Circular por la que se comunica a las dependencias, la Fiscalía General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las empresas productivas del Estado y a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa SERVOIL, S.A. de C.V.

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de la Función Pública

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en la Secretaría de Cultura.- Área de Responsabilidades. Circular No. OIC.48.AR/0515/2020

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, ASÍ COMO A LAS EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO Y A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA SERVOIL, S.A. DE C.V.

Oficiales Mayores de las Dependencias,

Fiscalía General de la República

y equivalentes de las entidades de la

Administración Pública Federal y de los

gobiernos de las entidades federativas,

empresas productivas del Estado.

Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2, 8 y 9 primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 59, primer párrafo y 60, primer párrafo, fracción III, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo cuarto de la resolución de fecha siete de diciembre de dos mil veinte, dictada en el expediente administrativo CULTURA-R-SP-001/2020, mediante la cual se resolvió el procedimiento administrativo incoado a la empresa SERVOIL, S.A. de C.V., esta Autoridad Administrativa hace de su conocimiento que se impuso a dicha empresa una multa por la cantidad de $128,425.00 (ciento veintiocho mil cuatrocientos veinticinco pesos 00/100 moneda nacional), y la sanción de Inhabilitación temporal por seis meses para participar de manera directa o por interpósita persona en procedimientos de contratación o celebrar contratos regulados por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; por lo que a partir del día siguiente al que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con dicha persona moral, de manera directa o por interpósita persona, por el...

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