Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a la Procuraduría General de la República, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar proposiciones o celebrar contrato con la empresa GVargas Comercializadora, S.A. de C.V.

EmisorSecretaría de la Función Pública

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Dirección General de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas.- Expediente SAN/020/2014. CIRCULAR No. 018

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPOSICIONES O CELEBRAR CONTRATO CON LA EMPRESA GVARGAS COMERCIALIZADORA, S.A. DE C.V.

Oficiales mayores de las dependencias,

de la Procuraduría General de la

República, equivalentes de las entidades

de la Administración Pública Federal y

de los gobiernos de las entidades federativas.

Presentes.

Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 2, 8 y 9, primer párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria; 62, fracción III, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; así como en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo cuarto de la Resolución SAN 062, de cinco de diciembre de dos mil catorce, dictada en el expediente SAN/020/2014, a través de la cual se resolvió el procedimiento administrativo de sanción incoado a la empresa GVargas Comercializadora, S.A. de C.V., con Registro Federal de Contribuyentes GCO061023EW3, esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno derivado de los procedimientos de contratación pública con dicha persona de manera directa o por interpósita persona, durante el plazo de nueve meses, contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación.

En virtud de lo señalado en el párrafo anterior, los contratos adjudicados y los que...

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