Acuerdo para el cierre operativo del Programa de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares Urbanos (PROCEDE), que celebran la Secretaría de la Reforma Agraria, la Procuraduría Agraria, el Registro Agrario Nacional y el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, con la participación del Estado de Baja California Sur

Fecha de disposición28 Diciembre 2004
Fecha de publicación28 Diciembre 2004
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO para el cierre operativo del Programa de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares Urbanos (PROCEDE), que celebran la Secretaría de la Reforma Agraria, la Procuraduría Agraria, el Registro Agrario Nacional y el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, con la participación del Estado de Baja California Sur.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Reforma Agraria.

ACUERDO PARA EL CIERRE OPERATIVO DEL PROGRAMA DE CERTIFICACION DE DERECHOS EJIDALES Y TITULACION DE SOLARES URBANOS (PROCEDE), EN ADELANTE EL PROGRAMA ; QUE SE CELEBRA EN CIUDAD Y PUERTO DE LORETO, BAJA CALIFORNIA SUR, A LOS 5 DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004, ACTO QUE FORMALIZAN LA SECRETARIA DE LA REFORMA AGRARIA, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL LIC. FLORENCIO SALAZAR ADAME; LA PROCURADURIA AGRARIA, REPRESENTADA POR EL DR. ISAIAS RIVERA RODRIGUEZ EN SU CALIDAD DE PROCURADOR AGRARIO; EL REGISTRO AGRARIO NACIONAL, REPRESENTADO POR SU DIRECTOR EN JEFE, EL AGR. ABELARDO ESCOBAR PRIETO Y EL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA, GEOGRAFIA E INFORMATICA, REPRESENTADO POR SU PRESIDENTE, EL DR. GILBERTO CALVILLO VIVES, TODOS COMO INTEGRANTES DEL COMITE NACIONAL DE COORDINACION DEL PROCEDE; CON LA PARTICIPACION DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA SUR, REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR, LIC. LEONEL E. COTA MONTAÑO Y EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO PROF. VICTOR MANUEL LIZARRAGA PERAZA.

ANTECEDENTES

  1. El Gobierno de la República Mexicana estableció el Programa de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares Urbanos (PROCEDE), con la finalidad de otorgar certeza y seguridad jurídica sobre la tenencia de la tierra de origen social, a través de la certificación de derechos parcelarios y de uso común, así como de la titulación de solares urbanos.

  2. De conformidad con el Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 6 de enero de 1993, las instituciones involucradas en la operación de El Programa suscribieron el día 22 de abril de 1993, Acuerdo de Coordinación y Colaboración, iniciando con esa fecha, de manera oficial en el Estado de Baja California Sur, los trabajos relativos.

  3. El PROCEDE se encuentra incorporado al Programa Sectorial Agrario 2001-2006, en su línea estratégica de Ordenamiento y Regularización de la Propiedad Rural, para contribuir al desarrollo sustentable del campo mexicano. Al inicio de la presente Administración Federal se tomó la decisión de consolidar este esfuerzo y continuar promoviéndolo en los núcleos que no habían sido certificados, aplicando una nueva metodología de trabajo.

  4. El PROCEDE se ha caracterizado por ser voluntario y gratuito, al cual durante su desarrollo pudieron acceder todos los núcleos y sujetos agrarios que así lo decidieron, cumpliendo desde luego con las leyes de la materia y los supuestos normativos de El Programa .

RESULTANDOS

PRIMERO. Que el Estado de Baja California Sur cuenta con una superficie de 7 367,700 hectáreas, de las cuales 5 003,296 hectáreas, son de propiedad social, lo que representa el 68% de la superficie total de la entidad federativa.

SEGUNDO. Que la superficie social del Estado de Baja California Sur comprende a 100 núcleos agrarios, los cuales en su totalidad son ejidos, a once años de operación de El Programa se ha concluido con la Certificación y Titulación de 95 núcleos, equivalentes al 95% del total estatal, beneficiando a 13,154 familias a través de la expedición de 32,969 documentos que acreditan la legítima propiedad de sus tierras.

TERCERO. Que el Instituto...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR