Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Procuraduría General de la República, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de recibir proposiciones o adjudicar contratos con la persona moral Empresas Nogu, S.A. de C.V.

Fecha de disposición25 Febrero 2015
Fecha de publicación25 Febrero 2015
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Petróleo.- Área de Responsabilidades.- Expediente SPC-002/2014. CIRCULAR No. 18/474/JOA-002/2015

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE RECIBIR PROPOSICIONES O ADJUDICAR CONTRATOS CON LA PERSONA MORAL EMPRESAS NOGU, S.A. DE C.V.

Oficiales mayores de las dependencias,

Procuraduría General de la República

y equivalentes de las entidades de la

Administración Pública Federal y de los

gobiernos de las entidades federativas.

Presentes.

Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 62, primer párrafo, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y numeral 21 de la relación de entidades Paraestatales de la Administración Pública Federal sujetas a la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y su Reglamento, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de agosto de 2014; 1, 26 y 37 fracciones VIII, XII y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en correlación con el segundo transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2013; 11, 59, 60 y 61, último párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 111 y 115 de su Reglamento; 2, 3, 4, 8, 9, primer párrafo, 70, fracciones II y VI, 72, 73 y 76 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo de aplicación supletoria; y 80, fracción I, numeral 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo quinto de la Resolución del 10 de febrero de 2015, que se dictó en el expediente SPC-002/2014, mediante el cual se resolvió el procedimiento administrativo de sanción a proveedores incoado a la persona moral Empresas Nogu, S.A. de C.V., esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de recibir proposiciones o...

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