Circular CJCDMX-21/2020

CONSEJO DE LA JUDICATURA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

CIRCULAR CJCDMX-21/2020

EN RELACIÓN CON LOS LINEAMIENTOS PARA EL TRÁMITE EN LÍNEA DE LOS SERVICIOS DE BÚSQUEDA DE DATOS DE REMISIÓN O DEVOLUCIÓN DE EXPEDIENTES O TOCAS, CONSULTA DE EXPEDIENTE DIGITAL Y BÚSQUEDA DE TESTAMENTO, QUE PRESTA EL ARCHIVO JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y DEL REGISTRO PÚBLICO DE AVISOS JUDICIALES DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

En cumplimiento a lo ordenado en Acuerdo General 07-19/2020, emitido por el Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México en sesión plenaria extraordinaria de fecha nueve de junio de dos mil veinte, con toda atención hago de su conocimiento que este Órgano Colegiado determinó aprobar el documento denominado "Lineamientos para el trámite en línea de los servicios de búsqueda de datos de remisión o devolución de expedientes o tocas, consulta de expediente digital y búsqueda de testamento, que presta el Archivo Judicial de la Ciudad de México y del Registro Público de Avisos Judiciales del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México", en los siguientes términos:

"ACUERDO GENERAL 07-19/2020, EMITIDO POR EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN SESIÓN DE FECHA NUEVE DE JUNIO DE DOS MIL VEINTE, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS PARA EL TRÁMITE EN LÍNEA DE LOS SERVICIOS DE BÚSQUEDA DE DATOS DE REMISIÓN O DEVOLUCIÓN DE EXPEDIENTES O TOCAS, CONSULTA DE EXPEDIENTE DIGITAL Y BÚSQUEDA DE TESTAMENTO, QUE PRESTA EL ARCHIVO JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y DEL REGISTRO PÚBLICO DE AVISOS JUDICIALES DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES.

Artículo 1. Los presentes Lineamientos tienen por objeto establecer las disposiciones para el trámite en línea de servicios que presta el Archivo Judicial del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.

Artículo 2. Las disposiciones de los presentes Lineamientos son de carácter general y de observancia obligatoria para todas las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Ciudad de México, que soliciten o brinden los servicios en línea consistentes en búsqueda de datos de remisión o devolución de expedientes o tocas, consulta de expediente digital y búsqueda de testamentes, que presta el Archivo Judicial de la Ciudad de México y del Registro Público de Avisos Judiciales del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, así como para aquellas personas usuarias que requieran hacer uso de los servicios en línea que presta.

Artículo 3. Para los efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por:

I. Archivo: El Archivo Judicial de la Ciudad de México y del Registro Público de Avisos Judiciales del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.

II. CEI: El Correo Electrónico Institucional asignado a las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Ciudad de México.

III. Consejo: El Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México.

IV. Documento electrónico: Aquella información cuyo soporte durante todo su ciclo de vida se mantiene en formato electrónico y su tratamiento es automatizado, requiere de un dispositivo tecnológico para leer o recuperarse y produce los mismos efectos que un documento físico.

V. Expediente digital: La representación digital del expediente judicial remitido al Archivo por parte de algún Juzgado o Sala del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.

52 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 22 de septiembre de 2020

VI. e.firma: La Firma electrónica certificada por el Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

VII. FIREL: La Firma electrónica certificada por el Poder Judicial de la Federación.

VIII. Firma electrónica: Es el conjunto de datos que se asocian a un documento electrónico, cuya función es identificar en forma inequívoca a la o el signatario y asegurar la integridad del documento firmado; que produce los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa.

IX. Identificación oficial: Son, en forma indistinta, el pasaporte, cédula profesional con fotografía, y credencial de elector expedida por el Instituto Nacional Electoral o, en su defecto, Instituto Federal Electoral, vigentes.

X. Personas servidoras públicas: El personal del Archivo Judicial que prestan sus servicios, así como todo...

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