Acuerdo por el que se crea el Comité Técnico Científico de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación en materia de organismos genéticamente modificados

Fecha de disposición22 Junio 2009
Fecha de publicación22 Junio 2009
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. ALBERTO CARDENAS JIMENEZ, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación con fundamento en lo establecido en los artículos 16, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción XXI, 91 y 97 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 3 fracciones XXIX y XXX, 10 fracción II, 12 y 24 de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados; 46 y 48 del Reglamento de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados; y 6 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y

CONSIDERANDO

Que de acuerdo con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, así como la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, se le confieren diversas tareas y responsabilidades a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación en materia de Organismos Genéticamente Modificados;

Que como parte de las funciones que tiene encomendadas la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, se encuentran la organización y fomento de las actividades agrícolas, ganaderas, avícolas, acuícolas, avícolas y silvícolas, fijando las políticas y medidas en materia de bioseguridad e inocuidad, permisos, autorizaciones, avisos y, en general, requisitos, trámites y restricciones relacionadas con las actividades ya descritas;

Que para la definición y evaluación de las políticas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y de su Sector Coordinado, el Secretario del Ramo podrá apoyarse en el Grupo Interno de Dirección y demás grupos de trabajo de conformidad con lo previsto por la fracción I del artículo 6 del Reglamento Interior de esta dependencia, y

Que con la finalidad de atender puntualmente los asuntos relacionados con los organismos genéticamente modificados, en el ámbito de competencia de esta Secretaría, fijado por el marco normativo preexistente, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL COMITE TECNICO CIENTIFICO DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO...

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