Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con Trinity Industries de México, S. de R.L. de C.V.
Fecha de disposición | 18 Septiembre 2015 |
Fecha de publicación | 18 Septiembre 2015 |
Emisor | SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos.- Área de Responsabilidades.- Trinity Industries de México, S. de R.L. de C.V.- Expediente PSP.-001/2014. CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON TRINITY INDUSTRIES DE MÉXICO, S. DE R.L. DE C.V.
CIRCULAR OIC/CAPUFE/TAR/001/2015
Oficiales mayores de las dependencias,
Procuraduría General de la República
y equivalentes de las entidades de la
Administración Pública Federal y de los
gobiernos de las entidades federativas.
Presente.
Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Transitorio Segundo del DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2013; 2, 8 y 9 primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria; 77 y 78 Fracción IV, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 3 Letra D y 80, fracción I, punto 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública vigente; y en cumplimiento a lo ordenado en el Resolutivo Quinto de la Resolución No. CAPUFE.09/120/GIN/TAR.-0393/2015, del veintiocho de agosto del año dos mil quince, que se dictó en el expediente de sanción a proveedores y contratistas número 001/2014, mediante el cual se resolvió el procedimiento de sanción administrativa incoado a la moral Trinity Industries de México, S. de R.L. de C.V., esta Autoridad Administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente a aquel en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán...
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