Circular 29/2020 que establece medidas, políticas y lineamientos de operación derivado de la emergencia sanitaria de salud pública generada por la presencia del virus SARS-CoV2 (COVID-19).

30 de abril de 2020 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 9251
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE GOBIERNO
DIRECCIÓN ESTATAL DE REGISTRO CIVIL
Santiago de Querétaro, Querétaro, treinta de abril de 2020.
CIRCULAR 29/2020
SERVIDORES PÚBLICOS ADSCRITOS A LA DIRECCIÓN ESTATAL DEL REGISTRO CIVIL DE LA
SECRETARÍA DE GOBIERNO DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO.
P R E S E N T E S.
Considerando
1. Por Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 27 de marzo 2020, el Poder Ejecutivo Federal
declaró diversas acciones extraordinarias en las regiones afectadas de todo el territorio nacional en materia de
salubridad general, para combatir la enfermedad grave de atención prioritaria generada por el virus SARS-CoV2
(COVID-19).
2. El 30 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo, emitido por el Consejo de
Salubridad General, mediante el cual declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a
la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).
3. El 31 de marzo de 2020, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo emitido por la Secretaría
de Salud Federal, mediante el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria
generada por el virus SARS-CoV2, y en su artículo primero, fracción I, ordenó la suspensión inmediata, del 30 de
marzo al 30 de abril de 2020, de las actividades no esenciales, con la finalidad de mitigar la dispersión y
transmisión del virus SARS-CoV2.
4. El 31 de marzo de 2020, fue publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra
de Arteaga”, el Acuerdo de lineamientos y medidas a implementar por los servidores públicos de la Secretaría de
Gobierno del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, para el desempeño de sus funciones en atención a la
enfermedad Covid-19.
5. El 01 de abril de 2020, fue publicada en el periódico oficial estatal mencionado en el anterior considerando, la
Circular 24/2020 emitida por esta Dirección Estatal de Registro Civil, que establece medidas, políticas y
lineamientos de operación derivado de la emergencia sanitaria de salud pública generada por la presencia del
virus SARS-CoV2 (COVID-19), en adelante la Circular 24/2020.
6. En el numeral 1 de la Circular 24/2020, se determinó suspender los plazos y los términos legales de los
procedimientos instaurados por esta Dirección, a partir del día treinta de marzo de 2020 hasta el día treinta de
abril de 2020, con la posibilidad de que dicho periodo pudiera verse modificado conforme a las disposiciones de
las autoridades competentes.
7. El 21 de abril del presente año, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se
modifica el similar por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria
generada por el virus SARS-CoV2, publicado el 31 de marzo de 2020; por virtud del cual se determinó, entre otras
cuestiones, modificar la fracción I, del artículo primero del éste último Acuerdo federal, para quedar como sigue:
"ARTÍCULO PRIMERO. [...]
I. Se ordena la suspensión inmediata, del 30 de marzo al 30 de mayo de 2020, de las actividades no esenciales, con
la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus SARS-CoV2 en la comunidad, para disminuir la carga de
enfermedad, sus complicaciones y la muerte por COVID-19 en la población residente en el territorio nacional.

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