimismo, con fecha 2 de febrero de 2011, se publicó diversa Circular del 21 de enero de 2011, informando que el citado Juzgado había concedido la suspensión definitiva en el asunto de mérito; a través de la Circular de fecha 24 de noviembre de 2011, publicada en este medio el 29 de noviembre de 2011, esta autoridad administrativa comunicó que con fecha 17 de octubre de 2011, el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, dictó ejecutoria en el amparo en revisión 303/2011-II...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR