CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LAS EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS Y ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, QUE LA EMPRESA CARLEIN DE MÉXICO, S.A. DE C.V., FUE INHABILITADA POR EL PERIODO DE TRES MESES

Fecha de publicación05 Febrero 2024
SecciónCuarta Sección
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 109Febrero 5 de 2024 (Cuarta Sección)
Así, por unanimidad de votos, lo acordaron la Magistrada Laura Hortensia Llamas Hernández, Magistrado
Presidente Héctor Salvador Hernández Gallegos y, Magistrado en funciones Néstor Enrique Rivera López, el
veintinueve de enero del dos mil veinticuatro, ante el Secretario General de Acuerdos en funciones, Maestro
Joel Valentín Jiménez Almanza, quien autoriza y da fe.
MAGISTRATURA QUE PRESIDE
HÉCTOR SALVADOR HERNÁNDEZ GALLEGOS
MAGISTRATURA
MAGISTRATURA EN FUNCIONES
LAURA HORTENSIA
LLAMAS HERNÁNDEZ
NÉSTOR ENRIQUE
RIVERA LÓPEZ
SECRETARÍA GENERAL
DE ACUERDOS EN FUNCIONES
JOEL VALENTÍN JIMÉNEZ ALMANZA
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
SALA AUXILIAR EN MATERIA DE
RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS
GRAVES Y SEGUNDA SALA AUXILIAR.
PARTICULAR: CARLEIN DE MÉXICO, S.A. DE C.V.
EXPEDIENTE: 519/22-RA1-01-7
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LAS EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, ASÍ COMO A
LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS Y ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, QUE LA
EMPRESA CARLEIN DE MÉXICO, S.A. DE C.V., FUE INHABILITADA POR EL PERIODO DE TRES
MESES.
Con fundamento en los artículos 14, párrafo segundo, 16, párrafo primero, y 134 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; en los artículos 4, 37, 38, apartado A), fracciones I y II, de la Ley Orgánica
del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en relación con el artículo 51, fracciones I, inciso m), y III,
párrafos primero y segundo, del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, publi cado
en el Diario Oficial de la Federación el 17 de julio de 2020, y sus reformas mediante Acuerdos SS/5/2021 y
SS/8/2021, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 04 de marzo y 14 de abril, ambos de 2021, en
relación con el numeral primero del diverso G/JGA/13/2021, emitido por la Junta de Gobierno y
Administración, a través del cual se determinó que esta Sala iniciaría sus funciones en su carácter de Sala
Auxiliar en Materia de Responsabilidades Administrativas Graves y Segunda Sala Auxiliar, a partir del 01 de
abril de 2021; así como con los artículos 1, 3, fracción IV y XXVII, 9, fracción IV, 12, 84, fracción II, 209 y 226,
fracción I, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; en cumplimiento a lo ordenado en la
sentencia definitiva quince de agosto de dos mil veintitrés, dictada en el procedimiento de responsabilidad
administrativa número 519/22-RA1-01-7, incoado a la empresa CARLEIN DE MÉXICO, S.A. DE C.V., en la
cual, se dictaron los siguientes puntos resolutivos:
PRIMERO.- Se acredita la EXISTENCIA de la responsabilidad administrativa atribuida a l
persona moral CARLEIN DE MÉXICO, S.A. DE C.V. y en consecuencia:
SEGUNDO.- Se impone a la persona moral CARLEIN DE MÉXICO, S.A. DE C.V. la sanción
administrativa consistente en INHABILITACIÓN TEMPORAL POR EL PERIODO DE TRES
MESES PARA PARTICIPAR EN ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIOS U
OBRAS PÚBLICAS.
TERCERO.- En términos del artículo 226, fracción I de la Ley General de Responsabilidades
Administrativas, una vez que haya causado ejecutoria la presente resolución, gírese oficio al
Director del Diario Oficial de la Federación, así como a los directores de los periódicos oficiales de
las entidades Federativas, para su publicación…”
En esa virtud, esta autoridad resolutora hace de su conocimiento que, a partir del día siguiente al en que
se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de aceptar
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